Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2000 (31/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
VIAS O ARTERIAS

MORDAZA, MORDAZA 31 de diciembre de 2000
CUADRAS 3 6a8 9 10 11 2 1y2 1y3 4y6 4 5y8 1y2 Perimetro 3 5 FORMA DE PARQUEO Lado Par Lado Impar Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Perpendicular Diagonal Paralelo Paralelo Perpendicular Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Perpendicular Perpendicular Perpendicular

por brindar al usuario la tranquilidad Publica que permita asegurar la confianza de estacionamiento en la via publica. Articulo 6º.- La renta que genere por el cobro de la tasa por parqueo vehicular sera destinado exclusivamente a la implementacion, mantenimiento y mejoramiento del servicio del parqueo vehicular. CAPITULO IV DE LA TASA POR DERECHO DE PARQUEO VEHICULAR Articulo 7º.- El monto correspondiente a la tasa que debe pagar el usuario del servicio de Parqueo Vehicular, por hora o fraccion sera el siguiente: .- Automoviles S/. 1.00 MORDAZA Sol .- Camionetas S/. 2.00 Nuevos Soles .- Camiones S/. 5.00 Nuevos Soles. Articulo 8º.- Son deudores tributarios, en calidad de contribuyentes, los conductores de los vehiculos que se estacionen en las zonas de parqueo. Son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios, los propietarios de los referidos vehiculos. Articulo 9º.- La obligacion tributaria nace al momento de estacionar el vehiculo en la MORDAZA de parqueo senaladas en el presente dispositivo. Articulo 10º.- El pago de la tasa debe efectuarse en forma inmediata, una vez que se MORDAZA configurado el supuesto senalado en el articulo precedente y MORDAZA que el conductor se retire de la MORDAZA de parqueo senaladas en el presente dispositivo. Articulo 11º.- El incumplimiento de la obligacion MORDAZA lugar a la aplicacion de las sanciones prevista en el codigo tributario. Articulo 12º.- Encontrandose en cumplimiento de sus funciones, estan inafectos al pago de la Tasa por derecho de Parqueo Vehicular, los conductores de: a) Ambulancias. b) Vehiculos de las companias de bomberos. c) Vehiculos de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. d) Vehiculos que presten el Servicio de Serenazgo Municipal. e) Vehiculos de Limpieza Publica. Asi mismo los propietarios de los vehiculos cuya vivienda este con frente a las zonas senaladas, quienes deberan inscribirse en la Direccion de Desarrollo MORDAZA, acreditando su titulo de propiedad, tarjeta de propiedad de solo un vehiculo (automovil) y el pago al dia de sus tributos, para que se les consideren inafectos a dicho pago, entregandoseles una calcomania para que sea pegada en la parte mas visible del vehiculo. CAPITULO V DE LAS ZONAS DE PARQUEO VEHICULAR Articulo 13º.- Se consideran zonas de Parqueo Vehicular las siguientes arterias:
ZONAS COMERCIALES: VIAS O ARTERIAS Av. Peru Av. MORDAZA MORDAZA Av. MORDAZA MORDAZA Av. MORDAZA de Habich Av. MORDAZA de Habich Av. MORDAZA de Habich Av. MORDAZA Unger Av. MORDAZA Unger Av. MORDAZA Unger Av. Universitaria Av. Universitaria Av. MORDAZA MORDAZA Av. MORDAZA Grau Jr. MORDAZA Quimper CUADRAS 13 a 42 10 y 11 12 a 17 1 2 3 7 y 11 43 44 y 45 6 8 3 a 11 1 1 FORMA DE PARQUEO Lado Par Lado Impar Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Diagonal Paralelo Paralelo Diagonal Paralelo Diagonal Perpendicular Perpendicular Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Diagonal Paralelo Diagonal -

Av. MORDAZA MORDAZA Av. MORDAZA Mendiola Av. MORDAZA Mendiola Av. MORDAZA Mendiola Av. MORDAZA Mendiola Av. MORDAZA De MORDAZA MORDAZA Av. Fray MORDAZA de las MORDAZA MORDAZA Puerto Rico MORDAZA Puerto Rico Av. Abancay Av. Abancay Av. MORDAZA MORDAZA Centro Comercial Fiori MORDAZA Fonia Av. MORDAZA MORDAZA

CAPITULO VI DE LAS PROHIBICIONES Articulo 14º.- Se prohibe el estacionamiento de Vehiculos en las zonas rigidas y zonas de seguridad. Articulo 15º.- El incumplimiento del pago de esta tasa, originara el pago de una multa equivalente al 5% de la UIT. CAPITULO VII DISPOSICIONES FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia se faculta a la Alcaldesa para ampliar y Reglamentar el parqueo en las vias Publicas y horarios en el distrito de San MORDAZA de Porres, sujetas a la tasa de estacionamiento vehicular. Segunda.- Las inafectaciones o exoneraciones genericas otorgadas o que se otorguen, no comprenden el derecho a que se refiere la presente Ordenanza. Tercera.- Dejense sin efecto todas las Ordenanzas que se opongan a la presente. Cuarta.- La Municipalidad no se responsabiliza por las perdidas o danos que se ocasionen a los vehiculos durante las horas de permanencia en las zonas de parqueo vehicular. Quinta.- Aclarese que la determinacion de MORDAZA rigida en la Av. MORDAZA Mendiola Cdras. 12 a la 14 esta cenida unicamente para el expendio de vehiculos automotores. Sexta.- Remitase a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que se cumpla con el procedimiento establecido. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 15009

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el Ejercicio Presupuestal 2001
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 02202-2000-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 11 de diciembre de 2000 Visto, el Informe Nº 165-2000-DA/MDSA de fecha 5 de diciembre de 2000, de la Direccion de Administracion, en relacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano 2001; y,

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