Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2001 (17/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2001
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 354-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 27 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 2001000199, 2001-000199-A, 2001-000199-B y 2001-000199C de fechas 5 de enero, 8, 20 de febrero y 2 de marzo del 2001, organizados sobre concesion de ruta: ArequipaPuno y viceversa, solicitado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA HERMANOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Informe Tecnico Nº 205-2001-MTC/15.18.04.1 y Memorandum Nº 862-2001-MTC/15.18.04, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA HERMANOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, mediante los expedientes, indicados en Vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: Arequipa-Puno y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 205-2001-MTC/ 15.18.04.1 concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 862-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 406-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA HERMANOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la concesion de ruta: Arequipa-Puno y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO AREQUIPA-PUNO y viceversa MORDAZA MORDAZA UCHUMAYO-SAN JOSE-EL FISCAL-MOQUEGUA-TORA TA-MAZOCRUZ-DESAGUADERO-JULIILAVE ESCALA COMERCIAL : MOQUEGUA-DESAGUADERO FRECUENCIAS : Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Tres (3) omnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus: UK-2697 (2000) y UK-2698 (2000) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UK-2699 (2000) HORARIOS : Salida de Arequipa: a las 17.30 horas Salida de Puno: a las 17.30 horas : : : :

Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 21365

Sancionan a persona natural con la cancelacion de su licencia de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 545-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2001 VISTOS, el expediente de Registro Nº 0193106, sobre infraccion al Reglamento de MORDAZA, Informe Nº 362-2001MTC/15.18.05.03.AA elaborado por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorandum Nº 746-2001-MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, la Comisaria de Monterrico de la Policia Nacional del Peru, mediante Oficio Nº 156-JPME-JAP-16-LMCM-SIAT de fecha 15 de marzo del 2001, ha comunicado a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, haber intervenido al senor MORDAZA MORDAZA ANDUAGA PESARESSI, en circunstancias en que conducia un vehiculo motorizado con una licencia de conducir expedida por el estado de Jalisco - Mexico y haber incurrido en infraccion al Reglamento de MORDAZA y Seguridad Vial; Que, del Informe tecnico indicado en Vistos, elaborado por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir, se toma conocimiento que el senor MORDAZA MORDAZA ANDUAGA PESARESSI, ha sido sancionado por la Direccion General de Circulacion Terrestre mediante Resolucion Directoral Nº 13852000-MTC/15.18 de fecha 15 de agosto del 2000 con suspension de su Licencia de Conducir Nº Q-097874, clase A, categoria I por el lapso de un (1) ano computado a partir del 15 de MORDAZA del 2000, al haber infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC; Que, de lo expuesto en los considerandos anteriores se establece que el senor MORDAZA MORDAZA ANDUAGA PESARESSI se encuentra incurso en la infraccion tipificada como falta muy grave en el literal F-4 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, al haber sido detectado conduciendo con su licencia suspendida siendo pasible a la sancion administrativa de CANCELACION de su licencia de conducir Nº Q-097874/A-I e INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener nueva licencia de conducir, conforme lo establece el literal h) del Articulo 6º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum Nº 7462001-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe Nº 578-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862;

Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Segundo.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion.

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