Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1999 (23/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, debido a la globalizacion de la economia, es necesario armonizar procedimientos y politicas de contabilidad adecuados a la realidad economica nacional; consecuentemente, los Contadores Publicos para cumplir con su elevada funcion de analizar e informar la situacion economica, financiera y patrimonial de todo ente economico, deben preparar los estados financieros aplicando estandares internacionales que permitan su lectura, interpretacion y aplicacion en los diversos paises, a fin de satisfacer las necesidades de informacion que demandan sus usuarios; Que, el Comite de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) respondiendo a tales exigencias, ha preparado y aprobado desde 1973, Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) que son de aceptacion general en los paises; Que, en nuestro MORDAZA se viene aplicando las indicadas Normas, debatidas en sendos Congresos Nacionales de Contabilidad y/o aprobadas por la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos, las mismas que han sido oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad; Que, el Comite de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) ha aprobado la NIC 1 (modificada) - MORDAZA de Estados Financieros, con el proposito de actualizar los requerimientos de la NIC 1 (original) - Revelacion de Politicas Contables, NIC 5 - Informacion que debe revelarse en los Estados Financieros, y NIC 13 - MORDAZA de Activos y Pasivos Corrientes; Que, con las opiniones favorables del Comite de Asesoramiento del Consejo Normativo de Contabilidad y el Comite Tecnico de la Contaduria Publica de la Nacion; y, En uso de las atribuciones que le confiere los Articulos 2º y 13º de la Ley Nº 24680 - del Sistema Nacional de Contabilidad, y estando a lo acordado en la sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OFICIALIZAR, la MORDAZA Internacional de Contabilidad 1 (modificada) - MORDAZA de Estados Financieros; la que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- PRECISASE, que en la MORDAZA de Estados Financieros, se debera tener en cuenta lo siguiente: (a) Mantener la MORDAZA del Balance General en orden decreciente, de liquidez del activo y exigibilidad del pasivo. (b) Mantener la MORDAZA del Estado de Ganancias y Perdidas por el Metodo de Funcion del Gasto, debiendo revelarse informacion adicional por el Metodo de la Naturaleza del Gasto incluyendo aquella sobre gastos de depreciacion, amortizacion y de personal; y, (c) Mantener la MORDAZA del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto en el que se revelen todos los cambios en las cuentas patrimoniales. Articulo 3º.- La presente Resolucion rige para los Estados Financieros cuyo periodo se inicie el 1 de enero del ano 2000; sin perjuicio de que optativamente pueda ser aplicada MORDAZA de la indicada fecha, a partir de su publicacion oficial. Articulo 4º.- RECOMENDAR, que la Contaduria Publica de la Nacion, la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos, los Colegios Departamentales de Contadores Publicos, las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del MORDAZA, y otras instituciones competentes, efectuen la difusion correspondiente de la MORDAZA que se oficializa. Articulo 5º.- DEROGASE, las Normas Internacionales de Contabilidad: NIC 1 (original) - Revelaciones de Politicas Contables, NIC 5 - Informacion que debe revelarse en los Estados Financieros y NIC 13 - MORDAZA de Activos y Pasivos Corrientes; oficializadas por Resolucion del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 05-94-EF/93.01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Normativo de Contabilidad MORDAZA MORDAZA DE CELIZ Subcontadora General de la Nacion MORDAZA LEONG MORDAZA Representante de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Representante del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA

MORDAZA C. WUAN MORDAZA Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Federacion de Colegios de Contadores Publico del Peru y su Junta de Decanos MORDAZA NOLES MORDAZA Representante de las Facultades de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades del MORDAZA GLUDIS MORDAZA MORDAZA Representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria MORDAZA LUNG MORDAZA Representante del Banco Central de Reserva del Peru MORDAZA MORDAZA CUTIMBO MORDAZA Representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Confederacion de la Camara de Comercio y Produccion del Peru YORLLELINA MORDAZA MORDAZA Directora General de Contabilidad del Sector Publico MORDAZA CANCINO MORDAZA Director General de Contabilidad del Sector Privado MORDAZA MORDAZA LLAMOZAS Director General de Contabilidad Analitica de Explotacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Investigacion de la Contabilidad 9620

INEI
Amplian plazo para MORDAZA de formularios de la "Encuesta Economica Anual 1998 de los Sectores Transportes, Comunicaciones y Construccion"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 218-99-INEI MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 067-99-MTC/15.14 de la Oficina General de Metodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, que solicita ampliacion de la Encuesta Economica Anual 1998 de los Sectores Transportes, Comunicaciones y Construccion. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 156-99-INEI publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de MORDAZA de 1999, se autoriza la ejecucion de la "Encuesta Economica Anual 1998 de los Sectores Transportes, Comunicaciones y Construccion" a nivel Nacional, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades referidas al Transporte, Comunicaciones y Construccion; Que, el Articulo 4º de la precitada Resolucion Jefatural establece como plazo MORDAZA de entrega de los formularios debidamente diligenciados hasta el 30 de junio de 1999; Que, de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, diversas empresas no han cumplido con presentar los formularios de la Encuesta debidamente diligenciados en el plazo establecido, siendo necesario ampliar el plazo de entrega a fin de brindar facilidades a los informantes para que cumplan con la MORDAZA de la informacion requerida;

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