Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 138

138 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / concordante con su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM y sus modi fi catorias; Que, debemos precisar que el numeral 6.1.10 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, señala que “Las modi fi caciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente directiva”; Que, asimismo, conforme lo establecido en el numeral 6.1.10 de la Directiva N° 006-2021-SERVIRGDSRH, “Las modi fi caciones realizadas al MCC en el transcurso del año fi scal deben ser compendiadas y formalizadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre de cada año fi scal mediante resolución del(la) titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia”; Que, con Informe N° 002315-2026-MDA/OGA-OGRH, emitido por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, se sustenta las razones por las cuales considera necesario aprobar un Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital, dejándose sin efecto la Resolución N° 000007-2025-MDA/GM, a raíz de las observaciones formuladas por la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) a través del Anexo denominado: ANEXO DE OBSERVACIONES DE LA PROPUESTA DE CAP PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE - LIMA; Que, con motivo de la propuesta del Cuadro de Asignación de personal Provisional presentado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Ate, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formuló observaciones al MCC de la MDA, descritas en el documento denominado “Anexo de Observaciones y Recomendaciones de la Propuesta de CAP Provisional de la Municipalidad Distrital de Ate - Lima” señalando textualmente que: “(…) (SERVIR) no emite opinión sobre el MCC, no obstante, en el marco de la revisión de la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) formula observaciones al MCC de las entidades públicas…”, por lo que atendiendo que este instrumento de gestión tiene incidencia directa en el CAP, se formulan observaciones respecto de la clasi fi cación de los cargos, la consistencia entre clasi fi cación, denominación, funciones, requisitos, u otros aspectos, en tal sentido, la revisión se centró en la veri fi cación de las denominaciones y clasi fi caciones de los cargos estructurales a ser incluidos en la propuesta de CAP Provisional, así como también en la adecuación a las disposiciones de la Ley N° 31419 y su Reglamento; Que, asimismo, se precisó que la Alta Dirección debía contar con asesores que coadyuven en las labores políticas y técnicas de los funcionarios públicos (alcalde y gerente municipal) para un e fi ciente control, supervisión y ejecución de las políticas y directrices, por lo tanto, también correspondía la designación de asesores clasi fi cados como Empleados de Con fi anza (EC) para la alta dirección de la Municipalidad; Que, en concordancia al numeral 6.1.1. de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH en lo concerniente a la elaboración y aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, señala: “La propuesta de MCC de la entidad debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público”. Asimismo, tomando en cuenta la recomendación de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, plasmado en el documento denominado “Anexo de Revisión del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la MD Ate” en lo referido a que “los cargos estructurales responsables de las unidades de organización del ROF, se recomienda considerar denominaciones a fi nes a la denominación de dichas unidades” es que se consideró el ROF de la MDA, aprobado mediante Ordenanza N° 615-MDA y modi fi catorias, el cual reconoce y describe al funcionario como Gerente(a) de la O fi cina General; en consecuencia, al ejercicio de los responsables de O fi cina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, O fi cina General de Administración, Ofi cina General de Integridad, O fi cina General de Asesoría Jurídica y O fi cina General de Plani fi cación Estratégica corresponde designárseles en el cargo de Gerente de las Ofi cinas Generales, clasi fi cándolos como Empleados de Confi anza (EC); Que, además, para los Órganos de Línea, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura, Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental y Gerencia de Desarrollo Social, en concordancia al ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, corresponde designarles el cargo de Gerente clasi fi cándolos como Empleados de Con fi anza (EC); Que, respecto a las unidades orgánicas de línea comprendidas, como la Subgerencia de Registro, Recaudación y Control, Subgerencia de Fiscalización y Ejecución Coactiva, Subgerencia de Desarrollo Económico y Productivo, Subgerencia de Comercio y Licencias, Subgerencia de Gestión de Riesgo y Desastres, Subgerencia de Desarrollo Territorial, Subgerencia de Infraestructura, Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo, Subgerencia de Movilidad Urbana, Subgerencia de Gestión Ambiental, Subgerencia de Servicios Sociales, Subgerencia de Programas Sociales y Participación Vecinal, corresponde, en marco al ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 615-MDA y sus modi fi catorias, designarles en el cargo de Subgerentes clasi fi cados como Empleados de Con fi anza (EC); Que, mientras que, para el ejercicio de las unidades orgánicas de administración interna comprendidas como la O fi cina de Administración Financiera, O fi cina de Abastecimiento, O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, Ofi cina de Tecnologías de la Información, O fi cina de Planeamiento, Modernización e Inversiones y O fi cina de Presupuesto, corresponde designarles el cargo de Jefes clasi fi cados también como Empleados de Con fi anza (EC), precisándose que, para proceder a completar el contenido de las fi chas de información de los Cargos Estructurales, se tomó en cuenta las funciones y requisitos de los cargos estructurales, conforme lo establecido en la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, la cual establece las reglas para la determinación de las funciones y requisitos, así como también los criterios de pertinencia, consistencia y coherencia a cumplir en la elaboración de dichas fi chas, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate, donde se establece la estructura orgánica, para el cumplimiento de las funciones; Que, asimismo, los servidores públicos, además de los Directivos superiores, están constituidos por los servidores públicos ejecutivos, especialistas y de apoyo; los servidores públicos ejecutivos son el grupo ocupacional que desarrolla funciones administrativas, entiéndase por ellas al ejercicio de autoridad, de atribuciones resolutivas, las de fe pública, asesoría legal preceptiva, supervisión, fi scalización, auditoría y, en general, aquellas que requieren la garantía de actuación administrativa objetiva, imparcial e independiente a las personas, en este grupo encontramos al/la Ejecutor/a Coactivo; Que, si bien el ROF aprobado mediante Ordenanza N° 615-MDA y sus modi fi catorias, solo establece la estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional, disponiendo 30 puestos estructurales de con fi anza, sin embargo, considerando que, el distrito de Ate cuenta con 716, 859 habitantes y una extensión de territorio de 77.72 km 2, convirtiéndose en el tercer distrito más poblado y el décimo en extensión territorial en Lima Metropolitana, contando en la actualidad con 2943 servidores civiles en los tres regímenes laborales (Decreto Legislativo N° 276, Decreto Legislativo N° 728 y Decreto Legislativo N° 1057), resultó necesario que se designen coordinadores en los distintos órganos y unidades orgánicas, denominación a ser empleada de manera excepcional, para organizar el trabajo de equipos existentes dentro de órganos o unidades orgánicas en la entidad, o desarrollar funciones de coordinación de acciones y recursos, según el literal c. del numeral 6.2.2.2 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-