Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 126

126 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / jefe de despacho, toda vez que el 14 de enero de 2026 el fi scal en cuestión se habría desplazado por vía aérea a la ciudad de Lima durante la jornada laboral, sin contar con autorización previa de la Coordinación Nacional, pese a lo cual habría registrado su asistencia como si hubiera cumplido labores presenciales en la sede fi scal; sin embargo, conforme a la razón Nº 002-2026-MP-FN-CN- FEMA/MGR, de fecha 23 de junio de 2026, elaborada por el Área de Personal de la citada Coordinación Nacional, se advirtió que no habría tramitado licencia, permiso, vacaciones ni comisión de servicios que justi fi cara su ausencia en su centro de labores, y que su solicitud de regularización se habría presentado aproximadamente cinco meses después de ocurrido el desplazamiento; asimismo, la citada Coordinación comunicó presuntas defi ciencias en la actuación fi scal respecto de la investigación por el derrame de hidrocarburos (petróleo) ocurrido en el río Amazonas, sector Yanashi, que habrían difi cultado la ejecución oportuna de medidas para evitar la salida de las embarcaciones involucradas del territorio nacional, con el consiguiente riesgo de impunidad y posible afectación a las comunidades de la zona; en ese contexto, se puso en conocimiento del órgano de control del Distrito Fiscal de Loreto las presuntas irregularidades atribuidas, entre otros, al abogado Marvin Kenny Loja Arévalo por la presunta omisión de sus deberes de dirección, supervisión y control, requiriéndose su apartamiento preventivo. De igual manera, se informaron incidencias en las investigaciones a su cargo relacionadas con presuntas actividades de minería ilegal en la cuenca del río Nanay, vinculadas con la posible existencia de una organización criminal, en las que se habrían advertido defi ciencias en la organización de la documentación fi scal, retrasos signi fi cativos y falta de medidas correctivas oportunas, así como demora en la revisión de proyectos de requerimientos presentados por el fi scal adjunto provincial provisional del despacho. Por tales razones, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental recomienda la conclusión del abogado Marvin Kenny Loja Arévalo en el cargo y despacho antes mencionados. Adicionalmente, del reporte de quejas y denuncias Nº 03230-2026-202000500, actualizado con información al 27 de octubre de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el referido fi scal registra catorce (14) quejas, de las cuales trece (13) se encuentran concluidas; y, una (1) en trámite. En consecuencia, al haberse con fi gurado las condiciones resolutorias previstas en los numerales (v) y (vi) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024; y en ejercicio de las prerrogativas de este Despacho para salvaguardar la integridad de la función fi scal, la con fi anza ciudadana y la imagen institucional del Ministerio Público, resulta oportuno concluir el nombramiento del abogado Marvin Kenny Loja Arévalo, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, y su designación en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Maynas; conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenido en el informe Nº 000021-2026-MP-FN-OREF-ARAA, de fecha 28 de octubre de 2026. Asimismo, se precisa que, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), el abogado Marvin Kenny Loja Arévalo se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Marvin Kenny Loja Arévalo, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, y su designación en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto - Maynas; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 2505-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 19 de agosto de 2025, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento al abogado Marvin Kenny Loja Arévalo que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Marvin Kenny Loja Arévalo, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2569901-1 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3395-2026-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2026 VISTOS: Los o fi cios Nºs. 002669, 003421 y 003733-2026-MP- FN-CN-FEMA, e informe Nº 0218-2026-MP-FN-OREF-ENYO, y; CONSIDERANDO: Mediante los o fi cios de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, eleva propuestas para cubrir la plaza de fi scal provincial en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Junín. A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1789-2018-MP-FN, 2151-2018-MP-FN y 462-2020-MP-FN, de fechas 5 y 26 de junio de 2018 y 2 de marzo de 2020, respectivamente, se resolvió nombrar al abogado Serafín Francisco Mendoza Quiñonez, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puente Piedra; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo.