Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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132 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0209-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 23 de octubre de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Liz Magaly Nina Aguilar, fi scal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1207-2019-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2019 y 4 de septiembre de 2020, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Liz Magaly Nina Aguilar, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa, con retención de su cargo de carrera (AIRHSP Nº 001136). Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento a la abogada Liz Magaly Nina Aguilar que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, Ofi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2569901-9 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3434-2026-MP-FN Lima, 30 de octubre de 2026VISTOS: Los o fi cios Nºs. 005492 y 006149-2026-MP-FN- PJFSHUANUCO, e informe Nº 0680-2026-MP-FN-OREF-MYGL, y; CONSIDERANDO: Mediante los o fi cios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, y remite documentación complementaria de los abogados propuestos. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Vanessa Marilyn Santamaria Penadillo, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0680-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 29 de octubre de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Vanessa Marilyn Santamaria Penadillo, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco. Artículo Segundo .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeta la abogada Vanessa Marilyn Santamaria Penadillo. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2570273-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan transferencia del acervo documentario registral de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Pebas al RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° D000070-2026- RENIEC/JNAC Lima, 29 de octubre de 2026