Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2001 (28/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 119

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 207901

c) Polizas de caucion emitida por empresa de seguro a favor de CONASEV." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 28110

Revocan autorizacion de funcionamiento de Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A.
RESOLUCION CONASEV Nº 046-2001-EF/94.10 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Informe Nº 044-2001-EF/94.55 de fecha 19 de MORDAZA de 2001, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de diciembre de 2000 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion SBS Nº 901-2000 mediante la cual se declaro el sometimiento al regimen de intervencion del banco NBK Bank, quien es unico accionista de Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A.; Que, Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. en virtud del regimen de intervencion dispuesto por la Superintendencia de Banca y Seguros al banco NBK Bank, decidio suspender sus operaciones en el MORDAZA de valores desde el 15 de diciembre de 2000; Que, en tal sentido, Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. se encuentra en situacion de inactividad desde el 15 de diciembre de 2000, habiendo acumulado a la fecha un periodo de inactividad continuada superior a seis meses; Que, de acuerdo con lo establecido por el Articulo 170º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, la autorizacion de funcionamiento de un agente de intermediacion es indefinida y solo puede ser suspendida o revocada como consecuencia de una falta grave o muy grave, por inactividad continuada a lo largo de mas de seis meses o por dejar de observar alguno de los requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, es preciso senalar que la revocacion de la autorizacion de funcionamiento derivada de la inactividad continuada constituye una causal objetiva cuya finalidad es regularizar una situacion real, retirando la autorizacion para operar como intermediario en el MORDAZA de valores a quien, en la practica, no desempena tal funcion; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 11º inciso d) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Institucion en su sesion de fecha 24 de MORDAZA de 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Revocar la autorizacion de funcionamiento de Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La revocacion de la autorizacion de funcionamiento impuesta en el Articulo 1º de la presente resolucion no exime a Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. del cumplimiento de sus obligaciones contraidas en el MORDAZA con anterioridad a la referida revocacion. Articulo 3º.- Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV al dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion y bajo responsabilidad, mediante inventario, los valores depositados, asi como el dinero y/o cheques pendientes de entrega de propiedad de sus comitentes. CONASEV designara a una sociedad agente de bolsa para que se encargue de la custodia de los mismos, asi como de los valores representados por anotaciones en cuenta que no hayan sido transferidos. Articulo 4º.- Dentro del plazo senalado en el articulo precedente, Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV, bajo responsabilidad y

mediante inventario, todos sus libros de operaciones y registros relacionados con la intermediacion en el MORDAZA de valores. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de un aviso en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion con el fin de que las personas que se consideren afectadas por la actuacion de Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. en el MORDAZA, presenten sus reclamaciones ante la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, archivese, publiquese y transcribase la presente resolucion a Norinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A., a Cavali ICLV S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a la Asociacion de Sociedades Agentes de Bolsa. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente del Directorio 28111

INDECI
Autorizan adquirir diversos materiales de computo mediante procedimiento de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 284-2001-INDECI MORDAZA, 11 de MORDAZA del ano 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM de fecha 25.6.01, se declaro en Estado de Emergencia, por el plazo de 60 dias, los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y las provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de MORDAZA, debido al sismo ocurrido el dia 23 de junio del ano 2001 en el Sur del MORDAZA, obligando a las instituciones y organismos del Estado vinculados a las operaciones de emergencia, a brindar ayuda a las personas damnificadas y realizar las acciones de rehabilitacion de los servicios publicos y de la infraestructura productiva, afectada por el movimiento telurico, exonerandolos por el tiempo indicado de los requisitos de Licitacion y Concurso Publico y autorizando la adquisicion de bienes y contratacion de servicios necesarios para remediar los desastres producidos; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil, encargado de la organizacion de la poblacion, coordinacion, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 19338, teniendo como una de sus funciones brindar Atencion de Emergencia, proporcionando apoyo inmediato a la poblacion afectada por desastres, basicamente en la asistencia de techo, abrigo y alimento, asi como la recuperacion provisional de los servicios publicos segun lo normado por el inciso c) de Decreto Legislativo Nº 905; Que, en virtud del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM, arriba citado, se exonera al INDECI, por el lapso que dure la emergencia, sesenta (60) dias, del requisito de Licitacion Publica y Concurso Publico de Precios, autorizandosele la adquisicion de los bienes y servicios que exclusivamente se destinaran a las personas damnificadas y zonas de emergencia, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia; Que, la Direccion Nacional de Logistica, mediante su Informe Tecnico Nº 006-2001, del 9 de MORDAZA del presente ano, expresa que la magnitud de los danos ocurridos en el Sur del MORDAZA demanda entre otras acciones perentorias la de potenciar los equipos de computo por parte del INDECI, debiendo adquirirse, por la Situacion de Emergencia declarada, materiales de computo consistente en: 15 unidades de Disk Drive 1,44 MB, 15 unidades de Mouse 2 botones, 15 unidades de CD ROM Drive 52x, 15 unidades de Disco Duro de 20 GB, 15 Mainboard Pentium III, 15 unidades de procesador Intel 750 MHZ, 15 unidades de MORDAZA de 15", 15 unidades de tarjeta de Red 3com 10/100,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.