Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2001 (28/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 28 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 212001

riesgos que prestan las empresas Fitch IBCA, MORDAZA & Phelps y Moody´s Investors Service, a fin de cumplir con la metodologia aprobada por el Directorio del Banco para el establecimiento de relaciones de tesoreria y determinacion de limites de depositos con bancos corresponsales del exterior y bancos emisores de certificados de deposito. En los aludidos informes tecnicos, asi como en el informe legal, se indica tambien que los servicios que prestan las precitadas empresas no admiten sustitutos, toda vez que consisten en calificativos de riesgos e informes sobre el estado financiero de determinada institucion que emanan de un analisis particular de cada una de ellas. El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento (Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM) y normas modificatorias. De acuerdo con el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exonerados del MORDAZA de adjudicacion directa las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos. Conforme al Articulo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el Articulo 19º, se exonere las contrataciones de servicios del requisito de adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion y emision, respectivamente. Los motivos expuestos precedentemente permiten concluir que los servicios que se requieren contratar no admiten sustitutos, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 19º de la citada Ley. El monto anual de la contratacion de cada una de las empresas determina la exoneracion de procesos de adjudicacion directa. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneracion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar de los procesos de adjudicacion directa la suscripcion por un ano a los servicios de calificacion de riesgos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion, por cuanto estos no admiten sustitutos. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate los servicios MORDAZA indicados con las empresas Fitch IBCA, MORDAZA & Phelps y Moody´s Investors Service, por el periodo de un ano y por los valores referenciales de US$ 29 000,00 y US$ 22 575,00, respectivamente, sin incluir impuestos, mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Gerente General 33523

CONTRALORIA GENERAL
Designan empresa encargada de efectuar auditoria de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 203-2001-CG MORDAZA, 25 de octubre de 2001 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 031-2001-CG/ OSA del 23.OCT.2001, sobre revocacion de designacion a la Sociedad de Auditoria Galecio & Asociados Auditores, Asesores y Consultores S.C. para el examen de los Estados Financieros de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita; contando con las visaciones de las Oficinas de Sociedades de Auditoria y Asesoria Tecnica Juridica; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del Concurso Publico de Meritos Nº 07-2001-CG, con la Resolucion de Subcontralor Nº 057-2001-CG del 12.SET.2001 se designo a la Sociedad de Auditoria Galecio & Asociados Auditores, Asesores y Consultores S.C. para realizar la auditoria externa a los estados financieros del ejercicio 2001 de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita S.A.; Que, la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita S.A. con la Carta Nº 01664-2001-G-CMAC-P del 19.SET.2001 informo a la Contraloria General que el Sr. MORDAZA Galecio MORDAZA, socio de la Sociedad Galecio & Asociados, Auditores, Asesores y Consultores mantiene una deuda pendiente, por un prestamo realizado el 13.ENE.1998; lo cual constituye un impedimento para la contratacion de la sociedad de auditoria establecido en el Articulo 4º inciso f) de la Resolucion SBS Nº 1042-99 del 26.NOV.1999; Que, adicionalmente con la Carta Nº 01778-2001G-CMAC-P del 11.OCT.2001 la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita S.A. envia la documentacion que acredita el MORDAZA ejecutivo efectuado para el cobro de la deuda pendiente al Sr. MORDAZA Galecio MORDAZA iniciado el 3.JUL.2001, no habiendose logrado el cobro efectivo a la fecha del Concurso Publico de Meritos Nº 07-2001-CG, sino con posterioridad luego de una transaccion extrajudicial de fecha 26.SET.2001; Que, esta situacion evidencia que la Sociedad de Auditoria estaba impedida de presentarse como postora a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita S.A. incumpliendo lo establecido en el Articulo 22º inciso f) del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria y lo detallado en el numeral 3 del Formato Nº 6 de la propuesta, correspondiente a la Declaracion Jurada de Ausencia de Incompatibilidad, la cual establece como impedimento para concursar la existencia de pleito pendiente entre la Sociedad de Auditoria, socio y/o miembro del equipo con la Contraloria General o cualquier entidad del Estado; Que, en consecuencia siendo el Sr. MORDAZA Galecio MORDAZA socio y representante legal de la Sociedad de Auditoria Galecio & Asociados Auditores, Asesores y Consultores S.C., e integrante en calidad de Supervisor del equipo de trabajo propuesto para efectuar el examen a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita S.A., su representada se encontraba

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