Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 1999 (10/07/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 175583

Que, la Asociacion Educativa de Ciencias Aplicadas presenta la documentacion que acredita haber cumplido cada uno de los pasos previstos en el referido Plan de Adecuacion, como son: a) MORDAZA del acuerdo de la mencionada asociacion de fecha 1/ 4/99 conteniendo: la ratificacion del acuerdo de adecuacion al regimen organizativo de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion (Dec. Leg. Nº 882), mediante su transformacion en Sociedad Anonima Cerrada y publicacion del acuerdo; aprobacion de los Estados Financieros al 31.3.99; determinacion del Capital Social de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas Sociedad Anonima Cerrada y de la participacion de sus accionistas en el capital de la misma; destino del monto de la eventual diferencia entre el patrimonio que figura en el balance general sobre el que se tomara la decision de constituir el capital social de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas Sociedad Anonima Cerrada y el cerrado un dia MORDAZA del otorgamiento de la escritura publica de transformacion; aprobacion del texto del Pacto Social y Estatuto de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas como Sociedad Anonima Cerrada; nombramiento de Directores, Gerente y Apoderados; subsistencia de los poderes otorgados por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas; y nombramiento de apoderado especial; b) MORDAZA del acuerdo de la Asociacion Educativa de Ciencias Aplicadas de fecha 31.5.99, sobre: ratificacion de los acuerdos contenidos en el acta de fecha 1.4.99 referentes a la adecuacion de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas al regimen organizativo de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion (Dec. Leg. Nº 882), mediante su transformacion en Sociedad Anonima Cerrada; c) MORDAZA de la minuta de transformacion de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. d) MORDAZA de las publicaciones del acuerdo de transformacion con cinco (5) dias de intervalo entre cada aviso en el Diario Oficial el Peruano y en el Diario Expreso; y, e) Testimonio de la Escritura Publica de Transformacion de fecha 31.5.99; Que, la Asociacion Educativa de Ciencias Aplicadas ha dado cumplimiento asi al procedimiento de adecuacion previsto en la Tercera Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 882 y el Articulo 10º del D.S. Nº 001-98-ED; y, en consecuencia, debe declararse concluido el procedimiento y adecuada la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas al regimen de Sociedad Anonima Cerrada; De conformidad con los dispositivos legales citados y el acuerdo del Pleno del CONAFU de fecha 25.6.99; En aplicacion de las facultades conferidas al CONAFU por el Decreto Legislativo Nº 882 y en su reglamentacion, D.S. Nº 001-98-ED, y las atribuciones contenidas en la Ley Nº 26439; SE RESUELVE: 1º.- Declarar concluido el MORDAZA de adecuacion de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas al regimen de Sociedad Anonima Cerrada, en aplicacion del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en Educacion", debiendo inscribirse el MORDAZA modelo institucional en el Registro de Personas Juridicas. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 9005

y los informes de la Comision Juridica Permanente y de la Comision de Analisis y Consolidacion del CONAFU; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 882, se aprobo la Ley de Promocion de la Inversion en Educacion, con la finalidad de contribuir a modernizar el sistema educativo y ampliar la oferta y la cobertura en todos los niveles, incluido el universitario; Que, en la Tercera Disposicion Transitoria del referido decreto legislativo se autoriza la adecuacion al MORDAZA modelo instituido en el de las universidades con autorizacion de funcionamiento provisional conferida de conformidad con la Ley Nº 26439, o que, habiendo sido creadas por Ley, se encuentran en MORDAZA de organizacion, de conformidad con el Articulo 7º de la Ley Nº 23733, asi como las demas universidades particulares; Que, la misma disposicion transitoria, en su MORDAZA parrafo, dispone que las solicitudes de adecuacion se presenten ante el CONAFU, quien establecera en cada caso y en un plazo no mayor a 120 dias habiles de presentada la solicitud el procedimiento correspondiente; Que, de otro lado, por Decreto Supremo Nº 001-98-ED, de fecha 9.1.98, se aprobo el Reglamento que establece las Normas para el MORDAZA de Adecuacion de Universidades; Que, la peticionaria ha cumplido con acompanar a su solicitud los requisitos que senala el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 001-98-ED; Que, la Comision Juridica Permanente y la Comision de Analisis y Consolidacion del CONAFU sometieron a estudio la referida solicitud y los recaudos acompanados y formularon las observaciones de caracter tecnico que les respecta; habiendo sido levantadas las formuladas por la primera y quedando pendiente la recomendacion de la MORDAZA con respecto a la MORDAZA por la peticionaria de la escritura publica que recoja las modificaciones al Estatuto que se han introducido a solicitud del CONAFU; Que, el procedimiento a seguirse estara referido a la adecuacion al MORDAZA modelo empresarial asumido por la Universidad Tecnologica del Peru y propuesto en el Plan de Adecuacion presentado por ella; procedimiento que debe ser ejecutado de acuerdo con el parrafo MORDAZA del Articulo 10º, concordante con el Articulo 5º, del Decreto Supremo Nº 001-98-ED; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 882, los Decretos Supremos Nº 001-98-ED, Nº 016-98-ED y las normas pertinentes de la materia; y, En aplicacion de las facultades conferidas por las mencionados dispositivos legales y de conformidad con el acuerdo del Pleno del CONAFU de fecha 25 de junio de 1999; SE RESUELVE: 1º.- Declarar arreglada a ley la solicitud de la Asociacion Promotora de la Educacion Tecnologica (APETEC) para adecuar a la Universidad Tecnologica del Peru al MORDAZA modelo instituido por el Decreto Legislativo Nº 882, reglamentado por el Decreto Supremo Nº 001-98-ED. 2º.- La Universidad Tecnologica del Peru ejecutara las acciones de orden legal, academico, financiero y administrativo contemplados en su Plan de Adecuacion al modelo empresarial de Sociedad Anonima Cerrada (SAC) que ha optado; debiendo acoger las recomendaciones de la Comision de Analisis y Consolidacion en su informe y, finalmente, hacer entrega al CONAFU, junto con su informe, del testimonio de la escritura publica de la que consten las modificaciones al Estatuto que se han introducido por recomendacion del CONAFU. 3º.- El CONAFU verificara la ejecucion de las mencionadas acciones dentro del plazo previsto en el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-98-ED y expedira la resolucion de conclusion del MORDAZA de adecuacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 9006 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 573-99-CONAFU MORDAZA, 2 de MORDAZA de 1999 Vistos: La solicitud de registro Nº 8625 de fecha 30.9.98 y sus acompanados, formulada por la Asociacion Civil Alas Peruanas para la adecuacion de la Universidad Alas Peruanas al Decreto Legislativo Nº 882; y los informes de la Comision Juridica Permanente y de la Comision de Analisis y Consolidacion del CONAFU;

Declaran arregladas a ley solicitudes de asociaciones para adecuar universidades al MORDAZA modelo instituido por el D. Leg. Nº 882
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 572-99-CONAFU MORDAZA, 2 de MORDAZA de 1999 Vistos: La solicitud de registro Nº 8568 de fecha 3.12.98 y sus acompanados, formulada por la Asociacion Promotora de la Educacion Tecnologica (APETEC) para la adecuacion de la Universidad Tecnologica del Peru al Decreto Legislativo Nº 882;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.