Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2001 (12/02/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 12 de febrero de 2001 16.5 Duchas

NORMAS LEGALES

Pag. 198615

- Las duchas tendran dimensiones minimas de 90cm x 90cm y estaran encajonadas entre tres MORDAZA, tal como se muestra en el Grafico 10. En todo caso debera existir un espacio libre adyacente de, por lo menos, 1.50m x 1.50m que permita la aproximacion de una persona en silla de ruedas. - Las duchas deberan tener un asiento rebatible o removible de 45cm de profundidad por 50cm de ancho, como minimo, con una altura entre 45cm y 50cm, en la pared opuesta a la de la griferia, como se indica en el Grafico 10. - La griferia y las barras de apoyo se ubicaran segun el mismo grafico. - La ducha-telefono y demas griferia tendran las caracteristicas precisadas en el numeral 15.4 de esta norma. - Las duchas no llevaran sardineles. Entre el piso del cubiculo de la ducha y el piso adyacente podra existir un chaflan de 13mm de altura como maximo. 16.6 Accesorios - Los toalleros, jaboneras, papeleras y secadores de mano deberan colocarse a una altura entre 50cm y 1m. - Las barras de apoyo, en general, deberan ser antideslizantes, tener un diametro exterior entre 3cm y 4cm., y estar separadas de la pared por una distancia entre 3.5cm y 4cm. Deberan anclarse adecuadamente y soportar una carga de 120 k. Sus dispositivos de montaje deberan ser firmes y estables, e impedir la rotacion de las barras dentro de ellos. - Los asientos y pisos de las tinas y duchas deberan ser antideslizantes y soportar una carga de 120k. - Las barras de apoyo, asientos y cualquier otro accesorio, asi como la superficie de las MORDAZA adyacentes, deberan estar libres de elementos abrasivos y/o filosos. - Se colocaran ganchos de 12 cm de longitud para colgar muletas, a 1.60 m de altura, en ambos lados de los lavatorios y urinarios, asi como en los cubiculos de inodoros y en las MORDAZA adyacentes a las tinas y duchas. - Los espejos se instalaran en la parte superior de los lavatorios a una altura no mayor de 1m del piso y con una inclinacion de 10º. No se permitira la colocacion de espejos en otros lugares. Articulo 17º.- Estacionamiento 17.1 Se reservara espacios de estacionamiento para los vehiculos que transportan o son conducidos por personas con discapacidad, en proporcion a la cantidad total de espacios dentro del predio, de acuerdo con el siguiente cuadro:
NUMERO TOTAL DE ESTACIONAMIENTOS 1 a 50 50 a 400 mas de 400 ESTACIONAMIENTOS ACCESIBLES REQUERIDOS 1 1 cada 50 8 +1/100 adicionales

cia, la MORDAZA de estacionamientos accesibles. Estos avisos cumpliran con las especificaciones indicadas en el Capitulo IV de esta norma. CAPITULO III APLICACION DE LA MORDAZA EN LAS EDIFICACIONES Articulo 18º.- Edificaciones sujetas a la presente MORDAZA Se sujetaran a la presente MORDAZA los tipos de locales senalados en los articulos siguientes, tanto en edificaciones estatales como privadas. Articulo 19º.- Administracion y comercio 19.1 Tipos de locales: De gobierno central, regional y local; institucionales; de servicios publicos en general; de entidades bancarias, de credito, cooperativas, de oficinas; comerciales, y cualquier otro similar.

19.2 Requisitos especificos y adicionales: a) En las tiendas por departamentos, locales comerciales u otros, una parte del mostrador de atencion al publico y, por lo menos, una de las MORDAZA registradoras deberan cumplir con las condiciones de accesibilidad, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 13º de la presente norma. b) Donde existan probadores de ropa, por lo menos uno debera cumplir con las condiciones de accesibilidad, para lo cual el vano de acceso debera tener un ancho minimo de 0.90 m, sus dimensiones minimas deberan considerar un espacio libre de 1.50 m de radio y estara provista de una banca de 0.65 m x 1.25 m, que podra ser rebatible, a una altura de 0.50 m del nivel del piso, fijada a la pared. c) En los restaurantes y cafeterias con mas de 20 mesas, el 10% de ellas debera cumplir con las condiciones de accesibilidad. Todas las areas de comedor, que incorporen mesas accesibles a personas con discapacidad, deberan contar con los medios de accesibilidad correspondientes y brindaran el mismo servicio y decoracion que se ofrece al publico en general en otras areas similares. d) En los Locales con Banos por lo menos un inodoro, un lavatorio y un urinario deberan cumplir con lo indicado en el Articulo 16º numerales 16.1, 16.2 y 16.3 de la presente norma. Articulo 20º.- Centros de Reunion 20.1 Tipos de locales: - Locales publicos de espectaculos no deportivos (cines, teatros, auditorios), - locales publicos de exposicion y exhibicion (museos, galerias), - locales de culto, - centros comunales, y - cualquier otro similar. 20.2 Requisitos especificos y adicionales: a) En las areas de reunion con asientos fijos al piso deben instalarse espacios adecuados para poner sillas de ruedas de acuerdo a la siguiente tabla:
TOTAL DE ASIENTOS Hasta 50 Mas de 50 NUMERO DE ESPACIOS PARA SILLAS DE RUEDAS REQUERIDOS 1 1+1% del total de asientos

17.2 Los estacionamientos accesibles se ubicaran lo mas cerca que sea posible a algun ingreso accesible a la edificacion, de preferencia en el mismo nivel que este; debiendo acondicionarse una ruta accesible entre dichos espacios e ingreso. De desarrollarse la ruta accesible al frente de espacios de estacionamiento, se debera prever la colocacion de topes para las llantas, con el fin de que los vehiculos, al estacionarse, no invadan esa ruta (Grafico 11). 17.3 Las dimensiones minimas de los espacios de estacionamiento accesibles, seran de 3.80 m x 5.00 m, tal como se muestra en el Grafico 12. 17.4 Los espacios de estacionamiento accesibles estaran identificados, como tambien se indica en el Grafico 12, mediante avisos individuales en el piso y, ademas, un aviso adicional soportado por poste o colgado, segun sea el caso, que permita identificar, a distan-

b) El espacio minimo para un espectador en silla de ruedas sera de 0.90 m de ancho y de 1.20 m de profun-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.