Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (05/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 5 de setiembre de 2026 El Peruano / y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío EDUARDO ISRAEL ZAMORA CHUNG, como titular, y del Capitán de Navío FABRIZZIO RICARDO ZAVALAGA CALIENES, como suplente, para participar en la Cuadragésima Octava Reunión Consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres 1972 y la Vigésima Primera Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres 1996, a desarrollarse en la sede de la OMI, ubicada en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 05 al 09 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 03 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje Aéreo: Lima - ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte - Limaclase económica - hasta por un monto de:US$ 3,029.48 x 1 persona US$ 3,029.48 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00 ------------------------- Total a pagar: US$ 5,729.48 Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal militar autorizado. Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA Ministro de Defensa 2550790-1 Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01070-2026-DE Lima, 3 de septiembre del 2026 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 003083-2026-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 02210-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01656-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante el O fi cio Nº 9023/26, la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Uruguaya hace extensiva una invitación al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú para que, acompañado de su o fi cial ayudante y dos o fi ciales de la Fuerza Aérea del Perú, participe en la “III Reunión de Coordinación entre los Estados Mayores de la Fuerza Aérea Uruguaya y la Fuerza Aérea del Perú”, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 07 al 11 de setiembre de 2026; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 003083-2026-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP LUIS MIGUEL TUEROS MANNARELLI, del Coronel FAP JUAN CARLOS MINAYA MEDINA, del Coronel FAP ORLANDO DAVID JOHNSON CONTRERAS y del Mayor FAP JERSON MAX MIO VASQUEZ, como titulares, y del Mayor General FAP MARTIN RAMON ASENJO GALLO, del Comandante FAP JAVIER ALEJANDRO CHIRINOS VEREAU, del Comandante FAP BERLY JESUS BRICEÑO VELASQUEZ y del Mayor FAP MARIO ANTONIO POZO CABREJOS, como suplentes, para participar en la “III Reunión de Coordinación entre los Estados Mayores de la Fuerza Aérea Uruguaya y la Fuerza Aérea del Perú”, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 07 al 11 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 06 de setiembre y su retorno el 12 de setiembre de 2026; sin que estos días genere gasto al tesoro público; Que, a través del citado documento, la Fuerza Aérea del Perú remite el Informe Legal Nº 807-2026-EMAJ; la exposición de motivos y sustento; la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 Nº 101 DGVC-ME/SIAF-RP; así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000005 y Nº 0000000022 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la exposición de motivos y sustento, la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar FAP, por cuanto permitirá fortalecer las medidas de con fi anza mutua en el área de operaciones, tecnología, educación, logística, recursos humanos y seguridad operacional con el país de República Oriental de Uruguay; así como, las relaciones interinstitucionales entre ambas Fuerzas Aéreas; Que, conforme a la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 Nº 101 DGVC-ME/SIAF-RP, la institución armada señala que asumirá los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante el O fi cio Nº 02210-2026-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 557-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 01656-2026-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable