Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 127

127 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Serafín Francisco Mendoza Quiñonez, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Junín, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0218-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 28 de octubre de 2026. Cabe acotar que el abogado Serafín Francisco Mendoza Quiñonez registra una plaza indeterminada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Serafín Francisco Mendoza Quiñonez, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puente Piedra, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1789-2018-MP-FN, 2151-2018-MP-FN, 462-2020-MP- FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 5 y 26 de junio de 2018, 2 de marzo de 2020 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Serafín Francisco Mendoza Quiñonez, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándolo en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Junín, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento al abogado Serafín Francisco Mendoza Quiñonez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Noroeste y Junín, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2569901-2Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3396-2026-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2026 VISTOS:El o fi cio Nº 004313-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fecha 22 de septiembre de 2026, el informe Nº 019-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fecha 22 de septiembre de 2026, e informe Nº 00254-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 28 de octubre de 2026, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos e informe Nº 019-2026-MP- FN-PJFSAREQUIPA, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar. Con o fi cio Nº 001272-2026-MP-FN-UEDFAREQ- APH, el Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal de Arequipa, informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 000640 y con opinión presupuestal favorable. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Milagros Gabriela Vasquez Arivilca de Paredes, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 00254-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 28 de octubre de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Milagros Gabriela Vasquez Arivilca de Paredes, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar (AIRHSP Nº 000640). Artículo Segundo .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus