Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 1998 (15/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA Huaccho, Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial de Familia del Callao, como representante del Ministerio Publico ante el Grupo Impulsor de Hogares Libres de Violencia Familiar - GRUPFAM constituidoporResolucion Suprema N"074-98PROMUDEH. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a la doctora MORDAZA Schenone Ordinola, Ministra de Estado en la Cartera de Promocirin de la Mujer y del Desarrollo Humano y del Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARI%4S Secretario Ejecutivo Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 10426

JURADOS ELECTORALES ESPECIALES
Declaran improcedente solicitud de responsable de movimiento independiente para que se le conceda plazo a fin de subsanar omisiones en solicitudes de inscripcion de listas de candidatos
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA RESOLUCION N" 027-98-JEEL MORDAZA, 10 de setiembre de 1998 VISTO, los Expedientes N'a. 033.98JEEL y 044-98. JEEL con los anexos respectivos de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA con L.E. N" 07648239 Responsable Politico del Movimiento Independiente JUNTOS SI PODEMOS por el que solicita subsanar la omision involuntaria incurrida al solicitar la inscripcion de su Lista de Candidatos a Alcaldes y Regidores al Concejo Municipal Provincial y a los Concejos Municipales Distritales de la provincia de Lima. CONSIDERANDO:
Que, de la revision de los actuados en relacion a la totalidad de solicitudes de inscripcion de las Listas de Candidatos a Alcaldes y Regidores al Concejo Municipal Provincial de MORDAZA, se aprecia que la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA, despurs de verificados los requisitos formales exigidos por la ley, remitio para su inscripcion y publicacion de este MORDAZA Electoral Especial las solicitudes de inscripcion de Listas de Candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA y a los diversos Concejos Municipales Dist,ritales de Ancon, Carabayllo,

Comas, MORDAZA MORDAZA, San ,Juan de Lurigancho, MORDAZA MORDAZA, Los MORDAZA, San MORDAZA de Porres, MORDAZA, Independencia, Lurin, Punta Negra, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Triunfo, MORDAZA El MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores, Chorrillos, Miraflores, Surquillo, LaVictoria, SanLuis, MORDAZA MORDAZA, Brena? MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA, Pueblo Libre, Ate, Cieneguilla, Lurigancho, La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, El MORDAZA, habiendose publicado con la totalidad de Listas de Candidatos a los referidos distritos, con excepcion de la provincia de MORDAZA y los distritos de MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores, que no se publicaron por no estar sus Listas de Candidatos completas, tal como lo exige el Articulo 10" de la Ley N" 26864; Que, conforme lo dispone el Articulo lo" de la Ley de Elecciones Municipales, el plazo para presentar la solicitud de inscripcion de Listas de Candidatos a Alcaldes y Regidores vence 60 dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose a los dias naturales como dias calendario, y, siendo la fecha de las elecciones, en virtud al Decreto Supremo N" 012-98-PCM que la convoca el dia MORDAZA 11 de octubre del ano en curso, la fecha limite establecida para la inscripcion fue el 12 de agosto de 1998, fecha hasta la que la citada agrupacion politica pudo subsanar las omisiones referidas; Que, argumenta el citado ciudadano que no se les comunico oportunamente por la Oficina Nacional de Procesos Electorales las omisiones incurridas para poder efectuar las subsanaciones pertinentes, sin tener en cuenta, que la propia Ley de Elecciones Municipales que es de conocimiento publico y obligatorio, senala taxativamente los requisitos y formalidades que han debido observarse para solicitar la inscripcion de candidatos para estas Elecciones Municipales Generales y en caso de no verificarlo asi, subsanar las omisiones mencionadas hasta el referido plazo; Que, de la revision de todos estos actuados se aprecia que tambien se han publicado, por error, las Listas de Candidatos de los distritos de Punta Negra que no cumple el requisito exigido por el precitado Articulo lo", ya que solicito su inscripcion con solo 4 candidatos a Regidor, cuando debe tener 5; y el de Miraflores que solicito su inscripcion con solo 7 candidatos a Regidores cuando debe tener 9, por lo que en la via de regularizacion debe dejarse sin efecto alguno, las inscripciones de las Listas de Candidatos de la Agrupacion Politica Juntos Si Podemos en cuanto se refiere a los ultimos dos distritos mencionados; Que, el resto de solicitudes de inscripcion de candidatos a que hace referencia el representante de la Agrupacion Politica no han sido remitidas a este MORDAZA Electoral, por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, motivo por el cual no se ha dispuesto su inscripcion y publicacion; Por estas consideraciones y alo que dispone los incisos cl, e) y f) del Articulo 36" de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones N" 26486; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente la solicitud formulada por elResponsable Politico del Movimiento Independiente Juntos Si Podemos, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le conceda plazo para la subsanacion de las omisiones incurridas por cuenta de su representada en las solicitudes de inscripcion de Listas de Candidatos de los distritos a que hace referencia en sus solicitudes de fechas 2 y 3 del mes en curso por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion N" 007.98-JEEL de fecha 3 de setiembre.98 y publicada con arreglo a ley en el Diario Oficial El Peruano con fecha, 4 del mismo mes, solo en el extremo que se refiere a la inscripcion de la Lista Independiente de la Agrupacion Politica Juntos Si Podemos para el distrito de Punta Negra y la Resolucion N" 009.98-JEEL de fecha 4 de setiembre.98 y publicada con arreglo a ley el 6 de setiembre del mismo mes! solo en el extremo que el refiere a la inscripcion de la lista independiente de la agrupacion politica Juntos Si Podemos para el distrito de Miraflores. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. SS. MORDAZA VILLALOBOS; MORDAZA ZEBALLOS; MORDAZA MORDAZA 10430

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