Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2002 (06/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de enero de 2002

inorganicos segregados no permita su embolsado sera necesario acumularlos en MORDAZA recipientes color verde. Articulo 86º Caracteristicas de los residuos solidos inorganicos segregados.- Los residuos solidos inorganicos segregados podra pertenecer a las siguientes categorias: 1) Papel Mezclado: esta constituido por papeles de oficina, papel de informatica, papel satinado, papel encerado, papel periodico y otros. 2) Carton: esta constituido por medios ondulados, MORDAZA o cartones ondulados y otros. 3) Plastico: todos los plasticos. 4) Ferreo: MORDAZA, hojalatas, latas bimetalicas. 5) No ferroso: latas de aluminio, papel de aluminio, cobre, bronce y otros. 6) Vidrio: todos los vidrios de diferentes colores. 7) Caucho: todos los cauchos. 8) Trapos: diferentes MORDAZA y calidades Articulo 87º De la recoleccion.- Los operadores deben organizar e implementar estrategias a fin de que los residuos solidos organicos e inorganicos separados en la fuente MORDAZA recolectados exclusivamente en dias y/o horarios diferentes del recojo de los residuos solidos inservibles o desechables. Articulo 88º Autorizacion de los vehiculos de transporte.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, autorizara los vehiculos para ele transporte de los residuos solidos segregados en el origen, de acuerdo con lo senalado en el Articulo 39°. Articulo 89º Disposicion final.- Los operadores deben transportar los residuos solidos segregados, a las Plantas de Tratamiento y/o Centros de Acopio autorizados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 90º Regulacion de las EPS-RS.- Las municipalidades regularan la operacion de la recoleccion y transporte de residuos segregados en la fuente, determinando la cantidad de empresas, microempresas y personas naturales necesarias para operar en su jurisdiccion. TITULO II RECOLECCION, TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE OBJETOS Y MATERIALES ABANDONADOS EN LA VIA PUBLICA CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 91º Objetivo.- El presente Titulo establece las caracteristicas y procedimiento para declarar en abandono a los objetos y materiales en desuso abandonados en las vias o espacios publicos, asi como las caracteristicas, condiciones y responsabilidades para la recoleccion, transporte y disposicion final, en cumplimiento de lo normado en el 43° de la Ordenanza. CAPITULO II: PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR EL ABANDONO Articulo 92º Declaracion de Abandono y disposicion final.- El procedimiento para declarar en abandono a objetos y materiales en desuso abandonados en las vias o espacios publicos y proceder a la recoleccion, transporte y disposicion final, sera el siguiente: a) Declaracion de abandono: 1. Los objetos (vehiculos, equipos, kioscos y otros) y materiales (de construccion y otros) en desuso, seran considerados en situacion de abandono cuando permanezcan inmovilizados en las vias o espacios publicos por mas de quince (15) dias, con signos evidentes de no estar en condiciones de movilizarse o cuando el propietario no demuestre interes en utilizarlos. 2. Las Municipalidades distritales o la Direccion de Ecologia en el Cercado de MORDAZA, mediante Resolucion declarara el objeto o material en situacion de abandono, procediendose a notificar al propietario en su domicilio en caso este sea conocido. En caso contrario, la notificacion se colocara en una parte visible del objeto o material y se MORDAZA la publicacion por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, otorgandole un plazo no mayor de cinco (5) dias naturales para su retiro. 3. Cuando el objeto se trate de un vehiculo, determinada la situacion de abandono y una vez realizada la notificacion correspondiente, la Municipalidad Distrital o la Direccion de

Ecologia comunicara a la Policia Nacional del Peru (Direccion de seguridad vial y Direccion de Robo de Vehiculos) informando de las caracteristicas del vehiculo, su ubicacion y el estado en que se encuentra, a fin de que proceda a la aplicacion de la multa correspondiente y determine la situacion legal. El vehiculo puede ser puesto a disposicion de la DIROVE o de los Juzgados competentes, cuando lo soliciten conforme a los procedimientos respectivos. b) Recoleccion y Transporte 1. Vencido el plazo senalado para el retiro, la Municipalidad Distrital o la Direccion de Ecologia, con el apoyo de la Policia Municipal y la Policia Nacional del Peru si fuese necesario, procedera a la recoleccion y transporte de los objetos y materiales que no hayan sido retirados por sus propietarios. 2. Los objetos y materiales seran trasladados e internados en el Deposito Municipal correspondiente, para lo cual se levantara el acta respectiva. 3. Los objeto y materiales internados en el Deposito Municipal, pueden ser reclamado y retirados por sus propietarios, quienes deben acreditar su condicion de propietarios y cancelar en la tesoreria de la Municipalidad respectiva, la multa y los gastos por concepto de recoleccion, traslado, notificaciones y derecho de guardiania establecidos en el TUPA. c) Remate en Subasta Publica 1. Los objetos y materiales que permanezcan en el Deposito Municipal, por mas de treinta (30) dias naturales sin ser retirados por su propietario o en el caso de vehiculos, sin que la DIROVE o el Juzgado competente soliciten que se ponga a su disposicion, la Municipalidad Distrital correspondiente o la Direccion de Ecologia en el Cercado de MORDAZA, procedera a su remate. 2. El remate de objetos y materiales sera mediante subasta publica, con intervencion de Martillero Publico y de conformidad con lo dispuesto en los dispositivos legales vigentes. Para tal fin, se publicara el aviso correspondiente, por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion, indicando el lugar, dia y hora del remate y las caracteristicas de los objetos y materiales a subastar. 3. El propietario, podra retirar el objeto o material, hasta el momento mismo del remate, para lo cual debera exhibir los recibos de pago por los conceptos establecidos. 4. El producto del remate, constituye ingreso para la Municipalidad y se aplicara para recuperar los gastos efectuados en el MORDAZA y el remanente para atender nuevos operativos de la misma naturaleza. d) Disposicion final de objetos y materiales no rematados Los objetos y materiales declarados en abandono y que no MORDAZA adjudicados en la subasta publica, seran trasladados por la instancia municipal correspondiente al lugar de disposicion final autorizado para su confinamiento definitivo, de lo cual se levantaran las actas respectivas. En el caso de los vehiculos, seran declarados mediante resolucion como chatarra y las Placas de Rodaje seran puestas a disposicion de la autoridad competente para su baja respectiva. TITULO III VIAS DE TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES Y NO MUNICIPALES CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 93º Objetivo.- El presente titulo establece las vias que se encuentran autorizadas para el transporte de residuos solidos municipales y no municipales de MORDAZA Metropolitana, considerando los aspectos tecnicos y administrativos que garanticen la proteccion del ambiente y la salud publica. CAPITULO II: DE LAS VIAS AUTORIZADAS Articulo 94º Vias autorizadas.- Se encuentran declaradas como vias corredores para la circulacion de vehiculos pesados y transporte de carga en general las siguientes: a) Av. Panamericana Sur (en toda su extension). b) Via de Evitamiento (en toda su extension). c) Av. Zarumilla (en toda su extension). d) Av. Panamericana Norte (en toda su extension). e) Av. Caqueta (entre el Trebol del MORDAZA del Ejercito y la Av. MORDAZA MORDAZA - Rimac).

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