Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2000 (29/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de setiembre de 2000

Conforman Comision de Recepcion de Obras ejecutadas por CORDELICA, Declaran Gran MORDAZA de Reserva FONCODES, INFES, la ONG APENKAI Arqueologica al area geografica y otras entidades publicas y privadas comprendida por diversas provincias RESOLUCION MINISTERIAL Nº 596-2000-ED de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, 21 de setiembre de 2000 San MORDAZA y La MORDAZA

EDUCACION

DECRETO SUPREMO Nº 022-2000-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece, en su Articulo 21º que los yacimientos y restos arqueologicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliograficos y de archivo, objetos artisticos y testimonios de valor historico, expresamente declarados bienes culturales y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nacion, independientemente de su condicion de propiedad publica o privada; Que, el Articulo 1º de la Ley N 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, prescribe que el Patrimonio Cultural de la Nacion esta constituido por los bienes culturales que son testimonio de creacion humana material o inmaterial; Que, el Instituto Nacional de Cultura, de acuerdo a lo determinado por el Articulo 6º de la Ley MORDAZA citada, esta encargado de proteger y declarar el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, del Informe Nº 076-2000-INC-CNTA/P, de fecha 6 de marzo del 2000, se advierte la necesidad de declarar como Gran MORDAZA de Reserva Arqueologica al area geografica comprendida por las provincias de Bongara, Utcubamba, Luya, MORDAZA de MORDAZA y Chachapoyas, en el departamento de Amazonas; Moyobamba, Huallaga, Tocache y Mariscal MORDAZA, en el departamento de San MORDAZA, asi como MORDAZA en el departamento de La Libertad; Que, el Acuerdo Nº 089, de fecha 21 de marzo del 2000, emitido por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia del Instituto Nacional de Cultura, recomienda se declare Gran MORDAZA de Reserva Arqueologica el area geografica MORDAZA referida; Que, es necesario dictar las disposiciones especiales y adicionales al Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que regule las intervenciones a los Sitios Arqueologicos que se ubiquen dentro de la Gran MORDAZA de Reserva Arqueologica; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 24047 Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, la Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; y Resolucion Suprema Nº 0042000-ED Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; DECRETA: Articulo 1º.- DECLARAR Gran MORDAZA de Reserva Arqueologica al area geografica comprendida por las provincias de Bongara, Utcubamba, Luya, MORDAZA de MORDAZA y Chachapoyas en el departamento de Amazonas; Moyobamba, Huallaga, Tocache y Mariscal MORDAZA, en el departamento de San MORDAZA, asi como MORDAZA en el departamento de La Libertad. Articulo 2º.- ENCARGAR al Instituto Nacional de Cultura la elaboracion de un Reglamento Especial y Adicional de la Gran MORDAZA de Reserva Arqueologica a que se refiere el articulo precedente, dentro de un plazo de 120 dias. Articulo 3º.- En tanto se elabore y apruebe el Reglamento a que se refiere el Articulo 2º del presente Decreto quedan prohibidas las misiones, expediciones y proyectos, de cualquier naturaleza cuyo objetivo MORDAZA los sitios arqueologicos ubicados dentro de la Gran MORDAZA de Reserva Arqueologica. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de setiembre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 11164

Visto los documentos, mediante los cuales se solicita se designe una Comision de Recepcion de las Obras ejecutadas por la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao (CORDELICA); por el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES), por el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud (INFES), ONG APENKAI, y las demas entidades publicas y privadas que hayan ejecutado obras o las transfieran por cualquier titulo a favor del Ministerio de Educacion; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27171 ha declarado de necesidad publica el saneamiento fisico legal y contable de las obras de inversion social financiadas por el FONDO NACIONAL DE COMPENSACION Y DESARROLLO SOCIAL; asi como la transferencia de su propiedad a las entidades receptoras, que su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-2000-PRES, dispone que podran acogerse a MORDAZA la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud y los Consejos Transitorios de Administracion Regional; Que, el Art. 11º del citado Reglamento dispone que el Ministerio de la Presidencia, en coordinacion con el Ministerio de Educacion y FONCODES, estableceran los criterios para la transferencia de las citadas obras; Que, por Resolucion Ministerial Nº 281-2000-ED, ampliada por Resoluciones Ministeriales Nºs. 321-2000-ED y 5022000-ED, se conformo la Comision de Transferencia Encargada de Recibir las Obras Ejecutadas por CORDELICA; y que por Resolucion Ministerial Nº 419-2000-ED, se conformo la Comision de Transferencia Encargada de Recibir las Obras Ejecutadas por el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES), el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud (INFES), la ONG Apenkai y los Consejos Transitorios de Administracion Regional; Que, resulta conveniente por razones administrativas y legales fusionar en una sola Comision, la Recepcion de las Obras Ejecutadas por las entidades senaladas en el acapite anterior; Que, igualmente es necesario establecer las funciones, atribuciones y/u obligaciones de la referida Comision de Recepcion, que le permita actuar con la necesaria autonomia y eficacia administrativa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, el Decreto Legislativo Nº 808, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 013-96-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR la Comision de Recepcion de Obras ejecutadas por la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao (CORDELICA), Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES), el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud (INFES), la ONG APENKAI, y las demas entidades publicas y privadas que hayan ejecutado obras o transfieran por cualquier titulo al Ministerio de Educacion, la misma que se integra con las personas siguientes: PRESIDENTE: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Oficina de Infraestructura Educativa. INTEGRANTES: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Oficina de Infraestructura Educativa. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Oficina de Infraestructura Educativa. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Oficina de Asesoria Juridica. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Oficina de Asesoria Juridica. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Unidad de Administracion Financiera, de la Oficina de Administracion. - Sr. MORDAZA Rivara Glave, representante de la Unidad de Abastecimiento, de la Oficina de Administracion.

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