Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2000 (07/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 7 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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mentos Tecnicos y Comerciales acredito a los laboratorios de ensayo del Instituto La MORDAZA Calidad Total Laboratorios, en adelante el Instituto, facultandolo a emitir informes de ensayo con valor oficial - actualmente bajo la aplicacion de 144 metodos de ensayo1 - por un periodo de tres anos susceptibles de renovacion; Que, conforme al Articulo 26º del Reglamento de Acreditacion de Organismos de Certificacion, Organismos de Inspeccion y Laboratorios de Ensayo y Calibracion2, la renovacion de la acreditacion debe ser solicitada por su titular sesenta (60) dias MORDAZA del termino de su vigencia, sin necesidad de remitir la documentacion inicial, sujetandose en lo demas al procedimiento establecido para la acreditacion inicial; Que, con fecha 29 de marzo del 20003, el Instituto solicito a la Comision la renovacion de la acreditacion de sus Laboratorios de ensayo la misma que fue admitida a tramite el 12 de MORDAZA, luego de su regularizacion. Asimismo, el 25 de MORDAZA del 2000, el Instituto solicito la reduccion de su acreditacion vigente a fin de retirar 51 metodos de ensayo4 presentando para tal efecto una nueva Memoria Descriptiva; Que, el Informe Nº 0037-2000/CRT de la Secretaria Tecnica que detalla el MORDAZA de renovacion asi como los resultados de la auditoria efectuada, recomienda la renovacion de la acreditacion del Instituto, precisando la necesidad de subsanar las No Conformidades menores pendientes y corregir algunos aspectos de su Memoria Descriptiva en funcion a la Lista de Ensayos Acreditados que el Informe comprende como resultado del proceso; Que, el Reglamento de Acreditacion establece en el Articulo 22º que ante la presencia de No Conformidades Menores procede la acreditacion bajo condicion de subsanarlas en un plazo de 30 dias, situacion por la cual corresponde otorgar la renovacion solicitada bajo las condiciones expuestas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Reglamento de Acreditacion y con el acuerdo unanime de sus miembros reunidos en sesion de fecha 5 de setiembre del 2000; RESUELVE: Primero.- RENOVAR la acreditacion del Instituto La MORDAZA Calidad Total Laboratorios por un periodo de tres anos, facultandolo a emitir informes de ensayo con valor oficial bajo la ejecucion de 57 metodos de ensayo en el MORDAZA de pruebas quimicas y 36 metodos de ensayo en el MORDAZA de pruebas biologicas, conforme a la Lista de Ensayos Acreditados comprendida en el Informe Nº 0037-2000/CRT que obra en el Expediente de Renovacion. La Acreditacion otorgada entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- El Instituto La MORDAZA Calidad Total Laboratorios, debe subsanar las No Conformidades menores pendientes en un plazo de 30 dias habiles desde la aceptacion de las acciones correctivas propuestas. Tercero La modificacion de la acreditacion otorgada por la ampliacion o la reduccion de su alcance requiere la actualizacion o aprobacion de una nueva Lista de Ensayos Acreditados. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran MORDAZA arqueologica ubicada en el MORDAZA de Caplina, provincia de Tacna, como Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 977/INC MORDAZA, 21 de agosto de 2000 VISTO, el Oficio Nº 359-99-INC-INCT-D de fecha 15 de setiembre de 1999 de la Directora del Instituto Nacional de Cultura - Filial Tacna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Arqueologico "El Atajo" (C-66), ubicado en el MORDAZA de Caplina, distrito, provincia y departamento de Tacna, por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 275 de fecha 21 de setiembre de 1999, la Comision Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al indicado sitio arqueologico. Asimismo, solicita a la Direccion Departamental de Tacna, el Plano de Delimitacion del Area Intangible para la inscripcion del sitio en los Registros Publicos; Que, mediante Oficio Nº 414-99-INC/INCT "ELA"-D, la Directora del Instituto Nacional de Cultura - Tacna cumple con remitir el Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica (C-66), denominada "El Atajo", el cual fue revisado por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico recibiendo la numeracion INC/2000-015; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se orientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica denominada "El Atajo" (C66), ubicada en el MORDAZA de Caplina, distrito, provincia y departamento de Tacna. Articulo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica "El Atajo" Nº INC/2000-015, elaborado por el Instituto Nacional de Cultura - Tacna, en diciembre de 1997, Escala 1:10,000, que consigna un area intangible de 877.50 hectareas y un perimetro de 15,185 metros lineales, asi como la Memoria Descriptiva y la Ficha Tecnica de la MORDAZA arqueologica mencionada.

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Con posterioridad a la acreditacion de los Laboratorios del Instituto este solicito una reduccion de metodos de ensayo la misma que fue aprobada mediante la Resolucion Nº0056-1999/INDECOPI-CRT, quedando como resultado de la reduccion un total de 144 metodos de ensayos. Aprobado mediante Resolucion N°026-97/INDECOPI-CRT, y publicado el 16 de MORDAZA de 1997 en el Diario Oficial El Peruano. En adelante el Reglamento de Acreditacion. Esta solicitud fue regularizada el 5 y 12 de MORDAZA del 2000, ya que inicialmente no se adjunto la documentacion necesaria para su admision. Asimismo redujo el alcance de aplicacion de 27 metodos de ensayo.

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