Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2001 (28/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 28 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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funciones. Esta integrada por un Secretario Ejecutivo y por funcionarios de la Secretaria Ejecutiva. El Secretario Ejecutivo es designado por acuerdo del Pleno de la Comision. Articulo 24º.- Son atribuciones del Secretario Ejecutivo: a) Elaborar y someter a consideracion del Pleno de la Comision el Plan de Trabajo, asi como los proyectos de Presupuesto y Plan Anual de Adquisiciones e Informe Final; b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados por el Pleno de la Comision y las directivas del Presidente; c) Proponer al Presidente el organigrama de la Secretaria Ejecutiva, para su aprobacion por parte del Pleno; d) Proponer al Pleno la creacion, modificacion o supresion de oficinas descentralizadas; e) Conducir la marcha administrativa, economica y financiera de la Comision, de conformidad con las pautas establecidas por el Pleno de la Comision y el Presidente; f) Definir y aprobar, en lo que corresponda, planes y directivas referentes a la administracion, operacion y gestion de la Comision; g) Disponer la contratacion del personal profesional y administrativo de la Secretaria Ejecutiva, con excepcion de los coordinadores de area y jefes de oficinas descentralizadas, los que seran designados de conformidad con el procedimiento establecido en el inciso i) del Articulo 8º; h) Disponer la contratacion y adquisicion de bienes y servicios, de conformidad con el Plan Anual de Adquisiciones aprobado por el Pleno de la Comision; i) Fijar los niveles remunerativos del personal de la Comision, en el MORDAZA del presupuesto aprobado por el Pleno de la Comision; j) Mantener informado al Pleno de la Comision de la evolucion de las actividades desempenadas por las areas y oficinas descentralizadas, asi como del progreso en el cumplimiento de los objetivos de las mismas; k) En general, prestar a la Comision el apoyo que requiera para el normal desarrollo de sus actividades, realizando para el efecto las coordinaciones necesarias con las areas de la Comision; l) Representar administrativamente a la Comision; m) Las demas que le asigne el Pleno de la Comision. SUBCAPITULO II DE LAS AREAS Y OFICINAS Articulo 25º.- La Comision contara con areas tematicas y oficinas descentralizadas, organizadas en funcion de sus objetivos y necesidades. El organigrama que defina esta organizacion sera aprobado por el Pleno, a propuesta del Secretario Ejecutivo. CAPITULO V DEL REGIMEN ECONOMICO Y LABORAL Articulo 26º.- Son recursos de la Comision los siguientes: a) Los que MORDAZA transferidos para tal efecto por el Ministerio de Economia y Finanzas; b) Los que se consignen en el Presupuesto General de la Republica para los proximos ejercicios fiscales; c) Los que obtenga directamente de la cooperacion internacional; d) Otros que se deriven de donaciones. Articulo 27º.- Las donaciones, transferencias e ingresos provenientes de cooperacion internacional seran aceptados mediante acuerdo del Pleno de la Comision. Articulo 28º.- Todos los cargos que desempenan las personas que laboran en la Comision son remunerados, incluyendo los profesionales de diversas especialidades cuyos servicios MORDAZA contratados a efectos de coadyuvar en las labores de la Comision. La modalidad a traves de la cual se establecera el ejercicio de labores en la Comision es la locacion de servicios conforme a lo previsto en el Codigo Civil. Articulo 29º.- Los miembros de la Comision percibiran una remuneracion acorde con el tiempo y dedicacion que brinden a las labores de la misma. El monto de dicha remuneracion sera acordado por el Pleno. 33583

AGRICULTURA
Derogan la R.M. Nº 1075-2001-AG, mediante la cual se constituyo comision encargada de realizar un diagnostico de la situacion de los trabajadores del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1156-2001-AG MORDAZA, 26 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, es politica del Ministerio de Agricultura el atender de manera prioritaria la problematica laboral de sus trabajadores; Que, es necesario que los acuerdos y medidas que se adopten para la solucion de la problematica laboral de los trabajadores y trabajadoras del Ministerio de Agricultura, respondan a las necesidades de los mismos y a las posibilidades con las que cuenta el Ministerio; Que, en tal sentido el Ministro de Agricultura considero como prioridad para el desarrollo del sector a nivel nacional, realizar un diagnostico de la situacion en la que se encuentran sus trabajadores; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 10752001-AG de fecha 1 de octubre de 2001 se constituyo una Comision de Alto Nivel para tales efectos, conformada entre otros por representantes del SUTSA a nivel nacional, los mismos que hasta la fecha no han acreditado la legitimidad de sus representantes propuestos; De conformidad por lo dispuesto en el Articulo 8º inciso f) del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 1075-2001-AG, de fecha 1 de octubre de 2001, que disponia constituir una Comision de Alto Nivel encargada de realizar un diagnostico a nivel nacional de la situacion en la que se encuentran sus trabajadores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 33601

Amplian alcances del Procedimiento para la Guarda Custodia de Semillas Importadas, aprobado mediante la R.J. Nº 156-2001-AG-SENASA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 209-2001-AG-SENASA MORDAZA, 24 de octubre de 2001 VISTO: El Informe Tecnico Nº 013-2001-AG-SENASA-DGSVDDF/DPJ; con el cual, la Direccion de Defensa Fitosanitaria justifica la ampliacion del "Procedimiento de Guarda Custodia de Semillas Importadas" a otros productos vegetales que siguen un procedimiento de importacion similar al de las semillas;

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