Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2001 (14/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES
VISTO Y CONSIDERANDO:

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Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001-004305, 025270 y 045359) presentadas por la empresa SERVI- MARE S.A., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas-empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada empresa segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 296-2001-MTC/ 15.15.03 y 203-2001-MTC/15.15.a1, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento, y su Modificatoria aprobado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 y Resolucion Ministerial Nº 461-2001-MTC/15.02; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa "SERVI - MARE S.A." la Licencia Nº 012-2001-MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del CALLAO y su area de influencia; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada MORDAZA de bandera peruana con Matricula Nº CO-4758-SM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similares periodos a peticion de parte. Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Transporte en MORDAZA otorgada implica la obligacion del Titular, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLAORDUNA MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 33243

Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 47952001-A-CSJL/PJ de fecha 12 de noviembre del ano en curso, se dispuso conceder a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de El MORDAZA, licencia por el periodo comprendido del 25 de setiembre al 23 de diciembre del presente ano; Que, a la fecha el Despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de El MORDAZA viene siendo asumido por el Juez Coordinador de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y estando a que la licencia concedida a la doctora MORDAZA MORDAZA es por un tiempo prolongado, resulta necesario designar al magistrado que asumira su Despacho mientras dure su ausencia; Que, conforme al Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo; y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administracion de justicia en su jurisdiccion; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de El MORDAZA, a partir del 14 de noviembre al 23 de diciembre del 2001, estando a la licencia concedida a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del referido Juzgado. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision de Persona del Poder Judicial, de la Fiscalia de la Nacion, de la Oficina de Administracion Distrital, del Decanato de Jueces de Primera Instancia y del magistrado designado para los fines correspondientes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 34477

CONTRALORIA GENERAL
Aceptan puesta a disposicion del cargo de Director de la Escuela Nacional de Control
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 212-2001-CG MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO:

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan magistrada suplente de juzgado de paz letrado de El MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0328-2001-P-CSJL/PJ MORDAZA, 12 de noviembre del 2001

Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 177-2001CG, de fecha 15 de octubre del presente ano, se designo al doctor MORDAZA Fuenzalida Vollmer en el cargo de confianza de Director de la Escuela Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; Que, el mencionado profesional ha puesto a disposicion el cargo senalado en el parrafo anterior, siendo procedente aceptar la misma y darle las MORDAZA por los servicios prestados como Director de la Escuela Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 24º y 40º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162;

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