Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003 RESOLUCION JEFATURAL Nº 921-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre del 2002

NORMAS LEGALES

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Visto el Memorandum Nº 1739-99-GO-DCP y el Informe Nº 027-2002-GAJ/PPU/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 18 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Furuya MORDAZA, ha inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse can el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registra Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA Furuya Diaz; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butron; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butron, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04233 RESOLUCION JEFATURAL Nº 083-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de febrero del 2003

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA Furuya MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04232 RESOLUCION JEFATURAL Nº 922-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorandum Nº 2036-2000/0HC/DCP/GO, el Informe Nº 267-2000/OHC/DCP/GO e Informe Nº 0292002-GAJ/PPU/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 19 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butron que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oshita, ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, utilizando para este efecto documentos presuntamente falsificados; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de

VISTO: El informe Nº 202-2002-2003-GAJ/RENIEC, de fecha 24 de febrero de 2003, y lo demas que contiene; Y CONSIDERANDO: Que, a traves del Informe Nº 106-2003/GAD-DLG, de fecha 5 de febrero del presente ano, la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion hace saber la necesidad de prorroga del contrato de arrendamiento Nº 1966-2001-05-01-02 del local para el Nucleo Registral de Andahuaylas, departamento de MORDAZA de la Jefatura Regional MORDAZA, por el periodo de un ano, contado a partir del 1 de MORDAZA del ano 2003 y a un monto total US$ 3,000.00 Dolares Americanos; Que, mediante carta s/n y comunicacion telefonica, los propietarios del inmueble senor MORDAZA Janqui MORDAZA y senora MORDAZA MORDAZA Villena, manifiesta su voluntad de renovar el contrato de arrendamiento en los terminos y condiciones vigentes; Que, a traves del MORDAZA Nº 138-2003-RENIEC/GPP, de fecha 7 de febrero del presente ano, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, informa que existe disponibilidad presupuestal para la prorroga del contrato de arrendamiento del local para el Nucleo Registral de Andahuaylas, departamento de MORDAZA de la Jefatura Regional MORDAZA, por el periodo de un ano, contado a partir del 1 de MORDAZA del ano 2003 y a un monto total US$ 3,000.00 Dolares Americanos; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad debera definir con precision la cantidad y caracteristicas de los bienes, servicios y obras que se van adquirir o contratar; para tal efecto MORDAZA de iniciar los procesos de seleccion que correspondan, coordinara con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuara los estudios de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, de modo que se cuente con la informacion suficiente para la descripcion y especificaciones de los bienes, servicios u obras; Que, conforme a lo establecido en el articulo 37º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JEF/

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