Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2001 (17/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2001

Nº 30", otorgada por Resolucion Directoral Nº 130-2000PE/DNPP y renovada por Resoluciones Directorales Nºs. 018-2001-PE/DNPP, 047-2001-PE/DNPP, 0042001-PE/DNEPP, 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/ DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP y "KAIYO MARU Nº 15", otorgada por Resolucion Directoral Nº 005-2001PE/DNEPP y renovada por Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 0452001-PE/DNEPP, hasta el 30 de MORDAZA del 2001, manteniendose los demas terminos y condiciones. Articulo 3º.- La empresa SIETE MARES S.A.C., debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto, asi como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminacion marina. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 23492

PROMUDEH
Imponen sancion de cese a diversos ex funcionarios del INABIF, COOPOP y CONADIS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 192-2001-PROMUDEH MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2001 Vistos el Informe Nº 002-2001-PROMUDEH-CEPD de fecha 14 de MORDAZA del 2001, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 145-2001PROMUDEH de fecha 31 de marzo del 2001, se Instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Rengido, ex Presidenta del Instituto Nacional de Bienestar Familiar; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Consejo Directivo de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS; al haberse evidenciado de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 0122000/PROMUDEH.OAI del Organo de Auditoria Interna del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, presunta comision de faltas administrativas disciplinarias en el ejercicio de sus funciones, previstas en el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que de la investigacion administrativa realizada y luego de la evaluacion de los descargos, los mismos que no han desvirtuado la comision de presuntas faltas de caracter administrativa, ha quedado acreditado que los ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Rengido, ex Presidenta del Instituto Nacional de Bienestar Familiar; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Consejo Directivo de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, han percibido doble renta del Estado por el ejercicio de la misma funcion publica desempenada; Estando a lo recomendado en el documento de vistos por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, resulta procedente sancionar a los mencionados ex funcionarios, por infringir lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 40º de la Constitucion Politica del Peru, y haberse acreditado la comision de las faltas de caracter disciplinario establecidas en el Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, configurandose responsabilidad administrativa al haber incumplido lo dispuesto en el Articulo 21º de la citada norma; Que, la comision de las faltas administrativas han significado una doble percepcion de recursos de Tesoro Publico; en el caso de la Sra. MORDAZA MORDAZA la suma asciende a $ 63,000 Dolares Americanos mediante contrato con PNUD y del INABIF a S/. 239,000; el Sr. MORDAZA MORDAZA la suma asciende a $ 27,500 dolares americanos mediante contrato con PNUD y del COOPOP a S/. 112,379 y el Sr. MORDAZA MORDAZA la suma asciende a $ 14,000 Dolares Americanos y del CONADIS a S/. 150,000; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273, Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio; el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y Decreto Supremo Nº 110-99-EF;

PRES
Designan Secretario Tecnico del CTAR Ucayali
RESOLUCION SUPREMA Nº 133-2001-PRES MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Tecnico del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR UCAYALI; Que, es necesario designar a la persona que desempene el cargo mencionado en el considerando anterior; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 26922, Ley Nº 26923, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 010-98PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Secretario Tecnico del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR UCAYALI - al Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUIZ. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 23606

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