Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2003 (10/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2003

el 10 y 12 de MORDAZA de 2003, a la Republica Federativa de Brasil, con la finalidad de realizar una visita de trabajo; Que, el senor Ministro de Agricultura ha sido designado como parte de la delegacion que acompanara al senor Presidente Constitucional de la Republica en el viaje mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Ley Nº 27879; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Agricultura, Ing. MORDAZA MORDAZA Quijandria Salmon, del 10 al 12 de MORDAZA de 2003, como miembro de la delegacion que acompanara al senor Presidente Constitucional de la Republica en la visita de trabajo a realizarse en la Republica Federativa de Brasil. Articulo 2º.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura al Ministro de Salud, MORDAZA MORDAZA Carbone MORDAZA, mientras dure la ausencia del titular. Articulo 3º.- Los gastos por concepto de viaticos, ascendente a US$ 400.00, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Cadena Funcional Programatica 001 04 006 0005 1.00110 3.0010 Meta 00001 Coordinacion de Politicas Gubernamentales en General, Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2003 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 07037

trocientos y 00/100 Dolares Americanos) seran cubiertos por el Ministerio de Energia y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (US$ 200,00 x 2 dias) US$ 400,00

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Encargar el Despacho del Ministro de Energia y Minas al doctor MORDAZA Carbone MORDAZA, Ministro de Salud, a partir del 10 de MORDAZA de 2003 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 07038

Autorizan viaje de Ministro a Brasil y encargan el Despacho de Transportes y Comunicaciones al Ministro del Interior
RESOLUCION SUPREMA Nº 099-2003-PCM
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realizara una visita oficial de trabajo a la Republica Federativa del Brasil, entre los dias 10 y 12 de MORDAZA de 2003; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Rossello, Ministro de Transportes y Comunicaciones, integrara la Comitiva Oficial que acompanara al senor Presidente Constitucional de la Republica en su viaje a la Republica Federativa del Brasil; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del senor Ministro de Transportes y Comunicaciones y encargar la Cartera correspondiente en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Ministro de Transportes y Comunicaciones, economista MORDAZA MORDAZA ROSSELLO, a la Republica Federativa del Brasil, del 10 al 12 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje que se autoriza sera cubierto con cargo al presupuesto del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 400.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Encargar el Despacho del Ministro de Transportes y Comunicaciones al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro del Interior, a partir del 10 de MORDAZA de 2003 y en tanto dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 07039

Autorizan viaje de Ministro a Brasil y encargan el Despacho de Energia y Minas al Ministro de Salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 098-2003-PCM
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente de la Republica realizara una Visita de Trabajo a la Republica Federativa de Brasil, los dias 10 al 12 de MORDAZA de 2003, con el objeto de fortalecer la alianza estrategica entre Peru y Brasil; asi como, reafirmar y profundizar las relaciones politicas, economicas y culturales con el Brasil; Que, el senor MORDAZA Quijandria Salmon, Ministro de Energia y Minas participara en la visita de trabajo MORDAZA mencionada; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA Quijandria Salmon, Ministro de Energia y Minas, a la Republica Federativa de Brasil, los dias 10 al 12 de MORDAZA de 2003; Que, asimismo es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Energia y Minas en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Quijandria Salmon, Ministro de Energia y Minas, a la Republica Federativa de Brasil, entre los dias 10 al 12 de MORDAZA de 2003, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion que ascienden a US$ 400,00 (Cua-

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