Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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39 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Jefe de Gestión Documental y Archivo de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 318-2026- VIVIENDA Lima, 19 de agosto de 2026 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe/a de Gestión Documental y Archivo de la O fi cina de Gestión Documentaria y Archivo, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado puesto; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JORGE CARDO VELIT, en el puesto de Jefe de Gestión Documental y Archivo de la O fi cina de Gestión Documentaria y Archivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURICIO FERNANDO ARNILLAS GONZÁLEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2545475-1 ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Aprueban la exclusión de cinco (5) Fichas Técnicas del rubro Productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT) RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000101-2026- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 18 de agosto del 2026 VISTOS:El Informe Nº 000195-2026-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 30 de junio de 2026, y el Memorando N° 000331- 2026-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 21 de julio de 2026, ambos emitidos por la Dirección de Estandarización; el Informe N° 000026-2026-PERÚ COMPRAS-DETN- UFTN, de fecha 27 de febrero de 2026, el Memorando N° 000091-2026-PERÚ COMPRAS-DETN, de fecha 27 de febrero de 2026, y el Memorando N° 000257-2026-PERÚ COMPRAS-DETN, de fecha 31 de julio de 2026, emitidos por la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa; y, el Informe N° 000251-2026-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 07 de agosto de 2026, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); y;CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2025- EF, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); Que, el numeral 96.1 del artículo 96 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modi fi catorias, (en adelante, el “Reglamento”), señala que, “ Mediante subasta inversa electrónica se contratan bienes y servicios comunes que cuenten con fi cha técnica. La utilización del procedimiento de selección puede ser opcional u obligatoria conforme lo determine Perú Compras en el documento que aprueba la referida fi cha.” ; Que, el numeral 264.1 del artículo 264 del Reglamento establece que, a través de la fi cha técnica se estandarizan los requerimientos de bienes y servicios comunes; Que, el numeral 6 del Anexo I. De fi niciones del Reglamento, señala que, “ son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan, siendo que la naturaleza de los mismos les permite cumplir sus funciones sin requerir de otros bienes o servicios conexos, por ende está en capacidad de desarrollar las mismas como una unidad” ; Que, el numeral 264.2 del artículo 264 del Reglamento establece que, la fi cha técnica es aprobada, modi fi cada o excluida por el Jefe de Perú Compras mediante resolución, la cual es publicada en la Pladicop; Que, el numeral 260.2 del artículo 260 del Reglamento precisa que, las resoluciones de exclusión de las fi chas técnicas surten efectos a partir del retiro de la fi cha en la Pladicop; Que, de acuerdo a los numerales 8.3.12 y 8.3.13 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, denominada “ Directiva para la gestión de la lista de fi chas técnicas ”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, “la Directiva”), establece que, la Dirección de Estandarización, mediante informe, recomienda a la Jefatura de Perú Compras, la exclusión de la Ficha Técnica, en atención a los siguientes supuestos: a) La pérdida de la condición de común del bien o servicio; b) La inexistencia de la oferta en el mercado de organismos públicos o privados con capacidad de veri fi car la calidad y/o evaluación de la conformidad del bien o servicio, cuando corresponda; c) La necesidad de generar más de una Ficha Técnica de un bien o servicio común para describir con mayor especi fi cidad sus características; y, d) La no utilización de la Ficha Técnica por cuatro periodos anuales consecutivos; asimismo, en base al informe antes mencionado, la Jefatura de Perú Compras, a través de Resolución Jefatural, aprueba la exclusión de la Ficha Técnica del bien o servicio del Listado de Fichas Técnicas (LFT); Que, por medio del Memorando N° 000091-2026- PERÚ COMPRAS-DETN, que adjunta el Informe N° 000026-2026-PERÚ COMPRAS-DETN-UFTN, y el Memorando N° 000257-2026-PERÚ COMPRAS-DETN, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa emite su pronunciamiento respecto a la exclusión de cinco (5) Fichas Técnicas del rubro Productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC; Que, a través del Informe Nº 000195-2026-PERÚ COMPRAS-DE y el Memorando N° 000331-2026-PERÚ COMPRAS-DE, la Dirección de Estandarización sustenta, detalla y con fi rma técnicamente la exclusión de cinco (5) Fichas Técnicas del rubro Productos farmacéuticos