Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), en la especialidad penal para el Proceso Especial de Flagrancia, a partir del 30 de octubre de 2026, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, conforme el detalle siguiente: Sede Unidad de Flagrancia Delictiva de Lambayeque, ubicada en la avenida Los Incas N° 194, distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque: • 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia. • 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia. • 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia. • 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia. • 1° Juzgado Unipersonal Penal Transitorio de Flagrancia. • 2° Juzgado Unipersonal Penal Transitorio de Flagrancia. • 3° Juzgado Unipersonal Penal Transitorio de Flagrancia. • Juzgado Penal Colegiado Conformado Transitorio de Flagrancia. Sede Módulo Penal de Jaén, ubicado en la calle Mariscal Castilla N° 490, quinto piso, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca: • 2° Juzgado de Investigación Preparatoria - Flagrancia, OAF y CEED - Jaén, en adición de funciones como 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia de Jaén. • 3° Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia, OAF y CEED - Jaén, en adición de funciones como 3° Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia de Jaén. • Juzgado Penal Colegiado de Flagrancia de Jaén. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencia de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2570310-1 Imponen la medida disciplinaria de destitución a juez de paz del Distrito de Mariscal Castilla, Provincia de Concepción, Departamento y Corte Superior de Justicia de Junín INVESTIGACIÓN DEFINITIVA N° 917-2024- JUNÍN Lima, doce de octubre de dos mil veintiséisVISTOS: La propuesta de destitución del señor Jesús Abel Torres Alfaro, en su actuación como juez de paz del Distrito de Mariscal Castilla, Provincia de Concepcion, Departamento y Corte Superior de Justicia de Junín, contenida en la resolución número ocho, de fecha dos de junio de dos mil veintiséis, de fojas doscientos cincuenta y dos a doscientos sesenta y siete, expedida por la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, por el cargo b) en el extremo relacionado con el Expediente Judicial N° 039-2020-0-1504-JR-CI-01. CONSIDERANDO: Primero. Antecedentes. 1.1. Mediante el escrito de queja presentado el veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, de fojas uno a cinco, el señor Mario Raúl Aliaga Meza puso en conocimiento del Órgano de Control la comisión de conductas disfuncionales cometidas por el juez de paz del Distrito de Mariscal Castilla, Provincia de Concepcion, Departamento y Corte Superior de Justicia de Junin, adjuntando medios probatorios que obran de fojas seis a cincuenta y ocho. 1.2. En mérito a la referida queja, el juez superior responsable de la Unidad de Cali fi cación e Investigación Preliminar de la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial de la Corte Superior de Justicia de Junín, mediante resolución número uno, de fecha dos de setiembre de dos mil veinticuatro, de fojas sesenta a sesenta y uno, dispuso se recaben las actuaciones previas para emitir el pronunciamiento correspondiente por los hechos denunciados y que una vez se recabe lo pertinente ingresen los autos a despacho para emitir el informe correspondiente. 1.3. Mediante el Informe Preliminar de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, de fojas ciento cuatro a ciento diez, el juez superior responsable de la Unidad de Cali fi cación e Investigación Preliminar de la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial de la Corte Superior de Justicia de Junín propuso haber lugar al inicio del procedimiento administrativo disciplinario contra el señor Jesús Abel Torres Alfaro, en su condición de juez de paz del Distrito de Mariscal Castilla, Provincia de Concepcion, de la mencionada Corte Superior. En consecuencia, por resolución número dos, de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, de fojas ciento once a ciento dieciocho, se resolvió, entre otros, iniciar procedimiento administrativo disciplinario contra el juez de paz antes mencionado, por la infracción a sus deberes preceptuados en el numeral cinco del artículo cinco de la Ley número veintinueve mil ochocientos veinticuatro, Ley de Justicia de Paz; y, por haber incurrido en la prohibición contenida en el numeral seis del artículo siete de la misma ley. 1.4. Mediante escrito de fecha diez de abril de dos mil veinticinco, de fojas ciento veinticinco a ciento treinta y ocho, el señor Jesús Abel Torres Alfaro presentó sus descargos contra los hechos que se le imputan, ofreciendo medios probatorios. 1.5. Con fecha tres de junio de dos mil veinticinco se llevó a cabo la Audiencia Única, conforme al Acta de Registro de Audiencia Única de fojas ciento cincuenta y tres a ciento sesenta. 1.6. Mediante el Informe Final Exp. 000917-2024/ UPAD-ODANC/JUNIN, de fecha cuatro de abril de dos mil veintiséis, de fojas ciento setenta y cinco a ciento ochenta, la magistrada contralora de la Unidad Descentralizada de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial de la Corte Superior de Justicia de Junín opinó por la responsabilidad disciplinaria del señor Jesús Abel Torres Alfaro, en su actuación como juez de paz del Distrito de Mariscal Castilla, Provincia de Concepción, Departamento y Corte Superior de Justicia de Junín; y, propuso se remitan los actuados a la autoridad competente para que se le imponga la medida disciplinaria de destitución. Por lo que, mediante resolución número seis, de fecha dieciséis de abril de dos mil veintiséis, de fojas