Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 1998 (22/07/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 1998

Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 198-98-INPE-CR-P, de fecha 8 de MORDAZA de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 198-98-INPE-CR-P, se impuso sancion de seis meses de cese temporal sin goce de remuneraciones a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de Administracion del Instituto Nacional Penitenciario, por las irregularidades en el pago de S/. 38,907.54 nuevos soles a GCL Servicios Generales S.R.L., por trabajos de enmallado de la parte lateral derecha perimetral del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de Lima; Que contra la mencionada resolucion MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion argumentando que viso el comprobante de pago pero solo para efectos de la continuacion del tramite administrativo, sin que signifique autorizacion; que no tuvo conocimiento del oficio relacionado a la conformidad de la Comision de Creditos Devengados; que el Oficio Nº 95-INPE-EPPPL-D, de fecha 31 de MORDAZA de 1995, si bien no es un acta de conformidad de obra, fue suscrito por el Director de Administracion y el Director del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de MORDAZA, sin efectuar reparos a la obra; asimismo deduce la nulidad de la apelada al haberse excedido el plazo de duracion del MORDAZA administrativo disciplinario; Que analizada la documentacion de autos y argumentos del recurrente, se deduce que tuvo conocimiento del Oficio Nº 41-96-INPE-CCD, el cual le fue remitido por los miembros de la Comision de Creditos Devengados, tal como consta del sello de recepcion de la Oficina General de Administracion y proveido de fecha 20 de diciembre de 1996, no obstante incumplio lo dispuesto por la citada Comision; de otro lado, consta la visacion del recurrente en el Comprobante de Pago Nº 002143, de fecha 29 de noviembre de 1996 pese a no contar con la conformidad de obra que le fue advertida en la relacion adjunta al referido oficio, asimismo al visar el recurrente el mencionado comprobante de pago, consintio el tramite y aprobacion del pago irregular, por lo que comparte responsabilidad con los funcionarios que lo autorizaron, consiguientemente no desvirtua los cargos imputados; Que la nulidad deducida deviene en infundada, por cuanto el Articulo 163º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que el incumplimiento del plazo de treinta dias solo configura falta de caracter disciplinario de parte de los funcionarios responsables, pero no indica que es causal de nulidad; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 034-98-JUS/OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 -Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 198-98-INPE-CR-P, de fecha 8 de MORDAZA de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, al Instituto Nacional Penitenciario y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 8102

Autorizan viaje del Superintendente Nacional de los Registros Publicos a Espana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 156-98-JUS MORDAZA, 17 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio Nº 142-98-SUNARP/SN de fecha 15 de MORDAZA de 1998 del Superintendente Nacional de los Registros Publicos; CONSIDERANDO: Que mediante el oficio de visto, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional de los Registros Publicos, solicita autorizacion para ausentarse del MORDAZA del 22 de MORDAZA al 6 de agosto de 1998, a fin de atender la invitacion que le ha cursado el Secretario General de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislacion de Espana, para participar en las tareas de la Seccion de Derecho Comparado y Derechos Iberoamericanos de dicha Corporacion y exponer los trabajos de reforma del Codigo Civil del Peru de 1984, que tiene a su cargo la Comision creada por Ley Nº 26394, modificada por Ley Nº 26673, de la que forma parte; Que adicionalmente sostendra conversaciones con el Decano del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espana, en el MORDAZA del Acuerdo de Colaboracion suscrito entre dicha institucion y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, de fecha 8 de noviembre de 1996, para coordinar, entre otros asuntos, la realizacion de un MORDAZA curso para registradores peruanos en materia de Registros de la Propiedad y Mercantil a efectuarse en el Centro de Estudios Registrales del Colegio en mencion; Que durante su permanencia en Espana, celebrara igualmente reuniones de trabajo relacionadas con asuntos de interes comun con el Director General de los Registros y del Notariado de Espana y el Secretario General del Centro Internacional de Derecho Registral (CINDER); Que en consecuencia resulta procedente autorizar el viaje del referido funcionario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional de los Registros Publicos, a Espana, del 22 de MORDAZA al 6 de agosto de 1998, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion, asi como el viaje autorizado no irrogara gastos al Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 8105

SALUD
Encargan al PNUD y UNOPS la convocatoria de licitaciones publicas para la adquisicion de bienes y servicios del Programa de Complementacion Alimentaria para Grupos en Mayor Riesgo
RESOLUCION SUPREMA Nº 066-98-SA MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1998

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