Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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71 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2026 El Peruano / al despacho de Presidencia la solicitud de la Mg. Sc. CELIA CRUZ SILVERA PABLO, investigadora responsable del proyecto de investigación “RESPUESTA FITONUTRICIONAL-SANITARIA DE LOS CULTIVOS A LA APLICACIÓN DE BIOINSUMOS PELETIZADOS Y LÍQUIDOS DERIVADOS DE RESIDUOS AGROPECUARIOS”, mediante la cual solicita autorización para la realización de una pasantía internacional en el Laboratorio de Materia Orgánica y Residuos de la Universidad Federal de Viçosa (UFV) - Brasil, durante el periodo comprendido del 03 al 31 de agosto de 2026., conforme al siguiente detalle: CLASIFICADOR DESCRIPCIÓN IMPORTE (S/) 23.21.11 Pasaje aéreo pasantía internacional S/ 6,000.00 23.21.12 Viáticos para pasantía internacional S/ 15,000.00 Total: S/ 21,000.00 Que, mediante Exp. N° 2273-2026 de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la UNAB de fecha 21 de julio de 2026, remite a Secretaría General para ser tratado en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio de 2026; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio de 2026, acordó por unanimidad AUTORIZAR el viaje al exterior del país a la Mg. Sc. CELIA CRUZ SILVERA PABLO, docente ordinario Asociado a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de la Universidad Nacional de Barranca y responsable del proyecto “RESPUESTA FITONUTRICIONAL- SANITARIA DE LOS CULTIVOS A LA APLICACIÓN DE BIOINSUMOS PELETIZADOS Y LÍQUIDOS DERIVADOS DE RESIDUOS AGROPECUARIOS”, para participar en la pasantía internacional en el Laboratorio de Materia Orgánica y Residuos de la Universidad Federal de Viçosa (UFV) - Brasil del 03 al 31 de agosto de 2026; Que, en uso de las facultades y atribuciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220- Ley Universitaria, Ley N° 29553- Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado: “DISPOSICIONES PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ORGANIZADORAS DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN PROCESO DE CONSTITUCIÓN”; modi fi cadas por: Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 077-2025-MINEDU; la Resolución Viceministerial N° 002-2026-MINEDU, que reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país a la Mg. Sc. CELIA CRUZ SILVERA PABLO, docente ordinario Asociado a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de la Universidad Nacional de Barranca y responsable del proyecto “RESPUESTA FITONUTRICIONAL- SANITARIA DE LOS CULTIVOS A LA APLICACIÓN DE BIOINSUMOS PELETIZADOS Y LÍQUIDOS DERIVADOS DE RESIDUOS AGROPECUARIOS”, para participar en la pasantía internacional en el Laboratorio de Materia Orgánica y Residuos de la Universidad Federal de Viçosa (UFV) - Brasil, durante el periodo comprendido del 03 al 31 de agosto de 2026. Artículo 2.- AUTORIZAR los gastos correspondientes a viáticos y pasajes aéreos, por un total de S/ 21,000.00 (Veintiún mil con 00/100 soles). Artículo 3.- ENCARGAR a la Vicepresidencia de Investigación y la Dirección del Instituto de Investigación, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Artículo 4.- DISPONER que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el viaje, el docente deberá presentar un informe de su participación y la rendición de cuentas a las áreas correspondientes.Artículo 5.- DISPONER que la O fi cina de Tecnologías de la Información se encargue de la publicación de la presente resolución en la página web y el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Barranca. Artículo 6.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Instituto de Investigación, Departamento Académico de Ingeniería, Unidad de Recursos Humanos, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Mg. Sc. Celia Cruz Silvera Pablo para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS REYES ULFE Presidente de la Comisión Organizadora DIEGO ARMANDO FLORES MEJIA Secretario General (e) 2538743-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca para participar en evento que se realizará en Argentina UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 946-2026- UNAB Barranca, 30 de julio de 2026.VISTO:El Exp. Nº 2332-2026 de la Presidencia, OFICIO Nº 0203-2026-UNAB-VP. INVEST, OFICIO Nº 607-2026-UNAB-VPI-II, INFORME Nº 593-2026-UNAB/ OPP, INFORME Nº 0680-2026-UNAB/UPPM y la CARTA 015- 2026-UNAB-PCCLEC, y; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 7º y 8º del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 002-2026-MINEDU, de fecha 06 de enero de 2026, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; quedando integrada por: Dr. JUAN CARLOS REYES ULFE Presidente, Dr. MIGUEL ANGEL LUNA NEYRA Vicepresidente Académico y el Dr. JOSE AUGUSTO ARIAS PITTMAN Vicepresidente de Investigación; Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordante con el artículo 19º del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca, aprobada con Resolución de Comisión Organizadora Nº 454- 2025-UNAB, que establece: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Barranca, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias;