Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2002 (06/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de enero de 2002

3. Contar con la reposicion de uniformes, implementos y herramientas cuando sea necesario. 4. Asegurar la limpieza de los uniformes y herramientas al inicio de la jornada. 5. Ademas de la remuneracion correspondiente, los trabajadores deben contar con la proteccion que las leyes laborales preven. 6. Despistajes semestrales de enfermedades 7. Capacitacion en: primeros auxilios, prevencion de enfermedades ocupacionales, uso adecuado de los implementos de seguridad y otros que considere necesarios. 8. Ambiente adecuado de trabajo. 9. Los operarios que realizan trabajos nocturnos y en la via publica deben contar con chalecos reflectores, en casos de lluvia cubiertas impermeables y contar con conos u otros medios de seguridad vial 10. Sera preferible que el personal operativo o de MORDAZA, de servicios o administrativos utilice uniformes de diferentes colores. 11. De acuerdo a recomendaciones de organos internacionales por medidas de seguridad es conveniente que el personal operativo o de MORDAZA utilice uniformes de MORDAZA muy llamativos preferentemente los de color anaranjado encendido. Articulo 54º Del equipamiento.- Los equipos que deben contar los servicios de aseo MORDAZA seran: 1. BARRIDO. Las herramientas manuales minimas necesarias tales como una escoba, manos metalicas u otra que sirva para los mismos fines, recogedores, coches para el traslado de los residuos recogidos, bolsas plasticas para su acumulacion (Ver anexo N° 08). 2. RECOLECCIONY TRANSPORTE Las herramientas manuales minimas necesarias tales como una escoba u otra que sirva para los mismos fines, una manta, un recogedor u otra herramienta similar, una MORDAZA MORDAZA carbonera (Ver anexo N° 09). Articulo 55º De la operacion de Aseo Urbano.- Las caracteristicas generales para la operacion de los servicios de Aseo MORDAZA seran: 1. Todo operador debe contar con un plan y programa de trabajo para la ejecucion de los servicios de aseo MORDAZA debiendo considerar habitos de la poblacion, sistemas de MORDAZA, distancias, puntos de inicio y termino, MORDAZA de acera, flujo peatonal, y otros aspectos que influyan en su ejecucion. 2. En la ejecucion del servicio de barrido los residuos solidos acumulados por el personal barrendero deben ser embolsados y recogidos en forma inmediata por la unidad del servicio de recoleccion. 3. La recoleccion de residuos solidos en cada sector o MORDAZA de trabajo se realizara siguiendo rutas o recorridos predefinido y en horarios y frecuencias predeterminadas. 4. La recoleccion de residuos solidos preferentemente debe realizarse en horarios nocturnos, con una adecuada difusion de los horarios y sin causar molestias a la poblacion. 5. La recoleccion de los residuos domiciliarios podra realizarse MORDAZA por MORDAZA o en esquinas definiendose lugares especificos de acumulacion como MORDAZA dos por cuadra o cada 100 metros. 6. La recoleccion de los residuos solidos segregados en la fuente, debe realizarse preferentemente en horarios y dias diferentes a los de la recoleccion de residuos solidos inservibles o desechables y obligatoriamente en vehiculos que reunan las caracteristicas determinadas en el Titulo III de la Parte I del presente reglamento. PARTE II

son aquellos provenientes de la construccion, remodelacion, reparacion o demolicion de inmueble e infraestructura. Articulo 57º Responsabilidad de los residuos.- A partir de su generacion el contratista que lo ejecuta y/o el titular de la obras son responsables de su almacenamiento, recoleccion y transporte hasta el sitio de disposicion final autorizado. Articulo 58º Almacenamiento.- Los residuos de la actividad de la construccion deben ser almacenados en el lugar de la obra y preferentemente depositados en recipientes apropiados para su posterior transporte. Articulo 59º Tiempo de exposicion.- Como caso especial, cuando existen limitaciones de espacio fisico, las Municipalidades autorizaran en el tramite de gestion de Licencia de Obra, que los residuos de la actividad de la construccion o materiales de construccion puedan ser expuestos en la via publica preferentemente en recipientes que los contengan, debiendo ser retirados en un plazo no mayor de tres dias. Articulo 60º Disposicion Final de los residuos.- La recoleccion de estos residuos debe efectuarse en vehiculos autorizados por la Direccion General de MORDAZA de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que necesariamente tendran como destino final un relleno sanitario autorizado o un lugar para la disposicion final exclusivamente para este MORDAZA de residuos solidos de la construccion autorizado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 61º Contratacion con operadores privados.Los responsables de la generacion de estos residuos solidos, deben contratar los servicios de Operadores Publicos o Privados Autorizados para realizar la recoleccion o carguio y el transporte hasta el lugar de disposicion final autorizado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. En ningun caso esta permitido el arrojo y abandono de estos residuos en la via publica, riberas de los MORDAZA, mar u otros espacios publicos o privados. Articulo 62º Lugares para la disposicion final.- Las municipalidades o los operadores de servicios de residuos solidos, podran senalar lugares como depresiones naturales y canteras para la disposicion final de residuos de la actividad de la construccion, teniendo como MORDAZA que ello servira unicamente para aquellos residuos provenientes de la demolicion, remodelacion e inicio de obras. Las municipalidades distritales o los operadores de residuos solidos, deben adecuarse a los requisitos y caracteristicas tecnicas para la obtencion de la autorizacion de funcionamiento otorgada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. TITULO II MALEZA Articulo 63º Definicion.- Seran considerados como residuos de maleza a los despojos de jardines y areas verdes de uso publico, domiciliarios y de actividades comerciales. Articulo 64º Generacion y responsabilidad.- Para el manejo de las malezas se establece las responsabilidades siguientes: a).- Maleza de espacios publicos.- Es la maleza generada en plazas, parques o espacios publicos y es responsabilidad municipal estando obligado a su retiro oportuno en vehiculos apropiados. b).- Maleza intradomicilarios.- Es la maleza generada en los domicilios y su almacenamiento y entrega al vehiculo recolector de residuos solidos es de responsabilidad de quien los genera. Los Operadores del servicio de limpieza publica estan obligados a la recoleccion de estos residuos. c).- Maleza de actividades comerciales.- Se refiere a todos los residuos generados por actividades del paisajismo y mantenimiento de parques, MORDAZA de golf, cementerios, etc. la responsabilidad del almacenamiento, recoleccion y transporte hasta el relleno sanitario es de responsabilidad de los generadores de los establecimientos comerciales. TITULO III RESIDUOS INDUSTRIALES Articulo 65º Pertenencia.- Los residuos solidos generados en el MORDAZA de la actividad industrial son de propiedad de quien los genera. Articulo 66º MORDAZA para su manejo.- El manejo de los residuos solidos generados en la actividad Industrial debe conducirse bajo el MORDAZA de evitar contaminar el ambiente estableciendo en forma interna un adecuado manejo.

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MANEJO DE RESIDUOS ESPECIALES Residuos de la Actividad de la Construccion Maleza Residuos industriales Restos de Alimentos Residuos biocontaminantes y peligrosos PARTE II MANEJO DE RESIDUOS ESPECIALES TITULO I RESIDUOS DE LA ACTIVIDAD DE LA CONSTRUCCION

Articulo 56º Definicion.- Los residuos de la actividad de la construccion, denominados tambien desmontes o escombros,

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