Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2000 (31/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 31 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Autorizan inscripcion de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 918-2000 MORDAZA, 18 de diciembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Planas Balbuena para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Planas Balbuena con el Nº N-3512 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 15253 RESOLUCION SBS Nº 925-2000 MORDAZA, 20 de diciembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor Perci MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa;

Que, la Comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor Perci MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el Nº N-3513 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 15261

INDECOPI
Se revoca la resolucion que declaro infundada la solicitud presentada por Medidores Electricos S.A. - MELSA, teniendo en consideracion que la solicitante carece de legitimidad para obrar, toda vez que los medidores electricos que ofrece en el MORDAZA interno no califican como producto nacional para efectos de la legislacion antidumping
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 0556-2000/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 003-98-CDS
PROCEDENCIA : COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS (LA COMISION) DENUNCIANTE : MEDIDORES ELECTRICOS S.A. - MELSA (MELSA) DENUNCIADO : TECSUR S.A.A. (TECSUR) MATERIA : DUMPING PROCESAL IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD LEGITIMIDAD PARA OBRAR ACTIVIDAD : FABRICACIONES DE INSTRUMENTOS DE MEDICION

SUMILLA: teniendo en consideracion que Medidores Electricos S.A. - MELSA carece de legitimidad para obrar, toda vez que los medidores electricos que ofrece en el MORDAZA interno no califican como producto nacional para efectos de la legislacion antidumping, se revoca la Resolucion Nº 005-2000/CDS-INDECOPI, emitida por la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios el 25 de febrero de 2000, que declaro infundada la solicitud presentada por Medidores Electricos S.A. - MELSA para la aplicacion de derechos antidumping a las importaciones de medidores electricos debiendo declararse improcedente dicha solicitud.

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