Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 1998 (22/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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culo 23º numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Los Oficios Nºs. 029 y 030-98-ALLR-MDSM, recibidos en fecha 26 de febrero del ano en curso, remitidos por don MORDAZA MORDAZA la MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, solicitando MORDAZA del expediente por el cual se solicita la vacancia del cargo de regidor que ostenta don MORDAZA MORDAZA Collantes; y, comunicando que el regidor en mencion ha interpuesto recurso de revision contra la ejecutoria suprema de fecha 27 de junio de 1997; Las comunicaciones recibidas en fecha 12 de marzo del ano en curso, remitidas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, solicitando la suspension del tramite de pedido de vacancia del cargo de regidor que ostenta en el citado municipio; alegando que ha interpuesto recurso de revision contra la Ejecutoria Suprema que declara no haber nulidad en la condena que le fuera impuesta por la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura; CONSIDERANDO: Que, del estudio de autos aparece que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue sentenciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura el 12 de noviembre de 1996 en el MORDAZA penal seguido en su contra y otro por la comision del delito de abuso de autoridad en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la pena privativa de MORDAZA de 1 ano con el caracter de suspendida e inhabilitacion; ademas, la Sala Penal de la Corte Suprema de la Republica declaro no haber nulidad en la referida sentencia, tal como obra de fojas 03; Que, el MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue de naturaleza ordinaria, debiendo concluir dicho MORDAZA con la resolucion que emitida por la Sala Penal de la Corte Suprema de la Republica; que el hecho que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuesto recurso de revision contra ejecutoria suprema que confirma la condena que le ha sido impuesta, no puede conllevar a que este Supremo Organo Electoral permanezca impasible y permita que subsista la incertidumbre en la situacion juridicoelectoral que es de su conocimiento y competencia; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un MORDAZA o Regidor de Concejo, esta entidad electoral debe proceder a declararla; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5º literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los regidores son reemplazados por los suplentes de sus mismas listas; que revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales corresponde asumir el cargo de regidor a don Eddi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 5 "Movimiento Vecinal Ama Sua"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia en el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, que venia ostentando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por estar incurso en la causal de vacancia al haber condenado por la comision de delito doloso por la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura a la pena privativa de la MORDAZA de 1 ano con el caracter de suspendida e inhabilitacion por la comision del delito de abuso de autoridad; sentencia que la Sala Penal de la Corte Suprema de la Republica ha declarado no haber nulidad en fecha 27 de junio de 1997. Articulo Segundo.- Convocar a don Eddi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 5 "Movimiento Vecinal Ama Sua" para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, por vacancia de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Collantes; para completar el periodo 1996-1998; conforme a ley. Articulo Tercero.- Otorgar la correspondiente credencial a don Eddi MORDAZA MORDAZA Carpio.

Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 8170

SBS
Autorizan a empresa bancaria la apertura de agencia en la provincia de Huancayo
RESOLUCION SBS Nº 680-98 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Serbanco requiriendo la autorizacion de esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en la Av. Los MORDAZA Nº 205, esquina con el MORDAZA MORDAZA Nº 415 del distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junin; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieros "D", mediante Informe Nº ASIF "D"128-OT/98; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Serbanco la apertura de una agencia ubicada en Av. Los MORDAZA Nº 205, esquina con el MORDAZA MORDAZA Nº 415 del distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 8118

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Reconocen labor de funcionarios de gobiernos regionales Nor Oriental del Maranon y San MORDAZA en la rendicion de cuentas del ejercicio fiscal 1997
RESOLUCION JEFATURAL Nº 086-98-EF/93.01 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1998

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