Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2003 (10/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2003

nistrativa, Presupuestal y Economica de la Subregion Ica Periodo Enero - Junio 1998", no obstante haber sido sometido a MORDAZA Administrativo Disciplinario e incluso en el Informe Final del CEPAD presentado ante la ex Secretaria Tecnica dentro del plazo previsto, en el mismo que se recomendaba la suspension temporal de seis (6) meses, lo cual evidencia la transgresion de lo preceptuado en el articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que establece: "El servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de Cese Temporal o Destitucion, sera sometido a MORDAZA Administrativo Disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables"; el Art. 10º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS vigente a la fecha de lo acontecido establece: "Los servidores publicos estan obligados a desempenar sus funciones con la mas absoluta imparcialidad, emitir los dictamenes e informes y expedir las resoluciones cinendose a las normas establecidas"; el Art. 32º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS vigente a la fecha de los sucesos, establece: "El MORDAZA Administrativo se regira por los principios de simplicidad, celeridad y eficacia"; el Inc. a) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 de la "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" establece: "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico"; disposiciones legales que han sido inobservadas incurriendose en responsabilidad administrativa, la misma que debe ser asumida por el ex Secretario Tecnico Econ. DEYNER MORDAZA MINCHON; Que, mediante el Informe Nº 001-2003-GORE-ICA/ CEPAD, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del ex CTAR-ICA, luego del analisis y revision de los hechos descritos en el Informe Nº 001-2002-024662 "Examen Especial sobre Responsabilidad en Caducidad de MORDAZA Administrativo Disciplinario"; por unanimidad ha acordado recomendar la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex Secretario Tecnico del ex CTAR-ICA Econ. DEYNER MORDAZA MINCHON; Que, conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por la Ley Nº 27785, publicada el 23.JUL.2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta ley, se regira por la normatividad anterior hasta su conclusion, es decir por el Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; Que, el Inc. f) del Art. 16º del Decreto Ley Nº 26162 Ley del Sistema Nacional de Control, prescribe que los informes y/o dictamenes de una accion de control, emitida por cualquier Organo del Sistema, constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en virtud del Art. 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM concordante con el MORDAZA parrafo del Art. 165º del mismo cuerpo legal, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar los hechos observados o denuncias que les MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA Administrativo Disciplinario; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional Ica; y de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y contando con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria mediante Ley Nº 27902, la Acreditacion del MORDAZA Nacional de Elecciones, y contando con la visacion de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al ex Secretario Tecnico del ex CTAR-ICA Econ. DEYNER MORDAZA MINCHON, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, otorgandosele un plazo de cinco (5) dias utiles contados a partir de su notificacion personal, para que presente su respectivo descargo, asi como las pruebas que considere conveniente para ejercer su defensa en la forma y modo establecida por ley. Articulo Segundo.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Region Ica, para que proceda de acuerdo a sus facultades

y funciones concedidas en la normatividad citada. Articulo Tercero.- Notificar la presente resolucion al ex Secretario Tecnico del ex CTAR-ICA Econ. DEYNER MORDAZA MINCHON, comprendido en la parte resolutiva de la presente resolucion, asi como la Gerencia Regional de Auditoria Interna de la Region Ica para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 06901

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 44 en lo relativo a la creacion y designacion de autoridades en Municipalidades de Centros Poblados Menores
ORDENANZA Nº 490
EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA, en Sesion de la fecha; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Modificase los articulos 8º, 9º y 10º de la Ordenanza 44, modificada por la Ordenanza 216, los que quedan redactadas en los terminos siguientes: "Articulo 8º.- La Secretaria General del Concejo, de ser favorable los informes para la creacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor, lo pondra en conocimiento del Concejo de la Municipalidad Distrital respectiva. De ser desfavorables los informes a que se refieren los articulos 6º y 7º de la presente Ordenanza, la Secretaria General del Concejo lo pondra en conocimiento de la Municipalidad Distrital respectiva y de los solicitantes, para que dentro del termino de quince dias expongan por escrito lo que estimen conveniente ante las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y de Nomenclatura; y de Asuntos Legales. En ambos casos se MORDAZA aviso a las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura; y de Asuntos Legales para que convoquen a sesion conjunta, y de estimarlo pertinente citan a los interesados y al MORDAZA Distrital para que formulen sus alegatos, a efectos de analizar el expediente formulado para este fin." "Articulo 9º.- Las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura y de Asuntos Legales, dentro del termino de 15 dias en sesion conjunta emitiran el respectivo dictamen, para lo cual invitaran al MORDAZA Distrital y a un representante de los interesados para conocimiento del mismo, el que de ser favorable, propondran los limites jurisdiccionales de la Municipalidad del Centro Poblado Menor, su nombre, rentas y servicios que tendran a su cargo; justificando, de ser el caso, los motivos por los cuales desestiman los informes que hubiesen sido desfavorables. El dictamen conjunto es remitido a Secretaria General." "Articulo 10º.- El Concejo Metropolitano de MORDAZA convocado expresamente para tratar el dictamen conjunto sobre la creacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor, se pronuncia sobre la solicitud presentada. El Acuerdo de Concejo que aprueba la solicitud de creacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor

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