Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003 TITULARES
Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
MIEMBROS TITULARES:
Director de Administracion, quien la presidira. Director de Asesoria Juridica; Miembro. Director de Seguridad Ciudadana; Miembro. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinas Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA CCari

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Director de Bienestar Social, quien la presidira Jefe de la Unidad de Personal Jefe de la Division de Contabilidad Representante de los trabajadores empleados Representante de los trabajadores obreros

Articulo Segundo.- La Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, podra contar con el asesoramiento de los profesionales que se tengan por necesarios. Articulo Tercero.- De conformidad con el articulo 163º del Reglamento de Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa - D.S. Nº 005-90-PCM, el servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables. El incumplimiento del plazo senalado configura falta de caracter disciplinario contenida en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley. Registrese, comuniquese, archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04294

MIEMBROS SUPLENTES: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Rentas Sr. MORDAZA MORDAZA Arbaiza Director de Planificacion, Presupuesto y Estadistica Sra. MORDAZA Urrutia MORDAZA Representante de los trabajadores empleados Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de los trabajadores obreros

Designan Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la municipalidad
RESOLUCION Nº 0043-03-ALC/MDLV La MORDAZA, 4 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 32º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, senala que en las entidades de la Administracion Publica se estableceran Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios para la conduccion de los respectivos procesos; Que, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - "Reglamento de Ley de la MORDAZA Administrativa" en su articulo 165º establece que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios estara constituida por tres (3) miembros titulares y contara con tres (3) miembros suplentes; Que, asimismo, la citada Comision sera conformada por un funcionario designado por el titular de la entidad y la integraran el Jefe de Personal y un servidor de MORDAZA designado por los servidores. La Comision podra contar con el asesoramiento de los profesionales que resulten necesarios; Que, corresponde designar la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de La Victoria; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, al pronunciamiento de la Direccion de Administracion mediante Oficio Nº 015-03-DA-MDLV de fecha 21.02.03 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de La MORDAZA que estara conformada de la siguiente manera:

Articulo Segundo.- La Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios podra contar con el asesoramiento de los profesionales que resulten necesarios. Articulo Tercero.- De conformidad con el Articulo 263º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa - D.S. Nº 005-90-PCM, el servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables. El incumplimiento del caso senalado configura falta de caracter disciplinario contenida en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04295

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan celebracion de Primer Matrimonio Civil Comunal 2003 con ocasion de celebrarse el Dia de la MORDAZA
ORDENANZA Nº 120 Miraflores, 14 de febrero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra Constitucion; Que, en adicion a las funciones de caracter social y comunal que ejercen las Municipalidades, es politica de la Municipalidad brindar las mayores facilidades posibles a los vecinos del distrito que deseen formalizar y/o regularizar su situacion conyugal, contribuyendo de esta manera con fortalecer la Unidad Familiar como celula basica de la sociedad;

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