Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (15/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2026 El Peruano / ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente; Que, la jefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, remite al Sr. rector de la UNH, mediante Informe N° 000095-2026-UNH/OCRI (22.06.2026), el expediente sobre el proceso de selección de los docentes ganadores de las becas internacionales de la primera convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”, en el cual mani fi esta que: (…) mediante la Primera Convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”, se ofertaron veinte (20) becas de movilidad. Concluido el proceso de evaluación y selección de postulantes, la Comisión Evaluadora, a través del Informe N° 002-2026-CEPMAyID, de fecha 11 de junio de 2026, comunicó que nueve (09) docentes resultaron ganadores del referido programa. (…) de la revisión y análisis del Plan de Trabajo y de la Carta de Invitación/Aceptación presentados por cada docente ganador en su expediente de postulación, se ha determinado el tipo de movilidad que realizará cada bene fi ciario, de acuerdo con la modalidad elegida, (…), conforme al cuadro adjunto al mismo; Que, es interés institucional promover la movilidad académica y de investigación de docentes, en universidades nacionales y extranjeras de excelencia y acreditadas, con el fi n de ampliar y enriquecer la formación profesional y cultural de los docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica; Que, los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, prescribe sobre el contenido del acto de autorización: las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y; sobre la publicidad, las resoluciones sobre autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje, respectivamente; Que, el artículo 136° de Estatuto de la UNH, reformado con Resolución N° 004-2026-AU-UNH (19.02.2026), señala: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica, investigativa y administrativa que cumple en conformidad con lo señalado en el presente Estatuto; Que, el numeral 12) del artículo 141° de la norma antes citada, sobre las atribuciones del Consejo Universitario de la UNH, dice; Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente; Estando a lo acordado en sesión extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 24 de junio de 2026 y en uso de las atribuciones que le con fi ere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria N° 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario N° 006-2021-CEU- UNH (02.07.2021); SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, a los nueve (09) docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica, por ser ganadores de una de las becas internacionales de la primera convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”, de acuerdo al siguiente detalle: N° NOMBRES Y APELLIDOSINSTITUCIÓN DE DESTINOPAÍS PERIODOPASAJES INTERNACIONALES (S/)VIÁTICOS INTERNACIONALES (S/)MONTO TOTAL (S/) 1RAUL ELEAZAR ARIAS SANCHEZUniversidad Tecnológica de BolívarCOLOMBIA 16/08/2026 al 28/08/2026 5,160.00 7,150.00 12,310.00 2LUIS ENRIQUE PORRAS CCANCCEUniversidad Metropolitana de Ciencias de la EducaciónCHILE 07/09/2026 al 06/10/2026 1,760.00 28,500.00 30,260.00 3NOEMI GLADYS MENCIA SANCHEZUniversidad Tecnológica de BolívarCOLOMBIA 16/08/2026 al 28/08/2026 4,660.00 7,150.00 11,810.00 4MARITZA JORGE CHAHUAYOUniversidad Pública de NavarraESPAÑA 08/10/2026 al 17/10/2026 6,066.00 8,000.00 14,066.00 5CESIA REBECA ZARATE CACERESUniversidad Pública de NavarraESPAÑA 08/10/2026 al 17/10/2026 6,366.00 8,000.00 14,366.00 6RONALD CESAR CARDENAS ARANGOUniversidad Tecnológica de BolívarCOLOMBIA 16/08/2026 al 28/08/2026 5,160.00 7,150.00 12,310.00 7AUGUSTO ROLANDO MANRIQUE RUIZUniversidad CEU Cardenal HerreraESPAÑA 01/10/2026 al 30/10/2026 7,660.00 24,000.00 31,660.00 8LUZ MARINA ACHARTE LUMEUniversidad CEU Cardenal HerreraESPAÑA 01/10/2026 al 30/10/2026 8,000.00 24,000.00 32,000.00 9RAUL URETA JURADOUniversidad Pública de NavarraESPAÑA 01/10/2026 al 30/10/2026 9,000.00 24,000.00 33,000.00 Artículo Segundo.- PRECISAR que el otorgamiento económico para la asignación de pasajes y viáticos institucionales a los nueve (09) docentes ganadores de la Primera Convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”, asciende a un monto total de S/ 191,782.00 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), el cual será fi nanciado de la siguiente manera: