Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / favor del Dr. NESTOR JORGE MACHACA ARQUE - Docente de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; con fi nes de participar en el XXXV CONGRESO LATINO- AMERICANO DE SOCIOLOGÍA DEL 2026 en GT. 16 Educación, Universidades y conocimiento, con bolsa de viaje; en concordancia con la Resolución de Decanato N 549-2026-D-FCEDUC-UNA; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; consiguientemente, el numeral 212.7 del Artículo 212° del citado cuerpo normativo, prescribe como derecho del docente, el de tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario; Que, obra en autos, el Plan de Trabajo denominado: Participación en el “XXXV CONGRESO LATINO-AMERICANO DE SOCIOLOGÍA DEL 2026” en GT. 16 Educación, Universidades y conocimiento, a partir del 24 de julio al 02 de agosto de 2026; elaborado por el Dr. Néstor Jorge Machaca Arque, cuya justi fi cación advierte que la participación en el “XXXV CONGRESO LATINO - AMERICANO DE SOCIOLOGIA DEL 2026” en GT. 16 educación, Universidades y conocimiento, a realizarse en la ciudad de Río de JANEIRO, BRASIL del 26 al 31 julio del 2026, organizado pelos nove programas de pós- graduação em Ciências Sociais e Sociologia do Estado do Rio de Janeiro. Brasil, Programa de Pós Graduacao em Ciencias Sociais da Universidade do Estado do Río de Janeiro (PPCIS-UERJ), es importante ya que allí se abordaran temas referidos a la educación, digitalización, universidades sociología y temas sociales que tienen que ser tratados en campos de temas educación y formación docente, en consecuencia lo aprendido tendrá impacto en la formación de estudiantes por que el suscrito justamente desarrolla temas de pedagogía y ciencias sociales; Que, vista la solicitud de parte (19-06-2026), mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 549-2026-D-FCEDUC-UNA (10-07-2026), la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, de esta Casa Superior de Estudios, autoriza la licencia con goce de haber por capacitación ofi cializada a favor del Dr. Néstor Jorge Machaca Arque, Docente Principal a Tiempo Completo de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano-Puno, para participar en el “XXXV CONGRESO LATINO-AMERICANO DE SOCIOLOGÍA DEL 2026” en GT. 16 Educación, Universidades y conocimiento, a partir del 24 de julio al 02 de agosto de 2026, que se realizará en la ciudad de Rio de Janeiro, Brasil. Asimismo, se otorga una bolsa de viaje a favor del citado Docente Principal a Tiempo Completo por el monto de S/. 3000.00 (TRES MIL 00/100 SOLES) que será afecto al 5% de la Decanatura de los Recursos Directamente Recaudados del Programa de Doctorado de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ciencias de la Educación. Dicha documental es derivada a la instancia superior con el OFICIO N° 279-2026-D-FCEDUC-UNA-PUNO (17-07-2026). Cabe mencionar que la referida autorización es aprobada en Sesión Extraordinaria de Consejo de Facultad de fecha 31 de julio del 2026; Que, ahora bien, respecto al egreso que demande la presente resolución, la Unidad de Presupuesto ha emitido el INFORME N° 1481-2026-UP-OPP-UNA- PUNO (20-07-2026) concordante con el INFORME N° 1057-2026-SP-UPM-OPP-UNA-P (20-07-2026), de la Unidad de Planeamiento y Modernización, considerando su afectación en la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Meta SIAF 0011 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3, hasta por el monto de S/ 3,000.00, centro de costo 02.06.10.01 Decanato de la Facultad de Ciencias de la Educación, que será afecto al 5% del programa de Doctorado de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ciencias de la Educación, además dicho gasto se efectúa como presupuesto adicional; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, inmersa en el INFORME LEGAL N° 1206-2026-OAJ-UNA-PUNO (21-07-2026); corresponde emitir el respectivo administrativo; En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU- UNA; De conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario Extraordinario del 11 de agosto del año en curso, transcrito en el MEMORANDUM N° 688-2026-SG-UNA-PUNO (11-08-2026) de Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER, en vía de regularización, la Licencia por Capacitación O fi cializada; y, AUTORIZAR, el viaje a RIO DE JANEIRO - BRASIL, del 24 de julio al 02 de agosto del 2026; a favor del Dr. NESTOR JORGE MACHACA ARQUE - Docente Principal a Tiempo Completo de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; con fi nes de participar en el XXXV CONGRESO LATINO- AMERICANO DE SOCIOLOGÍA DEL 2026 en GT. 16 Educación, Universidades y conocimiento; en concordancia con la Resolución de Decanato N 549-2026-D-FCEDUC-UNA. Artículo Segundo.- OTORGAR, una BOLSA DE VIAJE por el importe total de S/3,000.00 (TRES MIL CON 00/100 SOLES) a favor del Dr. NESTOR JORGE MACHACA