Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1999 (23/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
Sra. ASCA DE MORDAZA, MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mg. MORDAZA MATEU, Nery Lic. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA CHANGANAQUI, MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999
Ex Docente Docente Docente Docente Ex Servidor Ex Docente Ex Docente Docente Docente Servidor administrativo Servidor Administrativo Docente Docente

nes que disponen los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA MORDAZA CHANGANAQUI, servidor administrativo por no demostrar documentaria y fehacientemente liquidar los Anticipos recibidos segun C/P 923 del ano 1997 por S/. 200.00, incumpliendo las obligaciones que disponen los incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; Lic. MORDAZA JOB MORDAZA, docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente la liquidacion de los Anticipos concedidos segun C/P 3806 del ano 1996 por S/. 1,463.00, incumpliendo las obligaciones que disponen los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, docente, por no haber demostrado documentaria y fehacientemente haber cumplido con efectuar la liquidacion de los Anticipos recibidos segun C/P 2216 del ano de 1996 por S/. 120.00 como contempla el Art. 21º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que asimismo los servidores y docentes: - Lic. MORDAZA MORDAZA RAMOS; Ing. MORDAZA LAOS BERNAL.; Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lic. MORDAZA MORDAZA LOYOLA; CPC MORDAZA MORDAZA PEREZ; Lic. MORDAZA MORDAZA FIGUEROA; Ing. MORDAZA MORDAZA PEZZUTTI; Lic. MORDAZA MORDAZA SAN MARTIN; Lic. MORDAZA MORDAZA SANDOVAL; Sr. MORDAZA MORDAZA HENNING; Ing. MORDAZA ALVINO ROSSEL; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ; Lic MORDAZA MORDAZA GOZZIN; Lic . MORDAZA MORDAZA TORRES; CPC CORALI DE LOS MORDAZA RONCEROS; Sr. MORDAZA GALDOS TALAVERA; Sr. MORDAZA MORDAZA LA ROSA; Lic. MORDAZA MORDAZA MELGAR; Dr. MORDAZA BETTETA RODRIGUEZ; Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes han incurrido en falta por no haber liquidado sus anticipos concedidos, al que debemos anadir la negligencia de los funcionarios competentes que no observaron oportunamente los tramites para el cumplimiento de estas obligaciones con la Universidad, y que por el tiempo transcurrido dichas faltas han quedado prescritas conforme la Comision Permanente de Procesos Administrativos ha senalado y que de ello serian responsables los funcionarios que no exigieron el cumplimiento de los anticipos correspondientes a los anos 1990, 1991, 1992, 1993, 1994 y 1995; Que, en merito a lo expuesto con el Acuerdo en Pleno de fecha 2 de MORDAZA de 1999 , la Comision Permanente de Procesos Administrativos de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, considera pertinente aperturar MORDAZA administrativo a los responsables de las observaciones detalladas quienes tuvieron directa participacion y responsabilidad por el incumplimiento de las labores inherentes al cargo, demostrando negligencia y falta grave en el desempeno de sus funciones, que las establece segun el caso, la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con su Reglamento General dispuesto por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, de lo expuesto es necesario emitir el correspondiente dispositivo administrativo que consolide la peticion de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ; De conformidad con las atribuciones y facultades que prevee las Leyes de Reorganizacion Universitaria Nºs. 26855, 26457 y 26614 y Resolucion Suprema Nº 596-97-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- APERTURAR, Procesos Administrativos Disciplinarios a los siguientes servidores y ex servidores de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion :
APELLIDOS Y NOMBRES Mg. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CPC MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CPC MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CPC MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CPC HUACHUA MORDAZA, MORDAZA Lic. CHERREZ MORDAZA, MORDAZA Bach. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lic. MORDAZA LA MORDAZA, MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA, Luzvelia Ing. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Lic. MORDAZA APAESTEGUI, MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. COCA MORDAZA, MORDAZA Lic. MORDAZA CHILET, MORDAZA Sr. TAE HO HANG Ing. DE LA MORDAZA TASAYCO, MORDAZA Lic. MORDAZA PARRAGUEZ, MORDAZA Sra. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CONDICION Y/O CARGO Ex Rector Ex Vicerrector Administrativo Ex Contador General Ex Jefe de la Unidad de Economia Jefe del Area de Integrac. Contable Jefe del Area de Fondos Ex Contador General Ex Jefa de Almacen Central Ex Tesorera Ex Tesorera Ex Docente Ex Docente Docente Docente Ex Docente Docente Ex Rector Ex Trabajador Administrativo Ex Docente Ex Trabajador Administrativo Ex Docente Ex Docente Ex Trabajadora Administrativa Ex Trabajador Administrativo

Articulo 2º.- Los procesados de acuerdo a los Arts. 167, 168 y 169 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, tendran derecho a presentar el descargo y las pruebas que crean conveniente en su defensa, en el termino de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su notificacion Articulo 3º.- Remitanse los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos para su tramite correspondiente. Articulo 4º.- Poner en conocimiento la presente Resolucion Rectoral a los interesados, y dependencias de la UNSACA, para los fines que diera lugar. Registrese , comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Comision Reorganizadora Rector ELA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretaria General 9677

ADUANAS
Aprueban Circular sobre prorroga de la vigencia de diversas preferencias arancelarias pactadas en los Acuerdos AAP.CE Nºs. 9 y 25 suscritos con MORDAZA y Brasil
CIRCULAR Nº 46-26-99-ADUANAS/INTA Callao, 20 de MORDAZA de 1999 Senor Intendente de Aduana Presente De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 008 y 00999-ITINCI, publicados el 18 y 19 de MORDAZA de 1999 respectivamente en el Diario Oficial El Peruano, y estando a las facultades otorgadas mediante Resolucion de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 0001029 del 18.MAR.97, sirvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente: 1. Quedan prorrogadas a partir del 1.JUL.99 las vigencias de: - Las Preferencias Arancelarias pactadas en los Acuerdos de Alcance Parcial de Complementacion Economica (AAP.CE) Nºs. 9 (TPI 309) y 25 (TPI 325) suscritos con MORDAZA y Brasil hasta el 30.SET.99 y 15.AGO.99, respectivamente; - La Preferencia Arancelaria otorgada al producto "Polipropileno en formas primarias" clasificado en el item NALADISA 3902.10.00 NANDINA-PERU 3902.10.00.00 negociado con MORDAZA en el MORDAZA Protocolo Adicional al AAP.CE. Nº 9 y con Brasil en el MORDAZA Protocolo Adicional al AAP.CE. Nº 25 hasta el 30.SET.99 y 15.AGO.99, respectivamente; y, - La ampliacion en 60,000 TM del cupo otorgado por Peru a favor de MORDAZA en el Decimoprimer y Decimoquinto Protocolos Adicionales al AAP.CE. Nº 9, para el producto "Aceite de soya, en bruto" clasificado en el item NALADISA 1507.10.00 NANDINA-PERU 1507.10.00.00 hasta el 30.SET.99. 2. En consecuencia, queda sin efecto lo senalado en la Circular Nº 46-25-99-ADUANAS/INTA publicada el 11 de MORDAZA de 1999 en el Diario Oficial El Peruano; debiendo las Intendencias de Aduana proceder a la devolucion de las fianzas que se hayan presentado por la importacion de mercancias realizadas al MORDAZA de los Acuerdos MORDAZA mencionados.

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