Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 1998 (14/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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de MORDAZA sistemas de ordenamiento podra ser total, por zonas geograficas o por unidades de poblacion; Que por Resolucion Ministerial N°463-91-PE, quecontiene las normas correspondientes a un Plan de Ordenamiento Pesquero., se establecieron MORDAZA criterios b a s i c ara el desarrollo de la actividad extractiva de anchoveta y sarka Que la Resolucion Ministerial N° 643-97-PE de fecha 23 do octubre de 1997, dispuso el reinicio de l a actividades de extraccion y procesamiento del recurso anchoveta (Engraulis ringens y Anchoa nasus) correspondiente al ano biologico 19971998apartirdelae00.66 horas del dia 25 de octubre de 1997en todo el litoral peruano fijando las cuotas de capturaFmisible; Que el Instituto MORDAZA del Peru mediante 0 cio N DE100-003-98 de fecha 9 de enero de 1998 ha alcanzado el Informe "Analisis biologico-pesquero de Anchoveta y Sardina" al B de enero de 1998, en el cual recomiendasuspender las actividades extractivae del recurso ancboveta en la region norte-centro, con la finalidad de proteger el reclutamiento y el MORDAZA reproductivo del citado recurso; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extrac-

Lima. miercoles 14 de enero de 1998

Aceptan renuncia y encargan la Secretaria Ejecutiva
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO DECOQRDINACIONJUDICIAL N°0001-98-CCJ MORDAZA, 13 de enero de 1998 VISTA: La renuncia del Secretario Ejecutivo del Consejo de Coordinacion Judicial, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,formulada en la sesion del pleno del Consejo de Coordinacion Judicial de la fecha. CONSlDERANDO: Que los miembros del Consejo de Coordinacion Judicial, previa deliberacion y por unanimidad, acordaron aceptar la renuncia a dicho cargo. Y estando a lo dispuesto por el Articulo MORDAZA de la Ley numero 26623, Ley de Creacion del Consejo de Coordinacion Judicial, ye1 literal e) del Articulo seis de la Resolucion Administrativa numero 002-96-CCJ - Reglamento de Organizacion y Funciones de dicho Consejo. SE RESUELVE: Primero.-Aceptar la renuncia al cargo de Secretario Ejecutivo formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasquez. Segundo.- Encargar la Secretaria Ejecutiva, en tanto se nombra al titular, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien asumir& en la fecha las funciones de dicho cargo. Registrese, comuniqueseypubliquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTlLLO MORDAZA RODRIGUE2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO 0431

eion;

De conformidad con laa disposiciones del Decreto Ley N 25977, Le General de Pesca, y de BU Reglamento aprobado mediante #L creto Supremo N" 01-94-PE; #Lcreto Con la opinion favorable delViceministro; SE RESUELVE:

Articulo lo.- Suspender a partir de laa 00.00 horas del 16 de enero de 1998, las actividades de extraccion y procesamiento del recwwo anchoveta, desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16" 69' Latitud Sur. Articulo2°.-La actividad artesanal y los establecimientos industriales estan exceptuados de lo dispuesto en el articulo precedente, siempre y cuando el producto de su extraccion y procesamiento sea destinado exclusivamente al consumo humano directo, previa autorizacion del Ministerio de Pesqueria. Articulo 3°.- Las actividades pesqueras en las MORDAZA no sujetas a la prohibicion a que se refiere el Articulo 1° y las especificadas en el Articulo 2° de la presente Resolucion deberan cumplir con las siguientes condiciones: a)Utilizar redes de cerco con abertura de malla no menor de 13 mm. (1/2"); y, b) Queda prohibido extraer y procesar ejemplaresjuveniles de anchoveta cuya talla sea inferior a 12 cm. de longitud total, permitiendose una tolerancia de diez por ciento (10%) como MORDAZA de captura incidental en el numero de eiemolares L juveniles. Articulo 4°.- En caso de producirse la captura incidental de ejem lares juveniles en porcentajes superiores a lo establecido en el f!rteral b) del articulo anterior, durante 3 dias consecutivos o cuatro dias alternos en una semana,se suspenderan las faenas de pesca y de procesamiento en el puerto de ocurrencia por un periodo de tres dias consecutivos, sin pe `uicio de aplicarse las multas y demas sanciones previstas en laLy General de Pesca, en su Reglamento y en la presente Resolucion Ministerial. Articulo5°.-Las personas naturales y juridicae ueinfrinjan lo diapuestoen la presenteRefrolucion Ministen.a?, reharan pasiblesalassancionesestablecidasenlaLeyGeneraldePesca, su Reglamento y dem8s disposiciones legales vigentes. Articulo tY.- El Instituto MORDAZA del Peru efectuara el monitoreo cientifico y, sobre la base de informacion actualizada, recomendara el levantamiento de la suspension a que ae refiere el Articulo 1' de la presente Resolucion Ministerial o la adopcion de otras medidas concurrentes al mismo fin. Asimismo, informara diariamente a la Dependencia Regional de Pesqueria correspondiente, los porcentajee de ejemplares juveniles de anchoveta del dia anterior, por puerto de desembarque. Articulo T'.- Las Direcciones y Subdirecciones Regionales de Pesqueria de los Gobiernos Regionales y las Direcciones Nacionales de Extraccion y de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria, dentro del ambito de BUB respectivas competencias y jurkdiccionee, velaran miento de lo dispuesto en la reaente !iisu%%"i estara a cargo de la Direccion 8e neraldeCapitaniaayGuardacoetaa del Ministerio de Defensa. Artfculo8".-TranscribaselapresenteResolucionMinisterialalasDireccionesySubd.ireccionesRegionaleadePesqueria, seguncorresponda! deTumbes,, MORDAZA, Chiclayo,Trujillo, Chimbote,, Piaco, Areqm a e Ilo; ael como ala Direccion General de Capitania8 y Guar Bacostas del Ministerio de Defensa para los finespertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIERCGRNEJO Minietro de Pesqueria 0439

FE DE ERRATAS

RESOLUClON ADMINISTRATIVA N° 001-P-CS Por Oficio N° 018-98-SG/PJ se solicita publicar Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica N°061-P-CS,publicada en nuestra edicion del dia 3 de enero de 1998, en la pagina 156150.
DICE:

SALA ClVIL TRANSITORIA: Dr. MORDAZA URRELLO MORDAZA, quien la presidira, e integrada por los senores: MORDAZA Roncalla MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Almenara MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Adrianzen. DEBE DECIR: SALA CIVIL TRANSITORIA': Dr. MORDAZA URRELLO MORDAZA, quien la presidira, e integrada por MORDAZA senores: MORDAZA MORDAZA Almenara B son, MORDAZA Roncalla MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ey chevarria Adrianzen. 0380

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