Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2000 (29/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 29 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Asimismo, es un recurso que posee baja tasa de fecundidad y mortalidad natural caracterizandose por una notable longevidad. En el Peru, se estan iniciando estudios sobre su ciclo reproductivo, razon por la cual no se ha determinado el periodo de desove; sin embargo, se sabe que en la MORDAZA de MORDAZA el desove se realiza entre junio y agosto de cada ano. La alimentacion del bacalao de profundidad es preferentemente carnivora, esta conformada por las siguientes especies de peces e invertebrados de profundidad. Entre los peces destacan: la "pichirrata" Nesumia sp., "colas de rata" Macrouridae, "bacalaos camote" Pinguipedidae, "tollos negros" Squalidae, "bacalaos de profundidad" Dissostichus eleginoides; segun este ultimo existiria un MORDAZA nivel de canibalismo. Asi tambien, se ha registrado algunos peces pelagicos en su alimentacion como "jurel" Trachurus picturatus murphi, "picuda" Scomberesox saurus scombroides, "caballa" Scomber japonicus y "bonito" Sarda chiliensis chiliensis. Entre los crustaceos que forman parte de su alimentacion se encuentran el "camaron de profundidad" Glyphocrangon MORDAZA y "camaroncito rojo" Pleuroncodes monodon. La fauna acompanante esta constituida por especies de su medio que compiten el mismo alimento entre las que se encuentran: Hydrolagus sp. Bathyraja sp. Trachyrhynohus helolapis Benthoctopus sp. Lithodis panamensis Nesumia sp. Somniosus pacificus "quimera" "raya negra de profundidad" "pejerrata" "pulpo de profundidad" "centolla" "pichirrata" "tiburon de profundidad" o "fume"

tractiva, por sus caracteristicas tecnologicas - pesqueras, no tiene la condicion de actividad pesquera artesanal. 2.3 El ambito geografico nacional de la pesqueria comprende todo el dominio maritimo peruano, excluyendo las cinco (5) millas maritimas. 3. OBJETIVOS 3.1 Fomento de la pesqueria de bacalao de profundidad, propiciando la inversion privada con la adopcion de medidas que optimicen la extraccion, procesamiento y comercializacion de los recursos abisobentonicos. 3.2 Conservacion y aprovechamiento sostenible del recurso bacalao de profundidad y su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas - poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad. 3.3 Participacion armonica de los diferentes agentes involucrados en la extraccion y procesamiento del recurso bacalao de profundidad. 3.4 Conformacion de una flota nacional especializada con sistema de preservacion a bordo y equipos de deteccion, dedicada a la actividad extractiva del bacalao de profundidad. 3.5 Fortalecimiento del logro de los objetivos de la Convencion de Conservacion de Recursos Vivos Marinos Antarticos (CCRVMA), adoptando medidas y normas para conservar y proteger los recursos marinos vivos Antarticos. 4. BASE LEGAL 4.1 Ley Organica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales ­ Ley Nº26821. 4.2 Ley General de Pesca ­ Decreto Ley Nº25977. 4.3 Reglamento de la Ley General de Pesca ­ Decreto Supremo Nº01-94-PE y demas normas modificatorias y complementarias. 4.4 Decreto Supremo Nº017-92-PE. 4.5 Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria ­ MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº007-2000-PE. 4.6 Regimen Provisional para la extraccion del recurso bacalao de profundidad ­ Resoluciones Ministeriales Nºs. 15499-PE, 184-99-PE, 129-2000-PE y 224-2000-PE. 5. DE LA INVESTIGACION CIENTIFICA 5.1 Con la finalidad de disponer de informacion cientifica actualizada sobre las especies a las que se aplica el presente Plan de Ordenamiento en aguas jurisdiccionales peruanas, el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE desarrollara un programa de investigacion y monitoreo que comprenda la biologia, ecologia y dinamica de las poblaciones de bacalao y especies afines. Asimismo, informara permanentemente al Ministerio de Pesqueria de los resultados obtenidos en las investigaciones que desarrolle, con fines de seguimiento de la pesqueria y formulacion de medidas de ordenamiento pesquero. 5.2 El financiamiento de las investigaciones a que se hace referencia en el numeral precedente, se efectuara de conformidad a los Articulos 17º y 18º de la Ley General de Pesca y otras MORDAZA que se obtengan. 5.3 La participacion de cientificos y tecnicos del IMARPE a bordo de buques palangreros ­ espineleros dedicados a la actividad extractiva del bacalao de profundidad se realizara en concordancia a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca y en base a un programa de trabajo que sera aprobado periodicamente (anualmente) en funcion de las necesidades de investigacion y monitoreo. 5.4 Los armadores de embarcaciones pesqueras que se dediquen a la extraccion del bacalao de profundidad, deberan proporcionar al IMARPE la informacion biologica ­ pesquera del recurso que les sea solicitada, a fin de contribuir con las evaluaciones cientificas que realiza dicha Institucion, sobre la base del programa de trabajo aprobado para la ejecucion del mismo. 5.5 El Instituto MORDAZA del Peru debera difundir a traves de los mecanismos correspondientes, los resultados de los monitoreos y las investigaciones cientificas sobre el bacalao de profundidad y su fauna acompanante, para su empleo en las medidas de ordenamiento y por las empresas pesqueras como base para el desarrollo de su pesqueria. 5.6 El Instituto MORDAZA del Peru, de acuerdo a los resultados que obtengan de los monitoreos e investigaciones que realice con relacion al recurso y su fauna acompanante, recomendara al Ministerio de Pesqueria las medidas de ordenacion para el manejo adecuado de esta pesqueria. 6. DE LA CONSERVACION DEL RECURSO 6.1 Considerando que la dinamica ambiental y su nivel de explotacion pueden determinar cambios en la disponibilidad del recurso y que es factible que su nivel de abundancia pueda ser afectado, tanto por el cambio ambiental como por una

Segun estudios preliminares, que se han venido desarrollando a partir de 1995 a la fecha, se ha determinado que el bacalao de profundidad en el Peru no presenta concentraciones densas como las que existen en MORDAZA, por lo tanto las capturas son relativamente moderadas. 1.2 La Pesqueria La extraccion mundial de este recurso, se ha calculado en aproximadamente 35 mil toneladas anuales proveniente de la pesca legal declarada por los paises participantes de la Convencion para la Conservacion de los Recursos Vivos Marinos Antarticos (CCRVMA). Asimismo, se ha estimado la pesca no declarada de este recurso en volumenes cercanos a 90 mil toneladas, siendo mas del doble de las pesquerias registradas por la mencionada Comision; por lo que a nivel de esta se han acordado medidas de conservacion con la finalidad de proteger y propiciar el desarrollo de esta pesqueria. Para el Peru, la pesqueria de este recurso es considerada en un nivel de desarrollo inicial dado que es un recurso explotable MORDAZA de alto valor comercial, que requiere de mayor estudio para definir su potencial. En este sentido, a partir de 1994 el Estado ha propiciado el acceso a la pesqueria en forma experimental; llegandose a capturar desde 1996 a 1999 mas de 1133 toneladas, con un promedio anual de 283.3 toneladas. Durante el citado periodo, se registro como periodo de mayor captura el comprendido entre los meses de MORDAZA y agosto, registrandose los picos mas altos en el mes de julio. En 1999, la flota nacional con autorizacion para la extraccion de bacalao de profundidad estuvo constituida por un numero aproximado de 28 embarcaciones palangreras ­ espineleras (12 embarcaciones de mayor escala y 16 embarcaciones de menor escala), las mismas que fueron autorizadas en el MORDAZA del regimen provisional dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 154-99-PE y su modificatoria establecida por Resolucion Ministerial Nº 184-99-PE. La citada flota tiene una capacidad de bodega total de 1330.58 metros cubicos y la mayor parte de estas embarcaciones son menores a 100 metros cubicos. El 82% de la flota preserva su pesca en MORDAZA plasticas utilizando hielo y solo el 18% dispone de sistema de refrigeracion a bordo. El procesamiento de la captura se efectua en tierra, principalmente en la elaboracion de productos MORDAZA HG (descabezado y eviscerado) cuyo rendimiento fluctua entre 76 a 77%. La totalidad de estos son destinados al MORDAZA exterior siendo el principal MORDAZA receptor los Estados Unidos de Norteamerica donde los precios actuales fluctuan entre los US $ 8,360/T.M. a 10,560/T.M. 2. AMBITO DE APLICACION 2.1 El presente Plan de Ordenamiento Pesquero es de aplicacion a la pesqueria del bacalao de profundidad realizada por embarcaciones de menor y mayor escala, bajo la modalidad de palangre o espinel. 2.2 Para efecto de la aplicacion del presente Plan de Ordenamiento Pesquero se considera que esta actividad ex-

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