Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 1999 (10/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 1999

fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos ocasionados por dichos viajes seran cubiertos con fondos provenientes del Subcomponente Reglamentacion y Establecimiento de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones dentro del MORDAZA del Convenio BID Nº 678/OC-PE. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 9019

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Facultan al SAT celebrar convenios de cooperacion tecnica y asesorias con municipalidades provinciales
EDICTO Nº 240 MORDAZA, 25 de junio de 1999

Autorizan viaje de funcionario de la SAFP para participar en programa de Alta Gerencia que se realizara en Costa Rica
RESOLUCION Nº 238-99-EF/SAFP MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1999 VISTOS: La comunicacion de fecha 2 de MORDAZA de 1999 del Instituto Centroamericano de Administracion de Empresas (INCAE), y el Informe Nº 069-99/SAFP.8 de fecha 99.7.6 de la Gerencia de Administracion; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos MORDAZA mencionados, por una parte, el Instituto Centroamericano de Administracion de Empresas (INCAE), comunica la aceptacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hayashida, Gerente de Administracion,a participar en el XLIX Programa de Alta Gerencia, a desarrollarse en la MORDAZA de Alajuela, Republica de Costa Rica, desde el 12 de MORDAZA al 7 de agosto de 1999; y, por otra parte, la Gerencia de Administracion, mediante el Informe MORDAZA referido sustenta la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hayashida; Que, el XLIX Programa tiene por objetivo preparar a los participantes para asumir responsabilidades propias de las mas altas posiciones gerenciales, tanto del sector publico como privado, permitiendo ampliar la capacidad para formular politicas de largo alcance, asi como desarrollar habilidades y conocimientos en materia de administracion y organizacion, aspectos de interes para las labores de la Superintendencia y el desarrollo del Sistema Privado de Pensiones, por lo que resulta conveniente que el citado funcionario participe en dicho Programa; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 22092-EF, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobada por Resolucion Nº 119-99-EF/SAFP, y la Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hayashida, Gerente de Administracion de la Superintendencia, a la MORDAZA de Alajuela, Republica de Costa Rica, del 12 de MORDAZA al 7 de agosto de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos ocasionados por dicho viaje seran cubiertos con fondos provenientes del Subcomponente Reglamentacion y Establecimiento de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones dentro del MORDAZA del Convenio BID Nº 678/OC-PE. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 9020

EL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: El Concejo en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225 de fecha 16.4.96, se creo el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con personeria de Derecho Publico Interno y con autonomia administrativa, economica, presupuestaria y financiera; Que, el Articulo 2º del referido dispositivo establece las funciones del mencionado organismo; Que, con la finalidad de contribuir con la adecuada administracion de tributos y de otros ingresos de otras Municipalidades Provinciales, resulta necesario facultar al SAT a celebrar convenios de Cooperacion Tecnica y Asesoria con Municipalidades Provinciales; Estando a lo dispuesto en el numeral 3 del Articulo 36º y los Articulos 109º, 110º y 134º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, ha dado el siguiente: EDICTO Articulo Unico.- Facultese al Servicio de Administracion Tributaria - SAT a celebrar convenios de cooperacion tecnica y asesorias con Municipalidades Provinciales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 9023

Ratifican Ordenanza de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo que regula el Arbitrio de Serenazgo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 129 MORDAZA, 25 de junio de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 256-99-ALC/MVMT de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, para la ratificacion de la Ordenanza Nº 011-99-MVMT que aprueba el Regimen Tributario del Arbitrio de Serenazgo en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 04-22000253; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 057-99-MML/CEPP y lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 011-99-MVMT de fecha 19 de MORDAZA de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de

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