Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2001 (14/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de funcionarios para participar en el Congreso "Prevencion del Delito de Blanqueo de Capitales en la Industria Aseguradora", a realizarse en Panama
RESOLUCION SBS Nº 871-2001 MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panama, con el fin de participar en el Congreso "Prevencion del Delito de Blanqueo de Capitales en la Industria Aseguradora organizado por la citada institucion conjuntamente con la Unidad de Analisis Financiero de Panama y la Embajada de Inglaterra acreditada en Panama, el mismo que se llevara a cabo el 15 y 16 de noviembre de 2001, en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama; CONSIDERANDO: Que, los cursos especificamente disenados con relacion al tema de MORDAZA de activos a traves del sistema asegurador no son frecuentes y que en el citado congreso se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades de este organismo de supervision y control que permitiran analizar la posible integracion del sector asegurador peruano en la normativa de MORDAZA de dinero que ha emitido esta Superintendencia, tomando en cuenta que los mecanismos utilizados por las organizaciones que dan caracter de legalidad a los activos obtenidos en negocios ilicitos, tambien contemplan las operaciones del sistema de seguros; Que, la senorita Cinthya MORDAZA MORDAZA Kurihara, Analista del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros: Riesgos de Inversion de la Superintendencia Adjunta de Seguros, han sido designados por esta Superintendencia para participar en el referido evento; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senorita Cinthya MORDAZA MORDAZA Kurihara, Analista del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros: Riegos de Inversion de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama del 14 al 17 de noviembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 826,00 1 200,00 50,00

de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 34484

UNIVERSIDADES
Aprueban Estructuras Organica y Academica de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA RECTORADO RESOLUCION Nº 0509-2001-R-UNE Chosica, 5 de noviembre del 2001 VISTO el acuerdo de la Asamblea Universitaria en Sesion Extraordinaria iniciada el dia 25 y continuada el dia 31 de octubre del 2001, que sanciono el Dictamen presentado por el Presidente de la Comision de Reestructuracion Organica y Diversificacion de Opciones Profesionales de la UNE, mediante Oficio Nº 386-2001-VR/ACAD, de fecha 24 de octubre del 2001; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 0181-2001-R-UNE de fecha 13 de agosto del 2001 se conforma la Comision de Reestructuracion Organica y Diversificacion de Opciones Profesionales de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, presidida por el Vicerrector Academico, por acuerdo de la Asamblea Universitaria en su sesion extraordinaria de fecha 13 y continuada el 16, 20 y 24 de MORDAZA del 2001; Que mediante Oficio Nº 386-2001-VR/ACAD, de fecha 24 de octubre del 2001, el Presidente de la Comision de Reestructuracion Organica y Diversificacion de Opciones Profesionales de la UNE presenta el Dictamen que contiene los lineamientos generales de la Nueva Estructura Organica de la UNE, la Estructura Academica de las Facultades y la diversificacion de opciones profesionales, el Organigrama de la Estructura Organica de la UNE y el Organigrama de la Estructura de las Facultades; Estando a lo acordado por la mayoria absoluta de los miembros habiles de la Asamblea Universitaria en su Sesion Extraordinaria del 25 de octubre y continuada el 31 de octubre del 2001, que se pronuncio a favor de la Reestructuracion Organica y Diversificacion de Opciones Profesionales de la UNE; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, Articulo 13º del Estatuto de la UNE, Articulo 24º del Reglamento General de la UNE y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 2º de la Resolucion Nº 0535-2001-R-UNE de fecha 29 de MORDAZA del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEJAR sin efecto legal la Resolucion Nº 0634-98-PCR-UNE de fecha 7 de octubre de 1998 y demas Resoluciones que se opongan a la Nueva Estructura Organica de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle. Articulo 2º.- APROBAR la Nueva Estructura Organica de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, conforme se detalla a continuacion: ESTRUCTURA ORGANICA 1. ORGANOS DE GOBIERNO: 1.1 1.2 1.3 1.4 La Asamblea Universitaria El Consejo Universitario El Rector El Consejo y el Decano de cada de Facultad

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana

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