Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2001 (14/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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presida la Delegacion Peruana en la reunion mencionada en el considerando anterior y participe en la Reunion sobre Plan Estrategico, Reportes Nacionales e Implementacion del Convenio sobre Diversidad Biologica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, del 11 al 22 de noviembre de 2001, de la biologa MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de Conservacion de Biodiversidad de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, para que presida la Delegacion Peruana en la Septima Reunion del Organo Subsidiario de Asesoramiento Cientifico Tecnico y Tecnologico del Convenio de Diversidad Biologica (SBSTTA), y participe en la Reunion sobre el Plan Estrategico, Reportes Nacionales e Implementacion del Convenio de Diversidad Biologica, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Montreal, Canada. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos por la Secretaria de la Convencion de Diversidad Biologica, con fondos de la Organizacion de Naciones Unidas. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- La mencionada profesional a su retorno, dentro de los 15 dias de culminado el evento, presentara al jefe del INRENA un informe sobre su participacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

De conformidad con la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria Nº 27322 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 048-AG-2001, asi como lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, y por el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento de Importacion y Exportacion de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender temporalmente por un periodo de 90 dias, la importacion de rumiantes y ganado porcino vivo, asi como de semen o embriones de rumiantes o cerdos; carne fresca, refrigerada o congelada, visceras y menudencias, cueros y pieles sin curtir, lanas sin lavar ni desgrasar, y otros productos de estas especies; productos biologicos no esteriles, forrajes y henos, procedentes de Ecuador. Articulo 2º.- Se permitira la importacion de aquellos productos de origen rumiante o porcino procedentes de Ecuador, que cumplan con los requisitos zoosanitarios que establezca el SENASA, entre los que se incluya a el procesamiento para asegurar la destruccion del virus de Fiebre Aftosa. Articulo 3º.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- del Ministerio de Agricultura, adoptara a traves de la Direccion General de Sanidad Animal, las medidas sanitarias complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la presente MORDAZA legal. Articulo 4º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrara en vigencia en la fecha de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 34478

MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 34453

Suspenden temporalmente la importacion de rumiantes y ganado porcino DEFENSA vivo y otros productos de estas especies, productos biologicos no esteri- Nombran personal FAP para efectuar les, forrajes y henos, procedentes de vuelo en mision oficial trasladando a la Primera Dama de la Nacion y comitiva Ecuador a la Republica del Ecuador
RESOLUCION JEFATURAL Nº 224-2001-AG-SENASA RESOLUCION SUPREMA Nº 823-DE/FAP-CP MORDAZA, 6 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902 "Ley Organica del Ministerio de Agricultura", ha sido creado entre otros Organismos Publicos Descentralizados, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18º inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Direccion General de Sanidad Animal tiene entre otras funciones la de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitario, tanto al comercio nacional como internacional, de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, vista la informacion epidemiologica semanal remitida por el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, referente a la ocurrencia de 4 casos confirmados de Fiebre Aftosa y 22 casos pendientes de confirmar hasta la semana 41 en Ecuador; Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, ha logrado controlar la aparicion de esta enfermedad en territorio peruano desde octubre del ano 2000, existiendo en la actualidad zonas indemnes de la enfermedad, proximas a ser declaradas como libres sin vacunacion; por lo que se hace necesario emitir medidas sanitarias de emergencia a fin de evitar la introduccion de la enfermedad al pais; Visto el facsimil Nº 516 de fecha 31 de octubre de 2001 del Director de Aerofotografia referente al nombramiento en Comision del Servicio al extranjero del Personal Militar de la Fuerza Aerea; CONSIDERANDO: Que, el Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comision del Servicio a la Republica del Ecuador, MORDAZA de MORDAZA, para conformar la tripulacion del avion MORDAZA 20 Nº 300, alterno MORDAZA JET36 A Nº 524, que realizara un vuelo en Mision Oficial trasladando a la Primera Dama de la Nacion y comitiva, del 7 al 11 de noviembre de 2001; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM del 27 de MORDAZA de 2001 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de MORDAZA de 2001; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro del Ramo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision del Servicio a la Republica del Ecuador, MORDAZA de MORDAZA, al Personal Militar FAP que se indica a continuacion, el cual conformara la tripulacion del avion MORDAZA 20 Nº 300, alterno MORDAZA JET36 A Nº 524, que realizara un vuelo en Mision Oficial trasladando a la Primera Dama de la Nacion y comitiva, del 7 al 11 de noviembre de 2001: MORDAZA, 12 de noviembre de 2001

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