Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 1998 (14/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

la Calificacion Electrica correspondiente, sera coordinada con la concesionaria del servicio; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentacion: a ) Minuta de Compraventa otorgada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ESPOSA a favor de la Asociacion de Pobladores Barrio MORDAZA MORDAZA de Pierola, de fecha 15 de diciembre de 1995. b) Escritura Publica de Compraventa otor MORDAZA por la Superintendencia de Bienes Nacionales a favor fe la Asociacion de Pobladores Barrio MORDAZA MORDAZA de Pierola, por un area de 3 ha., 5200.00 m2, dentro de esta existe un area intangible de 5320.00 m2. c) MORDAZA Literal de Dominio inscrita en las Fichas N ° s 1184701 y 1183431 del terreno 0.16 ha. y 3 ha 5,200.OO m2, respectivamente a favor de la Asociacion de Pobladores Barrio MORDAZA MORDAZA de Pierola. d) Certificado de Zonificacion y Vias N°s. 248-97-MMLDMDU de fecha 22 de MORDAZA de 1997, que califica al terreno como Uso de Residencial de Densidad Media "R-4". e ) Declaracion Jurada con firma legalizada sobre Inexistencia de Feudatario8 y/o Trabajadores dedicado8 a labores agropecuarias, de conformidad con el Articulo II-W-12.1 del Reglamento Nacional de Construcciones, de fecha 1 de agosto de 1997. f) Recibo s/n de fecha 4 de febrero de 1997, otorgado8 por la Direccion de Tesoreria por un monto total de S/. 550.00, acreditando los derecho8 que genera el presente tramite g ) Recibo cancelado en la Direccion de Tesoreria por el monto de S/. 2,017.80 de fecha 10 de noviembre de 1997, acreditando el pago por concepto de 108 derecho8 administrativos establecidos en el Art. 11-xX1-3 del Reglamento Nacional de Construcciones. Estando a 108 informe8 de la Division de Revision de Diseno de la Direccion de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por el Director de Habilitaciones Urbanas y la Directora General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Art. 168" del Edicto Metropolitano N° 021 y el Art. 5° del Decreto de Alcaldia N° 200-90; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APRUEBESE, los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion, para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 31,480.OO m2 (TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS), ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la ASOCIACION DE POBLADORES BARRIO MORDAZA MORDAZA DE PIEROLA, para presentar en el plazo de NOVENTA (90) dias, contados a partir de la fecha de Notificacion de la presente Resolucion, los Proyectos Definitivos que seran elaborados en base al Anteproyecto ue figura en el plano adjunto signado con el N° 218097-MML;3 GO-DHU y sujetandose a la calificacion otorgada por la Comision de Habilitacion MORDAZA como MORDAZA "B-4", debiendo tenerse en cuenta 108 requisito8 y observaciones, que senalan en el Acuerdo N°08 tomado en Sesion N° 39-97 de fecha 24 de octubre de 1997. Para la Aprobacion de los Proyecto8 Definitivo8 debera cancelar las sanciones impuesta por el Comite de Multas y coordinar con las Concesionarias de los Servicios, 108 Proyectos ggnP',.Ptas Externas Telefonicas y de las Redes Sanitarias y . Articulo Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el Capitulo IVdel Reglamento de Tramitacion Administrativa del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA para la provincia de MORDAZA, aprobado por el Decreto de Alcaldia No 134~96-MML, del 28 de noviembre de 1996,108 intereeados deberan gestionar la inscripcion preventiva ante los Registro8 Publicos de 108 aporte8 corre8 ndientes a Recreacion Publica de 424.68 m2, ubicado en la hE "A" y el Ministerio de Educacion de 629.66 m2, ubicado en el Lote 6A de la Mz. "L". El deficit de aporte8 para Recreacion Publica de 3,038.12 m2, sera redimido en dinero, debiendo ser ubicado para efectos de tasacion con frente a la via de mayor valor arancelario. Quedara como carga inscrita en los Registro8 Publico8 la Reserva de 108 lote8 1 al 20 de la Mz. `IB" y del 1 ai 5 de la Mz. "D" en garantia del pago del deficit de aporte8 pare Recreacion Publica de 3,038.12 m2. Articulo Cuarto.- La publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, estara a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBASE a los Registros Publicos y ala Municipalidad Dstrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines.

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BARDELLI L. Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 0361

Prohiben actividades sociales que bajo apariencia de reuniones privadas encubran uso de locales con fines comerciales sin autorizacion municipal
DECRETO DE ALCALDIA N° 002098-MDB Barranco, 13 de enero de 1998 VISTO: El Informe de la Direccion de Servicio8 Comunales y de la Division de Policia Municipal, sobre celebracion de fiesta8 y otra8 actividades, en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, constituye deber y obligacion de las Municipalidades, representar al vecindario, fomentar el bienestar de los vecino8 y propender al desarrollo armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, toda persona tiene derecho a ejercer el derecho de propiedad, en MORDAZA con el bien comun y dentro de los limite8 que fija la ley; Que, es funcion municipal en materia de acondicionamiento, vivienda y seguridad colectiva, supervisar y controlar el mantenimiento y cumplimiento de la8 normas de seguridad e higiene de los recinto8 abiertos al publico, incluyendo los establecimientos de caracter comercial y social; Que, asimismo es funcion municipal en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental, normar y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, viviendas y otros lugares publicos; Que, se ha verificado en el distrito la existencia de diversas MORDAZA y residencias que, bajo la apariencia de estar celebrando reuniones privadas, se estan destinando a locales para la celebracion de MORDAZA y otra8 actividades sociales, sin contar con la debida autorizacion municipal; sorprendiendo de esta manera a la autoridad municipal con el argumento de que se trata de reuniones familiares; Que, ademas, estas MORDAZA y actividades vienen ocasionando malestar en el vecindario de la MORDAZA respectiva, por la continua produccion de ruidos molestos o nocivos, perjudiciales a la salud y, por la perturbacion de la tranquilidad y sosiego a que tienen derecho los habitante8 de este distrito, mas aun, si como se observa, se trata de zonas eminentemente residenciales; En ~80 de las facultades conferidas en el kt. 47"k. 6)yArt. ll 1" de la Ley No 23853 - Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Prohibir en la jurisdiccion del distrito de Barranco, la celebracion de fiesta8 y cualquier otra actividad publica que, bajo la apariencia de reuniones privadas, encubran el verdadero ~80 de locales para fines comerciales, sin la debida autorizacion municipal. Articulo Segundo.- Disponer que la celebracion de MORDAZA particulares y/o privada8 que se lleven a cabo en zonas residenciales, no excederan de la8 02.00 a.m. Articulo Tercero.- El incumplimiento de estas disposicione MORDAZA lugar a la imposicion de las sanciones cor-respondientes, sin perjuicio de la aplicacion de las normas sobre ruidos molestos, funcionamiento, aseo, salubridad y seguridad colectiva que 8e infringieren. Articulo Cuarto.- Encargar a las Direcciones de Servicios Comunales, Desarrollo MORDAZA y Rentas, el cumplimiento del presente Decreto.

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