Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 143

143 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / Que, el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, se aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, cuya disposiciones son de observancia obligatoria para todas las entidades de la Administración Pública previstas en el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo № 021-2019-JUS, que se encuentran a cargo de la tramitación del Procedimiento Administrativo de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad que se encuentre en su posesión o bajo su control Que, mediante Decreto Supremo Nº 200-2020- PCM, Decreto Supremo que aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, cuyas disposiciones establecidas son de observancia obligatoria para todas las municipalidades provinciales y distritales a cargo de la tramitación de los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas; Que, Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba procedimientos Administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de inspecciones Técnicas de Seguridad en edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1203, publicado el 23/09/2015, se crea el Sistema Único de Tramites (SUT), como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, con su correspondiente información sustentatoria, formuladas por las Entidades de la Administración Pública; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203 que crea el Sistema Único de Trámites (SUT), tiene como objeto establecer las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, a través del SUT, a cargo de las entidades de la administración pública; en dicho sistema, se procesó las modi fi caciones por incorporación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y de licencias de edi fi cación, también se incorporó el Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, asimismo, se incorporó la Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas y además, la incorporación de los procedimientos Administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en edifi caciones, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, Expediente Carga Regular, 03.33.2037-002-2025, en atención al Decreto Supremo Nº 146-2024-PCM, al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, al Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM y al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM; Que, el artículo 16º de los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Resolución de Secretaria de gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, dispone que, el monto de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad no deben exceder el costo real del servicio, entendiéndose como tal, el costo que el procedimiento genere para la Entidad, en función al costo derivado de las actividades dirigidas a resolver lo solicitado y los gastos de operación y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento; y la Tercera Disposición Complementaria Final dispone la aplicación de la metodología de determinación de costos vigente;Que, aunado a lo anterior, el artículo 18º de la precitada norma establece en el caso de Gobiernos Locales, que se aprobará el TUPA mediante Ordenanza Municipal; por su parte, el numeral 17.2.1 del artículo 17 señala, que el proyecto del TUPA de Gobiernos Locales, previa a su aprobación por el Concejo Municipal, deberá contar con la conformidad de la Gerencia Municipal; y, en el numeral 17.2.2 señala, que para dicho efecto, en nuestro caso la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones o la que haga sus veces, presenta a la Gerencia Municipal el expediente del proyecto TUPA o su modi fi catoria; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP se aprueba el nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de observancia obligatoria para todas las entidades de la Administración Pública; cuyo Formato es generado automáticamente y reportado del Sistema Único de Trámites (SUT); Que, mediante la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 001-2020-PCM/SGP, publicado el 30/01/2020, se aprueba la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Tramites (SUT), y prescribe que es obligatorio su uso para todas las Entidades de la Administración Pública. Que, la Municipalidad Distrital de Yarinacocha tiene un Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2026-MDY, de fecha 02/02/2026, Expediente Regular 03.33.2037-002-2025; que contiene un total de 266 procedimientos administrativos, el mismo que está en proceso de modi fi cación, en observación para su posterior rati fi cación por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo; Que, el Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM, que aprueba 149 procedimientos administrativos y 01 servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y de licencias de edifi cación, asimismo que el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, que aprueba un (01) procedimiento al Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, también el Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba 10 procedimientos administrativos y un (01) servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones y además el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba 11 procedimientos administrativos estandarizados correspondientes a la Licencia de funcionamiento, 01 procedimiento administrativo estandarizado correspondiente al otorgamiento de la licencia provisional de funcionamiento para bodegas; Que, mediante la Resolución Nº 094-2024-MDY-ALC, de fecha 25/07/2024, se conformó el equipo de trabajo de la entidad, siendo sus miembros, el Supervisor SUT- Gerente Municipal, el Administrador SUT- Gerente de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones, el Registrador Legal - Gerente de Asesoría Jurídica, el Registrador de Procesos - Sub Gerente de Planeamiento y el Registrador de Costos - Gerente de Administración y Finanzas, los mismos que procedieron a realizar la revisión y acciones dentro del marco de sus funciones en el expediente Nº 03.33.2037-002-2025, en atención a la incorporación de procedimientos estandarizados y servicios prestados en exclusividad, en el documento TUPA de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, según se detalla: Procedimientos:a) Incorporación de 148 procedimientos administrativos estandarizados y 01 servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y de licencias de edi fi cación; en el SUT. (Artículo 1. Del indicado Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM) que corresponden a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial. Asimismo, se incorporó 10 servicios prestados en exclusividad y la Actualización y reorganización de 92 procedimientos administrativos en el aplicativo del SUT. b) Eliminación de 15 procedimientos administrativos registrados en el SUT.