Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2001 (17/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Ratifican en el cargo a Director RegioRESOLUCION SUPREMA Nº 087-2001-PE MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 078-98-PE de 4 de noviembre de 1998 se designo al biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Apurimac; Que mediante Fax Nº 005-2001-CTAR-Apurimac/ PE de 26 de enero de 2001 el Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA solicita la ratificacion de dicho profesional en el cargo de Director Regional de Apurimac; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar al biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Apurimac. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 23605

Prorrogan permisos de pesca y renuevan licencias de operacion de plantas de congelado a favor de Siete Mares S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 064-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2001 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE00143002, del 7 de MORDAZA del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 272-2000PE/DNE, de fecha 24 de noviembre del 2000, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 3012000-PE/DNE, 019-2001-PE/DNE, 069-2001-PE/ DNE, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fechas 29 de diciembre del 2000, 29 de enero, 2, 23 y 30 de marzo y 10 y 25 de MORDAZA del 2001, se otorgo el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "KAIYO MARU Nº 30", de 335 de Tonelaje Neto, 1,042.72 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 15 de MORDAZA del 2001; Que mediante Resolucion Directoral Nº 066-2001PE/DNE, de fecha 28 de febrero del 2001, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/ DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fechas 30 de marzo y 10 y 25 de MORDAZA del 2001, se

otorgo el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "KAIYO MARU Nº 15", de 323 de Tonelaje Neto, 1,077.00 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, con vigencia hasta el 15 de MORDAZA del 2001; Que mediante Resolucion Directoral Nº 130-2000PE/DNPP, del 20 de diciembre del 2000, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 018-2001-PE/DNPP, 047-2001-PE/DNPP, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fechas 18 de enero, 15 de febrero, 23 y 30 de marzo y 10 y 25 de MORDAZA del 2001 se otorgo a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operacion de la planta de congelado a bordo de la embarcacion pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 30", con la capacidad instalada de 54 t/ dia; Que mediante Resolucion Directoral Nº 005-2001PE/DNEPP, del 23 de marzo del 2001, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fechas 30 de marzo y 10 y 25de MORDAZA del 2001 se otorgo a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operacion de la planta de congelado a bordo de la embarcacion pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 15", con la capacidad instalada de 22 t/dia; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita la prorroga de los permisos de pesca indicados en el primer y MORDAZA considerandos por quince (15) dias, del 16 al 30 de MORDAZA del 2001 y la ampliacion del plazo de vigencia de las licencias de operacion de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones pesqueras "KAIYO MARU Nº 30" y "KAIYO MARU Nº 15" hasta el vencimiento de los permisos de pesca solicitados, conforme a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 138-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE, 3322000-PE y 080-2001-PE, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar a favor de SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 30" con Indicativo Internacional J M W O, otorgado por Resolucion Directoral Nº 272-2000-PE/DNE, prorrogado por las Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/DNE, 0192001-PE/DNE, 069-2001-PE/DNE, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 0452001-PE/DNEPP, asi como el permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "KAIYO MARU Nº 15" con indicativo internacional J B N O, otorgado por Resolucion Directoral Nº 066-2001-PE/DNE, prorrogado por las Resoluciones Directorales Nºs. 0102001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/ DNEPP, hasta el 30 de MORDAZA del 2001, manteniendose los demas terminos y condiciones. Articulo 2º.- Renovar a favor de SIETE MARES S. A. C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, las licencias de operacion de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones pesqueras, "KAIYO MARU

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