Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1999 (23/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

Visto los Oficios Nºs. 190-99/Pro - MORDAZA y 256-99/Pro MORDAZA, de fechas 20 de MORDAZA y 1 de junio de 1999, del Codirector Europeo y el Codirector Peruano del Proyecto: "Aprovechamiento y Manejo Sostenible de la Reserva de la Biosfera y MORDAZA Nacional del Manu", ubicado en la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA de Dios; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Convenio Nº PER/B7-5041/I/95/020 de financiacion suscrito entre la Comunidad Europea y la Republica del Peru el 21 de febrero de 1996 y modificado mediante nota verbal 562 del 21 de junio de 1999 con el Nº PER/B7-6201/I/95/020, se establecio la ejecucion de diversas actividades orientadas a conservar la Reserva de Biosfera del MORDAZA, por constituir un complejo de un ecosistema representativo de la biodiversidad; Que, en el Plan Operativo Global 1998 - 2003 y el Plan Operativo Anual 1999 formulado por el proyecto, aprobado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA mediante Carta Nº 150-99-INRENA - J-DGANPFS del 25 de MORDAZA de 1999 y por la Delegacion de la Comision Europea en el Peru con Carta 354/D/99 del 28 de MORDAZA de 1999; se contempla la dotacion de vehiculos para uso del proyecto; Que, mediante Carta Nº 326/D/99, de fecha 15 de MORDAZA de 1999, el Jefe de la Delegacion de la Comision Europea en el Peru, ha otorgado al proyecto el certificado de donacion de dos (2) camionetas en base al Conocimiento de Embarque Nº TMMUELSEBETH0085, el mismo que sera destinado al servicio de las actividades del Proyecto: "Aprovechamiento y Manejo Sostenible de la Reserva de la Biosfera y MORDAZA Nacional del Manu"; Que, en el Convenio PER/ B7-5041/I/95/020 se designo originalmente al Gobierno Regional Inka como organo de Tutela del proyecto, pero por mandato de la Ley Nº 26922 Ley MORDAZA de Descentralizacion entra en funcionamiento el 1 de MORDAZA de 1998 los Consejos Transitorios de Administracion Regional (CTAR) en cada departamento. Por esta razon, el Gobierno Regional Inka es reemplazado por el Consejo Transitorio de Administracion Regional (CTAR) MORDAZA de MORDAZA como Contraparte Nacional del proyecto; Que, la importacion de bienes donados al sector publico nacional se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809, respectivamente; Que, por Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, asi como las donaciones por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional, gozaran de tratamiento preferencial en el despacho de aduanas de la Republica por el solo merito de la Resolucion Ministerial, expedida por el Titular del Sector correspondiente; Estando con la opinion favorable de la Oficina de Planificacion, Programacion y Presupuesto; y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 719 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, con sujecion a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 y las facultades otorgadas pro el Decreto Ley Nº 25556 y el Decreto Supremo Nº 00593-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por la Union Europea, en el MORDAZA del Convenio de Financiacion entre la Comunidad Europea y la Republica del Peru, consistente en dos (2) camionetas y cuyos datos son: Camioneta (a) Marca: NISSAN; Modelo: TERRANO II SLX Turbo Origen: Espana, Ano: 1998, Color: MORDAZA Perlado Metalico, Motor Nº TD27C-NM01198D, Chasis Nº: VSKTVUR20U0346319; Camioneta (b) Marca: MORDAZA, Modelo: TERRANO II SLX Turbo, Origen: Espana, Ano: 1998, Color: MORDAZA Perlado Metalico: Motor Nº: TD27CNM01195D, Chasis Nº: VSKTVUR20U0346063; con un valor CIF por cada vehiculo de diecisiete mil quinientos sesentinueve y 94/100 dolares americanos (US$ 17,569.94), siendo el monto total de la donacion por las dos camionetas de treinticinco mil ciento treintinueve y 88/100 dolares americanos (US$ 35,139.88), a favor del Proyecto "Aprovechamiento y Manejo Sostenible de la Reserva de la Biosfera y MORDAZA Nacional del Manu" que se ejecuta en el ambito de la CTAR MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Agradecer a la Union Europea por su valioso aporte, que redundara en el mejor cumplimiento de las metas y objetivos del proyecto.

Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 9616

PESQUERIA
Establecen MORDAZA reproductiva y suspenden extraccion del recurso anchoveta en area comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo al paralelo 16° latitud sur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 235-99-PE MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que el Articulo 9º de la precitada Ley dispone que el Ministerio de Pesqueria sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las temporadas, zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, metodos de pesca, talla minima de captura y demas normas que requiera la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos y que, de acuerdo al Articulo 12º, el ambito de aplicacion de los sistemas de ordenamiento podra ser total, por zonas geograficas o por unidades de poblacion; Que por Resolucion Ministerial Nº 463-91-PE, que contiene las normas correspondientes a un Plan de Ordenamiento Pesquero, se establecieron los criterios basicos para el desarrollo de la actividad extractiva de anchoveta y sardina; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 208-99-PE, de fecha 6 de MORDAZA de 1999, se reinicio a partir de las 00:00 horas del dia 16 de MORDAZA de 1999, las actividades de extraccion, recepcion y procesamiento del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) en la MORDAZA desde el extremo norte del dominio maritimo hasta el paralelo 16° Latitud Sur, en el MORDAZA del regimen provisional de pesca aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 116-99-PE; Que el Instituto MORDAZA del Peru mediante el Oficio Nº 100-469-99-IMP/PE de fecha 23 de MORDAZA de 1999, ha alcanzado el Informe sobre "Situacion Biologico-Pesquera de los principales recursos pelagicos en el litoral peruano", en el cual da a conocer los resultados obtenidos del seguimiento reproductivo de la anchoveta y sardina, recomendando, en lo que al recurso anchoveta concierne, dar inicio a la MORDAZA reproductiva de invierno de dicho recurso en la region nortecentro; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer la MORDAZA reproductiva del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y suspender la actividad de extraccion de la anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus),a partir de las 24:00 horas del dia 24 de MORDAZA de 1999 en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16° de Latitud Sur. El procesamiento de los citados recursos en la MORDAZA a que se hace referencia en el parrafo anterior, solo podran efectuarse hasta las 24:00 horas del dia 25 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- Las actividades de extraccion y procesamiento del recurso anchoveta en el area no sujeta a prohibi-

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