Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 1998 (22/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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MORDAZA MAYNAS MORDAZA DE MORDAZA TAMBOPATA MORDAZA MORDAZA MARISCAL MORDAZA ILO PASCO PASCO MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYABACA HUANCABAMBA MORROPON PAITA TALARA SECHURA MORDAZA MORDAZA AZANGARO CARABAYA HUANCANE MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE PUTINA EL COLLAO SAN MORDAZA MOYOBAMBA HUALLAGA MARISCAL MORDAZA MORDAZA TACNA TACNA TARATA CANDARAVE MORDAZA BASADRE UCAYALI PADRE MORDAZA TOTAL GENERAL : 0,00 297,32 0,00 0,00 0,00 1.259,64 0,00 0,00 0,00 73,92 0,00 0,00 0,00 0,00 71,60 14,80 72,80 0,00 182,00 872,40 102,14 72,80 0,00 0,00 114,40 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 30.442,26

NORMAS LEGALES
83,80 3.272,80 3.044,80 21.222,40 2.739,40 15.502,40 3.826,40 31.040,00 480,00 320,00 3.400,00 3.721,00 320,00 200,00 9.960,20 644,00 7.305,00 400,00 0,00 62,80 0,00 1.328,00 3.760,00 600,00 40,00 840,00 15.480,00 400,00 4.166,00 4.840,00 960,00 952,00 40,00 567.673,49

MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 1998

ple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru, relacionado al establecimiento de un taller de mantenimiento aeronautico; Que, con Memoranda Nºs. 0153-98-MTC/15.16.02, de fecha 23 de febrero de 1998 y 0184-98-MTC/15.16.02, de fecha 6 de marzo de 1998, de la Direccion de Asesoria Legal y 170-98/MTC/15.16.05.2, de fecha 13 de marzo de 1998, de la Subdireccion de Material Aeronautico, se determino que se encuentran acreditadas las capacidades legal, financiera y tecnica de la empresa Golden Aircraft Service S.A.; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 128º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil Nº 24882, sus modificatorias, la RAP 145; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa Golden Aircraft Service S.A. por un plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operacion como taller de mantenimiento aeronautico con las siguientes habilitaciones: - Habilitacion para Aeronaves Limitada Clase I - Habilitacion para Motores Limitada Clase I Clase II - Habilitacion para Accesorios Limitada Clase I Accesorios Mecanicos Clase II Accesorios Electricos Articulo Segundo.- Las habilitaciones, a las que se refiere el Articulo Primero de la presente resolucion, se encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico" numero TMA-006, y estan limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion"; los que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Las actividades autorizadas a la empresa Golden Aircraft Service S.A. deben efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho manual debera obtenerse la aprobacion correspondiente de la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Transporte Aereo, efectuara inspecciones al taller de mantenimiento de la empresa Golden Aircraft Service S.A., a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolucion. Articulo Quinto.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion al taller de mantenimiento aeronautico de la empresa Golden Aircraft Service S.A., queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8120

8097

MTC
Otorgan autorizacion a empresa para el funcionamiento y operacion como taller de mantenimiento aeronautico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-98-MTC/15.16 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1998 Visto, el expediente con Registro Nº 2980, presentado por la empresa GOLDEN AIRCRAFT SERVICE S.A., sobre autorizacion para el funcionamiento y operacion como taller de mantenimiento aeronautico; CONSIDERANDO: Que, para el funcionamiento y operacion de las fabricas, plantas ensambladoras y talleres de mantenimiento aeronautico, se requiere autorizacion previa otorgada por Resolucion Ministerial del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y para el efecto, los titulares de las empresas solicitantes deberan acreditar que cuentan con el equipo y personal tecnico idoneo para el servicio que pretenden realizar; Que, el pedido de la empresa Golden Aircraft Service S.A., ha sido materia de analisis y estudio, asi como de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuada por las dependencias competentes de la Direccion General de Transporte Aereo; concluyendose que el peticionario cum-

Otorgan concesion a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 898-98-MTC/15.18 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01891010 de fecha 15 de junio de 1998, organizado por la empresa "EXPRESO SANCHEZ" S.R.Ltda., sobre nueva concesion de ruta: MORDAZA - Huaycahuacho y viceversa e Informe

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