Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2000 (07/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 7 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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por lo que, es de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto los Articulos MORDAZA y Tercero de la Resolucion Nº 1209-2000-JNE del 24 de agosto del 2000; y, declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA desempena el cargo de regidora del concejo distrital de Paras, conforme a la convocatoria dispuesta por Resolucion Nº 1578-99-JNE del 12 de octubre de 1999. Articulo Segundo.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del concejo distrital de Paras, provincia de Cangallo, departamento de MORDAZA, en tanto dure la suspension del titular MORDAZA MORDAZA Ramos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 10225

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEVEAU MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 10200

Prorrogan plazo para que la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A. proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 544-2000 MORDAZA, 15 de agosto de 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A. conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A., debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 4 de la Circular Nº CM-207-98 establece que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "F" mediante Informe Nº ASIF "F" Nº 0151-OT/99 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion SBS Nº 0807-99 del 99.8.26; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A., proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A., debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General y la Circular Nº B-2017-98 (CM-207-98). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca

SBS
Autorizan al Banco de Credito del Peru la apertura de oficinas especiales temporales en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 582-2000 MORDAZA, 31 de agosto de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la apertura de tres Oficinas Especiales Temporales ubicadas en El Rastrillo 2000, MORDAZA Marsano Av. MORDAZA Nº 5069, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, MORDAZA COR 2000, Av. MORDAZA de MORDAZA Nº 626, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA y Gerencia de Almacenes de Aduanas, MORDAZA MORDAZA Km. 4,2, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 128-OT/2000; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97, con la Resolucion SBS Nº 003-98 y con la Resolucion SBS Nº 5712000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la apertura de tres Oficinas Especiales Temporales ubicadas en El Rastrillo 2000, MORDAZA Marsano Av. MORDAZA Nº 5069, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; MORDAZA COR 2000, Av. MORDAZA de MORDAZA Nº 626, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y Gerencia de Almacenes de Aduanas, MORDAZA MORDAZA Km. 4,2, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima.

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