Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 1998 (22/07/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 1998

Dado en San MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventiocho. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 8157

Amplian alcances de decreto sobre normas complementarias para MORDAZA de comercio prevista en Reglamento de Zonificacion e Indice de usos
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-98-ALC/MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 09-98-ALC/ MSI se ampliaron las facultades de la Comision de Desarrollo MORDAZA para calificar anteproyectos y/o proyectos que superen los 4,000 m2 de area construida en el Centro Financiero ubicado entre las avenidas MORDAZA MORDAZA, Republica de Panama, Aramburu y Petit Thouars; Que, ademas de los requisitos establecidos en el citado decreto en lo relativo a los elementos de juicio que los proyectistas deberan considerar para la elaboracion de los proyectos, es necesario precisar los criterios que deberan normar los nuevos disenos dentro del MORDAZA Centro Financiero, de modo que contribuyan a consolidar dentro del distrito areas de mayor densidad y alturas que la Municipalidad en uso de sus funciones busca desarrollar dentro del referido perimetro, a fin de descargar la presion de la demanda inmobiliaria que se ha suscitado hacia esa MORDAZA para oficinas y en los de mayor altura, con el consiguiente ordenamiento de densificacion MORDAZA en beneficio de los vecinos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo P.II.2 del Reglamento Nacional de Construcciones, las Municipalidades Distritales tienen la facultad de dictar disposiciones administrativas complementarias para que las obras de construccion reunan las condiciones necesarias de funcion, higiene, seguridad, comodidad y estetica; Que, con arreglo al inciso 3) del Articulo 37º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, los Regidores tienen la atribucion de fiscalizacion y vigilancia de los actos de la administracion municipal; Que, en consecuencia es necesario ampliar y precisar las Normas Complementarias del Articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 09-98-ALC/MSI, a fin de dotar a la referida Comision de Desarrollo MORDAZA y a la Comision Calificadora de Licencias de Construccion, encargada de la aprobacion de los proyectos en el distrito de San MORDAZA, de las directivas que le permitan evaluar adecuadamente los anteproyectos o proyectos que se presenten dentro del area del referido Centro Financiero; Que en aplicacion del ultimo parrafo del numeral V.I.7 del capitulo sobre Zonificacion Comercial, MORDAZA de Comercio Metropolitano C-7 del Reglamento de Zonificacion del distrito de San MORDAZA, aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 197-97-MML; Estando a lo opinado por Informe Nº 470-98-09-OAJ/ MSI de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Unico.- Aprobar la ampliacion de los alcances del Decreto de Alcaldia Nº 09-98-ALC/MSI sobre Normas Complementarias previstas en el Articulo 1º, en los siguientes terminos: 1º Las construcciones a realizarse dentro del area del Centro Financiero se rigen por las normas generales que

son de aplicacion obligatoria dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA, salvo en lo que atane a alturas y a la incidencia de los futuros proyectos en formacion de espacios publicos. 2º Los nuevos proyectos deberan plantearse en funcion a las dimensiones y caracteristicas de las vias y edificaciones existentes o que se encuentren en MORDAZA de estudio al tiempo de solicitarse la aprobacion respectiva. En tal sentido, cada proyecto debera sustentar sus alturas y volumetrias en razon de sus relaciones con las edificaciones ya existentes, las vias o los proyectos vecinos en tramite, de modo que los nuevos proyectos contribuyan a formar un orden en la densificacion MORDAZA, acorde con la vocacion financiera que se quiere plasmar en el centro. 3º La evaluacion se realizara en base a lo estipulado en el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 09-97-ALC/MSI y sus ampliatorias consistentes en: a) Los proyectos tendran MORDAZA de proponer las alturas que consideren mas adecuadas a sus planteamientos arquitectonicos y urbanos, asi como a los que propendan a la mejor conformacion espacial y publica del Centro Financiero. b) La distancia minima entre las fachadas de los edificios que tengan ventanas, sera un MORDAZA de la altura de aquella mas alta, entre una fachada de un edificio que tengan ventanas y otra que no las tenga, sera un MORDAZA de la altura de aquella mas alta. Entre fachadas que no tenga ventanas no se exigira separacion alguna, salvo la que propenda a una mejor conformacion volumetrica. c) No sera de aplicacion lo establecido en el numeral V.I.7 del Reglamento de Zonificacion de San MORDAZA, para el area denominada Centro Financiero y comprendida entre las avenidas MORDAZA MORDAZA, Republica de Panama, Aramburu y Petit Thouars. Dado en la MORDAZA Consistorial de San MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 8158

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-98/MVMT Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 012-98/ MVMT, publicado en nuestra edicion del dia 12 de MORDAZA de 1998, pagina 162156. Articulo 1º.DICE: "AMPLIAR, el plazo de la prorroga, otorgado por Decreto de Alcaldia Nº 009-98/MVMT, para acogerse a la Amnistia Tributaria y Administrativa hasta el 31 de junio 1998," DEBE DECIR: "AMPLIAR, el plazo de la prorroga, otorgado por Decreto de Alcaldia Nº 009-98/MVMT, para acogerse a la Amnistia Tributaria y Administrativa hasta el 31 de MORDAZA 1998," 8185

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