Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2001 (17/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2001

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran como Patrimonio Cultural de la Nacion y MORDAZA Arqueologica Intangible diversas areas de terreno ubicadas en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 329/INC MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 VISTO, el Expediente Nº 04315, de fecha 6 de octubre de 2000, que contiene el Oficio Nº 1153-00-INC/LL-D de fecha 2 de octubre de 2000, mediante el cual la licenciada MORDAZA MORDAZA Hoyle Montalva, Directora Departamental del Instituto Nacional de Cultura - La MORDAZA, remite los informes finales de los trabajos de Reconocimiento, Rescate e Intangibilizacion Arqueologica de la Lotizacion de Areas Nuevas de la II Etapa del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 476/INC del 18 de diciembre de 1998 se autorizo la firma del VII Convenio entre el Instituto Nacional de Cultura - La MORDAZA y el Proyecto Especial Chavimochic para el Reconocimiento, Rescate e Intangibilizacion Arqueologica de la Lotizacion de Areas Nuevas del MORDAZA MORDAZA Mochica - Chicama Sector V - II Etapa; Que, mediante Acuerdo Nº 047, de fecha 6 de MORDAZA de 2000, la Comision Tecnica de Arqueologia recomendo a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, aprobar los trabajos de Evaluacion Arqueologica contemplados en el "Proyecto Catastro Rescate e Intangibilizacion Arqueologica de la Lotizacion de areas nuevas del Sector V - II Etapa, Proyecto Especial Chavimochic"; Que, mediante Oficio Nº 1153-00-INC/LL-D la Direccion Departamental La MORDAZA remite a la Alta Direccion los informes finales de los trabajos de Reconocimiento, Rescate e Intangibilizacion Arqueologica de la Lotizacion de Areas Nuevas del Sector V - II Etapa del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, conteniendo la propuesta de Delimitacion e Intangibilizacion de diez (10) areas, con sus respectivos Planos de Delimitacion y Memorias Descriptivas y la liberizacion de nueve (9) areas, como resultado de los trabajos de rescate; Que, mediante Acuerdo Nº 070, de fecha 6 de marzo de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, luego de evaluar los informes finales de los trabajos de Reconocimiento, Rescate e Intangibilizacion Arqueologica de la Lotizacion de Areas Nuevas del Sector V - II Etapa del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, remitidos por la Direccion Departamental La MORDAZA, recomendo aprobar los informes MORDAZA referidos, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion e intangibilizacion de las areas que en dicho Acuerdo se detallan, ademas de liberar otras que el mismo Acuerdo refiere; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 050-94-ED, "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura"; y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, "Reglamento de Investigaciones Arqueologicas"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nacion y MORDAZA Arqueologica Intangible las siguientes areas ubicadas en la provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, propuestas en el MORDAZA del Convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Cultura y el Pro-

yecto Especial Chavimochic, por presentar gran potencial arqueologico: - Area IV: Quebrada Playa Grande Afluente Sur; con un area de 302.50 Hectareas y un perimetro de 7,539.70 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 01, escala 1: 10,000, de junio de 1998. - Area V: Quebrada La Rinconada Afluente Sur; con un area de 118 Hectareas y un perimetro de 4,930.66 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 02, escala 1: 10,000, de junio de 1998. - Area VI: Quebrada La Rinconada Afluente Norte; con un area de 595 Hectareas y un perimetro de 13,834.39 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 03, escala 1: 10,000, de junio de 1998. - Area VIII: Quebrada La Mina; con un area de 353 Hectareas y un perimetro de 8,473.32 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 04, escala 1: 10,000, de junio de 1998. - Area XI: Quebrada MORDAZA Domingo; con un area de 1,532 Hectareas y un perimetro de 22,811.50 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 05, escala 1: 10,000, de junio de 1998. - Areas IX-X: Cerro Alto Salaverry y Cerro Ochiputur; con un area de 365.83 Hectareas y un perimetro de 11,731.38 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 06, escala 1: 10,000, de setiembre de 1998. - Area XII: MORDAZA de MORDAZA Domingo; conformado por tres poligonos: Poligono 1 con un area de 69.05 Hectareas y un perimetro de 3,625.598 metros lineales, Poligono 2 con un area de 30.67 Hectareas y un perimetro de 2,334.389 metros lineales y Poligono 3 con un area de 11.48 Hectareas y un perimetro de 1,537.03 metros lineales; indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 07, escala 1: 10,000, de setiembre de 1998. - Area XIII: La Carbonera y Quebrada Alto de la Guitarra; con un area de 670 Hectareas y un perimetro de 15,521.178 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 08, escala 1: 10,000, de setiembre de 1998. - Area VIII.A: Cerro La Mina; con un area de 491 Hectareas y un perimetro de 10,114.677 metros lineales, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 09, escala 1: 10,000, de setiembre de 1998. - Areas VII.A y VII.B: Punta Uripe y MORDAZA Uripe; con un area de 8 Hectareas y un perimetro de 1,814.427 metros lineales para Punta Uripe y un area de 8.99 Hectareas y un perimetro de 4,966.19 metros lineales para el MORDAZA Uripe, indicados en el Plano de la MORDAZA Intangible Nº 10, escala 1: 10,000, de setiembre de 1998. Articulo 2º.- LIBERAR las areas propuestas en el MORDAZA del Convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Cultura y el Proyecto Especial Chavimochic, ubicadas en el Plano General de Areas Liberadas. Sector V - II Etapa Nº 01-A, a escala 1,50,000, de MORDAZA de 1998 y senalizadas como: - Area II-AL: Lotes 11B y 11D-15, 16 (Quebrada Rio Seco) - Area III-AL: Miscelanea de C°s La Rinconada y N.C.P. La Rinconada, Area Arqueologica III. - Lote B1 y Lotes de Uso Pecuario adyacentes al Norte y Sur de Quebrada Playa Grande, Area Arqueologica IV. - Lote de Uso Pecuario, Quebrada La Rinconada Afluente Sur, Area V. - Lote B2, Quebrada La Rinconada Afluente Norte, Area VI. - Lotes 12C y 12D1 comprometidos con el Area VII, Quebrada Uripe. - I.Lote N.C.P. Alto Salaverry, Quebrada La Mina, Area Arqueologica VIII. - Lote B5, Alto Salaverry, Area Arqueologica IX. - Lote de propiedad del Colegio de Ingenieros - C.I.P. (VD-38) y el Lote B-7. Articulo 4º.- Cualquier Proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de La Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- DISPONER se inscriba en la Oficina Registral competente y en el Margesi de Bienes Nacionales, la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de

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