Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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35 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / o GERESA puede solicitar la modi fi cación de la relación de centros poblados y sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano consignados en el Anexo N° 03, únicamente cuando se identi fi que que los sistemas de abastecimiento de agua se encuentran inoperativos, colapsados o no cuentan con las condiciones mínimas para la ejecución de la vigilancia sanitaria de la calidad del agua para consumo humano; Que, de acuerdo con lo señalado en los documentos del visto, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria señala que, tras la evaluación técnica de las solicitudes presentadas por las Direcciones y Gerencias Regionales de Salud, se han identi fi cado, con motivo de la evaluación en campo, supuestos adicionales para la modi fi cación de la relación de centros poblados y sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano a intervenir, entre los cuales se encuentran, casos de duplicidad de sistemas de agua, códigos ID SIVICA incorrectos, errores en el código de ubigeo, nombres de distritos y localidades incorrectos, así como sistemas de agua potable inexistentes; Que, con la fi nalidad de optimizar la vigilancia sanitaria de la calidad del agua y asegurar el cumplimiento de la programación, ejecución y seguimiento de las actividades de vigilancia sanitaria, resulta necesario modi fi car el numeral 6.2.2 y el Anexo N° 03 del Documento Técnico aprobado por Resolución Ministerial N° 025-2026/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Con el visado de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 6.2.2 del Documento Técnico: Lineamientos para la ejecución de los recursos para la vigilancia sanitaria de la calidad del agua para consumo humano en las DIRESA o GERESA, aprobado por Resolución Ministerial N° 025-2026/MINSA, conforme a los siguientes términos: “6.2.2 Lineamientos para la ejecución de recursos en los centros poblados del ámbito rural con hogares concentrados a intervenir por parte de los Gobiernos Regionales con la actividad de “Vigilancia de la calidad del agua para consumo humano” (...) 2. En el caso excepcional de identi fi carse algún centro poblado con sistema de abastecimiento de agua inexistente, inoperativo, colapsado, o que no cuente con las condiciones mínimas para la ejecución de la actividad de la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano, con registro duplicado en la relación del Anexo N° 03, ID, ubigeo, nombre de localidad o distrito incorrecto, la DIRESA o GERESA mediante un informe propondrá a la DIGESA la modi fi cación de la relación de centros poblados y sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano a intervenir del Anexo N° 03, para su validación y aprobación, de ser necesario. 3. En concordancia con lo señalado en el numeral precedente, la DIGESA solicita a la Alta Dirección en los meses de junio y diciembre del año 2026, la actualización, mediante Resolución Ministerial, del Anexo N° 03, y su publicación en su sede digital”. Artículo 2.- Modi fi car el Anexo N° 03 del Documento Técnico: Lineamientos para la ejecución de los recursos para la vigilancia sanitaria de la calidad del agua para consumo humano en las DIRESA o GERESA, aprobado por Resolución Ministerial N° 025-2026/MINSA, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS WILLIAMS DYER FERNÁNDEZ Ministro de Salud 2545131-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Encargan el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 441-2026-MTC/01 Lima, 19 de agosto de 2026 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario realizar el encargo correspondiente, a fi n de asegurar la continuidad de las funciones de dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al señor ALEX SEGUNDO DIAZ GUEVARA, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adición a sus funciones y en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Transportes y Comunicaciones 2545494-1