Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 131

131 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / abogado Iván Argenis Morante Aponte, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de La Molina, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0216-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 29 de octubre de 2026. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 131-2019-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 64-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Iván Argenis Morante Aponte, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1797-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 21 de julio de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Iván Argenis Morante Aponte, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de La Molina. Artículo Tercero.- Precisar que la plaza señalada en el artículo precedente, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 131-2019-MP- FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 64-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Iván Argenis Morante Aponte que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Sur y Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2569901-8Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3423-2026-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2026VISTOS:El o fi cio Nº 002891-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 10 de septiembre de 2026, y el informe Nº 0209-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 23 de octubre de 2026, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal provincial en la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. Con o fi cio Nº 001661-2026-MP-FN-UEDFAREQ, de fecha 9 de octubre de 2026, la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Arequipa informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 001136 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1207-2019-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2019 y 4 de septiembre de 2020, respectivamente, se resolvió designar a la abogada Liz Magaly Nina Aguilar, fi scal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Liz Magaly Nina Aguilar, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del