Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2002 (06/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 6 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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se asegure que el operario de limpieza no tenga problemas en su manipulacion. CAPITULO VII: EN LAS PLAYAS Articulo 32º Caracteristicas tecnicas del recipiente.- Los recipientes utilizados para apoyar el mantenimiento higienico de las playas tendran las siguientes caracteristicas: deberan ser cilindros metalicos MORDAZA buzon de capacidad minima de 100 litros, con tapa basculante de cierre automatico que permita con facilidad la introduccion de desperdicios embolsados, pintados de color llamativo y sobre su superficie lateral existira un rotulo con palabras que indiquen la funcion del cilindro. Estos cilindros deben ser colocados en lugares estrategicos a una distancia no mayor de 100 metros entre ellos Articulo 33º Capacidad del recipiente.- Los recipientes de los establecimientos comerciales ubicados en las playas se regiran por el Articulo 21°. Articulo 34º Recipientes de mayor capacidad.- Para el caso que la generacion de residuos exceda los limites establecidos, el generador podra utilizar depositos de volumen mayor tales como los indicados en el Articulo 13° del presente reglamento. CAPITULO VIII: RESTAURANTES Y LUGARES DE EXPENDIO DE ALIMENTOS Articulo 35º Manejo de los residuos de alimentos.- Los residuos organicos clasificados para su recuperacion provenientes de la preparacion de alimentos de restaurantes seran almacenados en bolsas plasticas de color MORDAZA y depositados en recipientes con las siguientes caracteristicas: con tapa y asa, con cierre hermetico, de plastico y/o metal, impermeable y lavable. Estos recipientes podran ser intercambiables con otros vacios en el MORDAZA de recoleccion. TITULO III VEHICULOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE

2. De residuos de actividades de construccion. 3. De residuos de malezas. 4. De residuos segregados organicos 5. De residuos segregados inorganicos. 6. De residuos industriales. 7. De residuos peligrosos y biocontaminantes. 8. Desde la Planta de Transferencia. CAPITULO I: DE LA AUTORIZACION DE TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo 39º Autorizacion del transporte.- Todo operador de residuos solidos, para transportar Residuos Solidos, solicitara autorizacion para el vehiculo ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la autoridad que aprueba es la Direccion General de MORDAZA de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. Cada operador proporcionara la informacion siguiente: 1. Solicitud (Formato unico) 2. MORDAZA de registro en DIGESA (Copia) 3. MORDAZA RUC/NIT 4. MORDAZA de la tarjeta de propiedad 5. Certificado de Operatividad otorgado por profesional inscrito en los registros de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 6. Declaracion de los residuos solidos a transportar. 7. Poliza de seguros (copia) 8. Comprobante de pago por derecho de tramite. La autorizacion sera automatica y tendra una vigencia de un ano. Para la renovacion de la autorizacion se presentaran los mismos requisitos MORDAZA mencionados. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, otorgara una Calcomania con el mensaje siguiente: «VEHICULO AUTORIZADO PARA EL TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS» (Ver Anexo N° 05) la cual sera colocada en el parabrisas delantero del vehiculo. CAPITULO II: DE LA IDENTIFICACION

Articulo 36º Objetivo.- El presente Titulo establece las caracteristicas tecnicas para realizar la recoleccion y transporte de los residuos solidos en MORDAZA Metropolitana, garantizando la proteccion del medio ambiente y la salud publica. El servicio se definira del siguiente modo: 1. Cuando la recoleccion y transporte de residuos solidos se realizan en una sola accion siendo transportados directamente hasta el lugar de disposicion final, de tratamiento o al centro de acopio. 2. Cuando la recoleccion y el transporte de residuos solidos se realiza mediante dos acciones independientes, la primera cuando se hace la recoleccion y transporte de los residuos solidos hasta la planta de transferencia, y la MORDAZA, cuando en la planta son transferidos a otros vehiculos para ser transportados al lugar de disposicion final o de tratamiento o del centro de acopio. En este caso los servicios son individualizados y pueden contratarse independientemente. Articulo 37º Operatividad del vehiculo.- Para obtener la autorizacion de Circulacion de la Direccion General de MORDAZA, de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, los vehiculos para la recoleccion y transporte de residuos solidos no deben exceder mas de 5 anos de antiguedad - contados desde el ano de fabricacion - segun conste en la tarjeta de propiedad; previa constatacion de operatividad realizada por la Division de Transporte Pesado y Carga. Adicionalmente, pueden ser considerados como vehiculos aptos, aquellos que MORDAZA repotenciados integralmente, aumentando su MORDAZA util hasta un MORDAZA cinco anos adicionales. La MORDAZA util adicional, tambien sera acreditada mediante una Certificacion de Operatividad otorgada por la Division de Transporte Pesado y de Carga o por el profesional o entidad, que determine la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La Certificacion de Operatividad, tambien debe verificar que los vehiculos no emiten gases o particulas contaminantes y ruidos que rebasan los limites permisibles establecidos por la autoridad competente. Articulo 38º MORDAZA de transporte segun el residuo.- De acuerdo a las caracteristicas de los residuos solidos la recoleccion y transporte puede ser: 1. De residuos generados en el aseo de espacios y vias publicas, residuos domiciliarios, comerciales y de todos aquellos de naturaleza similar.

Articulo 40º Caracteristicas tecnicas de Identificacion.Los vehiculos destinados a los servicios indicados en el Articulo 38° deben contar con la siguiente identificacion: 1. Cuando se trata de un servicio municipal, los Operadores registraran en sus vehiculos un distintivo en su frontis y otro en cada parte lateral, indicando el Municipio Distrital de donde provienen los residuos solidos, el MORDAZA, la capacidad MORDAZA transportable asi como un numero de identificacion interno generado por el propio generador. 2. Los Operadores cuando se trata de servicio contratado por entidades publicas o privadas: a. La dimension minima del distintivo en la parte lateral del vehiculo es de 2.00 m de largo por 0.40 m de altura, y en la parte frontal sera de 1.00 m de largo por 0.40 m de altura. b. Todos los vehiculos deben portar un numero interno en la parte lateral del compartimento de carga que tendra como minimo las siguientes dimensiones: 0.50 de largo por 0.30 m de altura. c. Durante el servicio de transporte de residuos solidos todos los vehiculos deben contar con una Boleta de Servicio, donde se senale los siguientes datos: nombre y apellidos del conductor, ruta/sector, placa del vehiculo, numero interno del vehiculo, procedencia, destino, MORDAZA de residuos solidos, sello y firma del operador; para el caso de las entidades publicas y privadas, deben seguir el mismo procedimiento. d. El personal de los vehiculos de transporte de los residuos solidos como el chofer, los ayudantes y el supervisor, deben portar en lugar visible, el carne de identificacion otorgado por la Municipalidad Distrital y/o empresa responsable del manejo de los residuos solidos. CAPITULO III: DE LAS CARACTERISTICAS TECNICAS DEL VEHICULO Articulo 41º Transporte de los residuos domiciliarios y comerciales.- Para la recoleccion y transporte de residuos generados por el aseo de espacios y vias publicas, residuos domiciliarios, comerciales y de todos aquellos de naturaleza similar. 1. CARACTERISTICAS GENERALES - Deben ser de 1 o 2 MORDAZA distintivos como MORDAZA de la Municipalidad o entidad publica o privada a la que pertenece.

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