Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2002 (04/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
Delegan en el Gerente General la facultad de autorizar la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios que superen las 3 UIT, de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
RESOLUCION Nº 053-2002-P/CR MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 Visto, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 mediante el cual se aprueban las medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002; CONSIDERANDO: Que el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 0302002 dispone que la adquisicion de bienes y contratacion de servicios que efectuen las entidades publicas, de acuerdo a sus respectivos planes anuales de adquisiciones y contrataciones, que superen las tres (3) UIT, deberan ser autorizadas por el Titular de la Entidad, mediante la resolucion correspondiente, la misma que se publicara en la pagina WEB de la entidad; Que en el caso del Congreso de la Republica el Titular de la Entidad es su Presidente; Que es necesario delegar en el Gerente General la facultad de autorizar mediante resolucion, la adquisicion de bienes y contratacion de servicios que efectue el Congreso de la Republica, que superen las tres (3) UIT; De conformidad a lo dispuesto en los Articulos 32º, y 41º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Congreso de la Republica; y, con cargo a dar cuenta a la Mesa Directiva; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Gerente General la facultad de autorizar, mediante resolucion, la adquisicion de bienes y contratacion de servicios que superen las tres (3) UIT, de acuerdo con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Congreso de la Republica. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica 11858

no se encuentra sustentado el consumo de combustible por los anos 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001, de 17,399.18 Galones de gasolina por la suma de S/. 116,226.52 (Ciento dieciseis mil doscientos veintiseis y 52/100 Nuevos Soles); Que, en el Informe MORDAZA citado, se senala: "que la adquisicion y el uso de combustible en la ex Sexta Region de Defensa Civil desde el ano de 1997 ha estado a cargo de los ex Directores Regionales senores Crl. EP (r) MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Crl. EP (r) MORDAZA Belleza MORDAZA y MORDAZA Crl. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendose evidenciado que se adquirio 17,399.18 galones mas de gasolina, cuyo consumo no ha sido sustentado"; Que, asimismo se ha evidenciado que los mencionados ex Directores Regionales han incumplido los deberes y obligaciones que imponen el servicio publico, por no haber salvaguardado los intereses del Estado al no emplear austeramente los recursos publicos, tal como lo establece el Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Articulo 127º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM que aprueba el Reglamento del citado Decreto Legislativo, el mismo que establece "que deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad"; normatividad legal que se obvio al haber permitido el descontrol y el dispendio del combustible, con el consecuente perjuicio economico al INDECI; Que, habiendo indicios razonables de la presunta responsabilidad civil y/o penal, y de conformidad con la Recomendacion contenida en la pagina 14 del Informe Especial Nº 005-2002-02-3376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI, se considera pertinente disponer que el representante legal de la Presidencia del Consejo de Ministros inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables, quienes habrian incurrido en responsabilidad civil y/o penal en perjuicio del Estado; Que, el Informe Especial Nº 005-2002-02-3376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI, constituye prueba preconstituida de conformidad con lo establecido por el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 Ley del Sistema Nacional de Control, y asimismo tiene el caracter de Informe Especial Legal de acuerdo con lo dispuesto por la MORDAZA de Auditoria Gubernamental Nº 4.50, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 2592000-CG, debiendo adoptarse en forma inmediata las acciones pertinentes a que hubiere lugar a fin de cautelar los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra: el Crl. EP (r) MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, el Crl. EP (r) MORDAZA Belleza MORDAZA, MORDAZA Crl. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los hechos contenidos en el Informe Especial Nº 005-2002-02-3376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 11857

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan a procurador iniciar acciones contra ex Directores Regionales de la ex Sexta Region de Defensa Civil Bagua por presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2002-PCM MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2002 Visto el Oficio Nº 2315-2002-INDECI/1.0 de la Jefatura del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Informe Nº 005-2002-023376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI se senala que de la evaluacion efectuada a la documentacion proporcionada por la Unidad de la Administracion de la ex Sexta Region de Defensa Civil-Bagua se ha evidenciado que

AGRICULTURA
Designan a Directora de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0630-2002-AG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002

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